Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE FEBRERO DEL AÑO 2026 (20/02/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 49

49 NORMAS LEGALES Viernes 20 de febrero de 2026 El Peruano / Reglamento de Organización y Funciones - ROF y Manual de Operaciones - MOP, los cuales tienen por objetivo regular los principios, criterios y reglas que definen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las entidades del estado. La presente norma busca que las entidades del Estado, conforme a su tipo, competencias y funciones, se organicen de la mejor manera a fin de responder a las necesidades públicas, en beneficio de la ciudadanía y con arreglo a la Ley de Presupuesto del Sector Público; Que, asimismo el artículo 43° del Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, señala que el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), “Es el documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza la estructura orgánica de la entidad. Contiene las competencias y funciones generales de la entidad; las funciones específicas de sus unidades de organización, así como sus relaciones de dependencia”; en su literal b) del numeral 45.3 del artículo 45° del Decreto Supremo mencionado, modificado con Decreto Supremo N° 064- 2021-PCM, la norma que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones, establece: “Los Gobiernos Regionales por Ordenanza Regional”; es decir los Reglamentos de Organización y Funciones - ROF, se aprueban a través de una Ordenanza Regional; Que, con la Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 00010-2021-PCM-SGP, se aprobó la Directiva N° 002-2011-SGP, “Directiva que regula el sustento técnico y legal de proyectos normativos e materia de organización, estructura y funcionamiento del Estado”, la misma que tiene como objetivo desarrollar y regular el trámite de aprobación de los proyectos normativos en materia de organización, estructura y funcionamiento del Estado. Que, mediante ORDENANZA REGIONAL N° 539- GOB.REG-HVCA/CR, de fecha 16 de enero de 2025, se aprueba la modificación de la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de Huancavelica. Que, mediante MEMORANDUM N° 4053-2025/GIB. REG.HVCA/GGR, el Gerente General Regional dispone que se deberá realizar las coordinaciones necesarias con las Gerencias Sub Regionales para modificar el numeral 15 del artículo 116 del Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Gobierno Regional de Huancavelica, que textualmente dice “Proponer los Expedientes Técnicos o documentos equivalentes para su evaluación y aprobación mediante acto resolutivo”. Que, mediante INFORME 417-2025/GOB.REG.HVCA/ GRPPyAT-SGMyTD, emite Informe para la Modificación del Numeral 15 del Artículo 116 del Reglamento de Organización y Funciones, basado en el INFORME N° 047-2025/GOB.REG.HVCA/GRPPyAT-SGMyTD-pgrp, concluyendo que “Se concluye que la función descrita en el numeral 15 del Art. 116 del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Huancavelica que a letra dice “Proponer los Expedientes Técnicos o documentos equivalentes para su evaluación y aprobación mediante acto resolutivo”; deberá ser reemplazado por la siguiente función “Aprobar los expedientes técnicos o documento equivales de proyectos de inversión , IOARR, actividad y/o planes de trabajo mediante acto resolutivo, sujetándose a la concepción técnica y dimensionamiento contenidos en la ficha técnica, según corresponda.” Que, con OFICIO N° 1857-2025/GOB.REG-HVCA/ GGR, se solicita la aprobación al Consejo Regional de Huancavelica, respecto a la modificación del numeral 15 del artículo 116 del Reglamento de Organización y Funciones. Que, el Artículo 38º de la Ley 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Por lo que, en uso de las atribuciones conferidas en la Constitución Política del Estado, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, el Reglamento Interno del Consejo Regional; y, con el voto unánime de sus miembros; ORDENA: Artículo Primero.- APROBAR la modificación del numeral 15 del artículo 116 del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Huancavelica, el cual quedará REDACTADO DE LA SIGUIENTE MANERA: “Aprobar los expedientes técnicos o documento equivalentes de proyectos de inversión, IOARR, actividad y/o planes de trabajo mediante acto resolutivo, sujetándose a la concepción técnica y dimensionamiento contenidos en la ficha técnica, según corresponda.” Artículo Segundo.- DERÓGUESE o déjese sin efecto legal toda disposición que se oponga a la presente ordenanza regional. Comuníquese al señor Gobernador Huancavelica para su promulgación. En Huancavelica a los veintidós días del mes de diciembre de 2025. JUAN JOSÉ ANYAIPOMA MALDONADO Presidente del Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Huancavelica, a los catorce días del mes de enero de dos mil veintiséis. LEONCIO HUAYLLANI TAYPE Gobernador Regional 2477885-1 GOBIERNO REGIONAL DE MADRE DE DIOS Aprueban Manual de Clasificador de Cargos – MCC del Proyecto Especial de Madre de Dios RESOLUCIÓN GERENCIAL N° 004-2026-GOREMAD-PEMD.2100 Iberia, 15 de enero del 2026 VISTO: El Memorando N° 661-2025-GOREMAD-2141/ ADM de fecha 02 de diciembre de 2025, Informe N° 274-2025-GOREMAD-2131/OPP de fecha 17 de diciembre de 2025, hoja de trámite N° 2025- 006081 de fecha 18 de diciembre de 2025, Informe N° 287-2025-GOREMAD-2141/ADMIN de fecha 17 de diciembre de 2025, hoja de trámite N° 2025-003539, Oficio N° 390-2025-GOREMAD-2101/GG de fecha 19 diciembre 2025, hoja de trámite 16362-G56M del 19 de diciembre de 2025, Informe N° 027-2026-GOREMAD/ GRAD-OGRH-ARCE de fecha 12 de enero 2025, Oficio N° 029-2026-GOREMAD/GRA-OGRH de fecha 13 de enero 2026, hoja de trámite N° 2026-000085 de fecha 14 de enero de 2026, Informe N° 010-2026-GOREMAD-2141/ ADMIN de fecha 15 de enero de 2026 y el Memorando 013-2026-GOREMAD-2101/GG con hoja de trámite N° 2026-000069 de fecha 15 de enero de 2026, emitido por la Gerente General del PEMD, Dra. María Miroslava Frías Peralta, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, señala que: “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia (...)”; lo que debe ser concordado con lo dispuesto por el