Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE ENERO DEL AÑO 2026 (22/01/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 73

73 NORMAS LEGALES Jueves 22 de enero de 2026 El Peruano / DISTRITO JUDICIALPROVINCIA DISTRITOCOD. SIGADEPENDENCIA CUSCOCUSCOCUSCO 84691° Juzgado de Paz Letrado - Civil CUSCO 84703° Juzgado de Paz Letrado - Civil SANTIAGO 3491° Juzgado de Paz Letrado CANCHISSICUANI 360Sala Mixta Descentralizada SICUANI 4745 1° Juzgado Civil SICUANI 6273 2° Juzgado CivilSICUANI 1839 Juzgado de Paz Letrado ANTAANTA 6723 Juzgado Civil ANTA 353 Juzgado de Paz Letrado LA CONVENCIÓNSANTA ANA 4327Sala Mixta Descentralizada CALCA YANATILE 357 Juzgado de Paz Letrado Octavo. Estando a la información estadística presentada y sustentada por la Corte Superior de Justicia de Cusco mediante los reportes emitidos por los sistemas informáticos respectivos, de donde se advierte que los órganos jurisdiccionales propuestos ingresarán al modelo oral con su carga pendiente, según la propuesta elevada. Noveno. En ese contexto, el señor Consejero Responsable de la Comisión Nacional de Implementación, Supervisión y Monitoreo de la Oralidad Civil en el Poder Judicial y del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil, eleva a este Órgano de Gobierno el Informe N° 000003-2026-ST-ETIIOC-CE- PJ, elaborado por la Secretaría Técnica del citado equipo, el cual concluye que según el análisis realizado al Plan de Implementación presentado por la Corte Superior de Justicia de Cusco, resulta viable la incorporación del 1° y 3° Juzgados de Paz Letrados - Civiles de Cusco; 1° Juzgado de Paz Letrado de Santiago; Sala Mixta Descentralizada de Canchis; 1° y 2° Juzgados Civiles de Sicuani, Juzgado de Paz Letrado de Sicuani; Juzgado Civil y Juzgado de Paz Letrado de Anta; Sala Mixta Descentralizada de La Convención y Juzgado de Paz Letrado de Yanatile; como segundo tramo del Módulo Corporativo Civil de Litigación Oral de la Corte Superior de Justicia de Cusco, toda vez que ha dado cumplimiento a los alcances del Protocolo de Implementación de la Oralidad Civil en las Cortes Superiores de Justicia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 050- 2026 de la quinta sesión descentralizada del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, llevada a cabo en la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, de fecha 19 de enero de 2026, realizada con la participación de las señoras Tello Gilardi y Barrios Alvarado, y los señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Implementar, a partir del 26 de enero de 2026, el segundo tramo del Módulo Corporativo Civil de Litigación Oral de la Corte Superior de Justicia de Cusco, en los siguientes órganos jurisdiccionales: - 1° Juzgado de Paz Letrado - Civil de Cusco - 3° Juzgado de Paz Letrado - Civil de Cusco - 1° Juzgado de Paz Letrado de Santiago - Sala Mixta Descentralizada de Canchis - 1° Juzgado Civil de Sicuani - 2° Juzgado Civil de Sicuani - Juzgado de Paz Letrado de Sicuani - Juzgado Civil de Anta - Juzgado de Paz Letrado de Anta- Sala Mixta Descentralizada de La Convención - Juzgado de Paz Letrado de Yanatile La ceremonia de inauguración se realizará a partir del 20 de marzo de 2026. Artículo Segundo.- Disponer que los señores magistrados y el personal contratado bajo los alcances de los Decretos Legislativos N° 728 y N° 1057 de los órganos jurisdiccionales señalados en el artículo primero, integren el segundo tramo del Módulo Corporativo Civil de Litigación Oral de la Corte Superior de Justicia de Cusco. Artículo Tercero.- Disponer que la Corte Superior de Justicia de Cusco, elabore el informe de reordenamiento y actualización del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P), que incluya a los órganos que conforman el segundo tramo del Módulo Corporativo Civil de Litigación Oral de la citada Corte Superior, para revisión y validación por la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar de la Gerencia General del Poder Judicial y el Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil. Artículo Cuarto.- Disponer la aplicación de las normas contenidas en las Resoluciones Administrativas N° 000482-2023-CE-PJ de fecha 24 de noviembre de 2023 y N° 000426-2025-CE-PJ de fecha 28 de noviembre de 2025; en los extremos que resulten pertinentes de aplicar por el 1° y 3° Juzgados de Paz Letrados - Civiles de Cusco; 1° Juzgado de Paz Letrado de Santiago; Sala Mixta Descentralizada de Canchis; 1° y 2° Juzgados Civiles de Sicuani, Juzgado de Paz Letrado de Sicuani; Juzgado Civil y Juzgado de Paz Letrado de Anta; Sala Mixta Descentralizada de La Convención y Juzgado de Paz Letrado de Yanatile, como órganos jurisdiccionales integrantes del segundo tramo del Módulo Corporativo Civil de Litigación Oral de la Corte Superior de Justicia de Cusco. Artículo Quinto.- Disponer que el Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil, informe al Consejo Ejecutivo sobre la ejecución del Plan de implementación del segundo tramo de la oralidad civil en la Corte Superior de Justicia de Cusco. Artículo Sexto.- Notifi car la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Comisión Nacional de Implementación, Supervisión y Monitoreo de la Oralidad Civil en el Poder Judicial, Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil, Corte Superior de Justicia de Cusco, O fi cina de Productividad Judicial y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JANET TELLO GILARDI Presidenta Consejo Ejecutivo 2479295-1 Prorrogan funcionamiento de la Quinta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República; y dictan otras disposiciones Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 000016-2026-CE-PJ Lima, 20 de enero del 2026 VISTA: La Resolución Administrativa Nº 000116-2025-P-CE- PJ, emitida por la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que, mediante Resolución Administrativa Nº 205-2018-CE PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial