Fuente: Diario Oficial El Peruano.
TEXTO PAGINA: 39
39 NORMAS LEGALES Viernes 20 de febrero de 2026 El Peruano / Regionales y Gobiernos Locales, quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la dicha institución, precisando además que las referidas transferencias se aprueban mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces, debiendo publicarse en el diario oficial El Peruano; Que, a través del Oficio N° 001017-2026-CG/GAD de fecha 03 de febrero de 2026, remitido por la Oficina de Administración de la Contraloría General de la República, requiere la transferencia de la retribución económica, pago de derecho de designación para la Auditoria Financiera Gubernamental, correspondiente al periodo 2026, en mérito a la designación de la Sociedad Auditora Camac Morales Sociedad Civil, quien se encargará de realizar la referida auditoría en la entidad; Que, a través del documento del visto, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto señala que: “Mediante el Memorándum N°687-2026-SERNANP-OPP, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto emite la certificación de crédito presupuestario por S/ 106 483,00 por la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios de acuerdo al reporte de la nota N° 0576 del SIAF, aprobado el 13 de febrero del presente año, para la transferencia de la retribución económica 2025 (S/ 106,483.00) y pago de derechos para la designación para atender la trasferencia a la Contraloría General de la República para efectuar la Auditoria Financiera ejercicio 2026. Dicha solicitud se sustenta en el Informe Nº 00019-2026-SERNANP/ CONTABILIDAD mediante la cual solicita realizar las gestiones internas respecto a la contratación de la auditoría financiera del periodo 2026 a fin de efectuar la transferencia financiera otorgada a favor del a Unidad Ejecutora 001-196: Contraloría General ”; Que, en ese sentido, el informe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto concluye que: “se recomienda efectuar la Transferencia Financieras de la retribución económica por el periodo de 2026 hasta por la suma de Ciento Seis Mil Cuatrocientos Ochenta y Tres y 00/100 Soles (S/ 106 483,00), a favor de la Contraloría General de la República, por la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, en cumplimiento de lo establecido por el artículo 20° de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3° de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control ”; la cual se realiza en atención a la transferencia requerida por el Oficio N° 001017-2026-CG/GAD de la Contraloría General de la República, por ello solicita proseguir con el trámite respectivo; Que, por su parte, con Informe N° 000101-2026-SERNANP/OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica, concluye que, en virtud a la normativa aplicable, y a la opinión favorable emitida por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto corresponde emitir la resolución que apruebe lo solicitado; Con las visaciones de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la Oficina de Administración, la Oficina de Asesoría Jurídica y la Gerencia General, y; En uso de las facultades conferidas en el artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones del SERNANP, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2025-MINAM. SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencia Financiera Autorizar la Transferencia Financiera con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2026 del Pliego 050: Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado, hasta por la suma de S/ 106 483,00 (Ciento Seis Mil Cuatrocientos Ochenta y Tres y 00/100 Soles) por la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios a favor del Pliego 019: Contraloría General, Unidad Ejecutora 001: Contraloría General, destinados a financiar la auditoria correspondiente al periodo auditado 2026, de acuerdo al anexo adjunto, que forma parte integrante de la presente Resolución.Artículo 2.- Limitación al Uso de los Recursos. Precisar que los recursos de la Transferencia Financiera que hace referencia el artículo precedente no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 3.- Seguimiento de los Recursos Disponer que la Oficina de Administración en el ámbito de su competencia, es el responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas físicas y financiera para los cuales se realiza la presente Transferencia Financiera. Artículo 4.- Publicación de la Resolución Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en la sede digital del SERNANP: www.gob.pe/sernanp Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE CARLOS NIETO NAVARRETE Presidente Ejecutivo SERNANP 2488839-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Prorrogan funcionamiento de diversos órganos jurisdiccionales en las Cortes Superiores de Justicia de Cusco, Junín y Lima Este; y dictan otras disposiciones Presidencia del Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000021-2026-P-CE-PJ Lima, 18 de febrero del 2026 VISTOS: El Oficio N° 000100-2026-RT-PPOR1002-P-PJ cursado por la Responsable (e) Técnico del Programa Presupuestal Orientado a Resultados de Reducción de la Violencia contra la Mujer – PPoR RVcM 1002, por encargo de la Coordinadora de seguimiento, monitoreo y supervisión del Programa, así como el Informe Técnico N°000003-2026-RT-PPOR1002-P-PJ, elaborado por la Responsable Técnico encargada del Programa. CONSIDERANDO: Primero.- Mediante Resolución Administrativa N° 000392-2025-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial prorrogó el plazo de funcionamiento, a partir del 01 de noviembre de 2025 hasta el 28 de febrero de 2026, el 1°Juzgado Penal Colegiado Transitorio subespecializado en delitos asociados a la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar de la Corte Superior de Justicia de Cusco. Segundo.- Por Resolución Administrativa N° 000465-2025-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial prorrogó el plazo de funcionamiento, a partir del 01 de enero de 2026 hasta el 28 de febrero de 2026, del 2° Juzgado Penal Colegiado Transitorio subespecializado en delitos asociados a la Violencia contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar de la Corte Superior de Justicia de Junín y el 2° Juzgado Penal Colegiado Transitorio Subespecializado en delitos asociados a la Violencia Contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar de la Corte Superior de Justicia de Lima Este.