Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE ENERO DEL AÑO 2026 (22/01/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 65

65 NORMAS LEGALES Jueves 22 de enero de 2026 El Peruano / de Indicadores Económicos del Instituto Nacional de Estadística e Informática. CONSIDERANDO:Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 604 “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”, el INEI es el organismo central y rector del Sistema Nacional de Estadística, responsable de normar, planear, dirigir, coordinar y supervisar las actividades de estadística o fi ciales del país; Que, el artículo 9 del mismo cuerpo normativo, establece que el INEI tiene entre otras funciones, coordinar y/o producir estadísticas demográ fi cas e indicadores económicos y sociales, así como producir y difundir los índices de precios al consumidor y el comportamiento de las principales variables económicas y sociales; Que, de acuerdo al artículo 55 del Reglamento de Organización y Funciones del INEI aprobado por Decreto Supremo N° 043-2001-PCM, la Dirección Técnica de Indicadores Económicos del INEI, es el órgano responsable de normar, coordinar, supervisar y evaluar, la elaboración de los índices e indicadores de coyuntura que realizan los órganos del Sistema; señala que tiene entre sus funciones y atribuciones: planear, ejecutar, supervisar y evaluar, los estudios e investigaciones orientados a la previsión del comportamiento de las principales variables económicas coyunturales; Que, mediante documento del visto la Directora Técnica de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos solicita autorización para la ejecución de la “Encuesta Mensual de Comercio”; “Encuesta Mensual de Restaurantes”; “Encuesta Mensual de Servicios Prestados a Empresas” y “Encuesta Mensual de Otros Servicios” en el año 2026; para cuyo efecto adjunta la Ficha Técnica y los Formularios a diligenciarse en las referidas encuestas; asimismo traslada el Informe N° 001-2026-INEI/DTIE-DEIPRO emitido por la Dirección de Encuestas de Coyuntura de la Dirección Ejecutiva de Producción que sustenta y justi fi ca técnicamente la ejecución de las referidas encuestas; Que, en ese sentido, resulta conveniente autorizar la ejecución de la Encuesta Mensual de Comercio”; “Encuesta Mensual de Restaurantes”; “Encuesta Mensual de Servicios Prestados a Empresas” y “Encuesta Mensual de Otros Servicios” en el año 2026, fi jar el plazo para su entrega y aprobar los formularios a diligenciarse en las mencionadas investigaciones estadísticas, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 81 y 83 del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática; Con la opinión técnica favorable de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos y las visaciones de la Sub Jefatura de Estadística; y de la O fi cina Técnica de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas en el artículo 6 del Decreto Legislativo Nº 604 “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar, la ejecución de la “Encuesta Mensual de Comercio”; “Encuesta Mensual de Restaurantes”; “Encuesta Mensual de Servicios Prestados a Empresas” y “Encuesta Mensual de Otros Servicios”, en el año 2026, dirigidas a las empresas que realizan dichas actividades, ubicadas en el territorio nacional. Dichas investigaciones estadísticas estarán bajo la responsabilidad de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos (DTIE) en la ciudad de Lima y Provincia Constitucional del Callao y, de las O fi cinas Departamentales de Estadística e Informática (ODEI) en principales ciudades del país. Artículo 2.- Aprobar los formularios de la “Encuesta Mensual de Comercio”; “Encuesta Mensual de Restaurantes”; “Encuesta Mensual de Servicios Prestados a Empresas” y de la “Encuesta Mensual de Otros Servicios”, en el año 2026, que forman parte de la presente Resolución, los que estarán disponibles en la página WEB del INEI (www.inei.gob.pe), desde el día de la publicación de la presente Resolución. Artículo 3.- Establecer, como plazo de entrega del formulario electrónico diligenciado con información del mes inmediato anterior, hasta el día 20 de cada mes. Artículo 4.- Disponer que la Dirección Técnica de Indicadores Económicos (DTIE) del Instituto Nacional de Estadística e Informática-INEI, haga de conocimiento de las empresas seleccionadas el detalle sobre el requerimiento de información, plazos y claves de acceso al Sistema de las encuestas mencionadas. Artículo 5.- Precisar que las personas naturales y jurídicas seleccionadas a que se re fi ere el artículo 4 de la presente Resolución, incumpliesen con el diligenciamiento del respectivo formulario en el plazo establecido, serán pasibles de ser sancionadas conforme lo dispuesto por los artículos 87, 89 y 91 del Decreto Supremo. N.º 043- 2001-PCM. Regístrese y comuníquese. GASPAR HUMBERTO MORÁN FLORES Jefe Instituto Nacional de Estadística e Informática 2479153-1 INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION EN GLACIARES Y ECOSISTEMAS DE MONTAÑA Delegan determinadas facultades y atribuciones al Gerente General del INAIGEM, para el ejercicio del año fiscal 2026 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 001-2026- INAIGEM/PE Huaraz, 5 de enero de 2026VISTO:El Informe N° D000001-OPPM-GG-INAIGEM-2026 de la Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el Informe Legal N° D00001-OAJ-GG-INAIGEM-2026 de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, mediante Ley N° 30286 se crea el Instituto Nacional de Investigación en Glaciares y Ecosistemas de Montaña - INAIGEM, como organismo técnico especializado, adscrito al Ministerio del Ambiente, con autonomía administrativa, funcional, técnica, económica, fi nanciera y personería jurídica de derecho público, constituyéndose en pliego presupuestal; Que, mediante Decreto Supremo N° 005-2020-MINAM se aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Instituto Nacional de Investigación en Glaciares y Ecosistemas de Montaña - INAIGEM, documento técnico, normativo de gestión institucional que formaliza la estructura orgánica de la entidad, orientada al logro de su misión, visión y objetivos; Que, el numeral 72.2 del artículo 72° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, indica que toda entidad es competente para realizar las tareas materiales internas necesarias para el e fi ciente cumplimiento de su misión y objetivos, así como para la distribución de las atribuciones que se encuentren comprendidas dentro de su competencia; Que, asimismo, el numeral 78.1 del artículo 78° del citado Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444,