Fuente: Diario Oficial El Peruano.
TEXTO PAGINA: 38
38 NORMAS LEGALES Viernes 20 de febrero de 2026 El Peruano / Que, los artículos 44 y 45 de los citados Lineamientos de Organización del Estado, señalan que el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) se divide en la Sección Primera, que desarrolla el primer y segundo nivel organizacional de la entidad, y la Sección Segunda, que contiene desde el tercer nivel organizacional en adelante. Asimismo, el artículo 44-A señala que en el portal de transparencia del organismo público se debe publicar, entre otros, el texto integrado del ROF, elaborado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga sus veces y debe contar su visto y el de la Oficina de Asesoría Jurídica para su publicación en el portal de transparencia de la entidad; Que, asimismo, el Anexo 1 “Glosario de Términos” de los Lineamientos de Organización del Estado define al Texto Integrado del ROF como el documento que consolida las secciones primera y segunda del ROF del organismo público, a fin de integrar el articulado de los órganos con el de sus respectivas unidades de organización. Para tal efecto, se sigue una nueva secuencia de articulado debiendo cada artículo del texto integrado del ROF hacer referencia al artículo correspondiente de la sección primera o segunda del ROF, aprobadas por decreto supremo y resolución del titular, respectivamente; Que, mediante Decreto Legislativo N° 92 y modificatorias, se crea el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) como Organismo Público adscrito al Ministerio de la Producción, con personería jurídica de derecho público interno, el cual tiene a su cargo la coordinación, orientación, concertación y calificación de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica (CITE); Que, a través del Decreto Supremo N° 003-2026-PRODUCE, se aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del ITP que consta de tres (3) títulos y treinta y tres (33) artículos; y, con la Resolución Ejecutiva N° 000029-2026-ITP/ DE se aprueba la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del ITP, que consta de un (1) título, treinta y dos (32) artículos y dos (2) anexos que contienen la Estructura Orgánica y el Organigrama del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); Que, la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 003-2026-PRODUCE dispone que el ITP, mediante Resolución del Titular de la Entidad, en un plazo no mayor de quince (15) días hábiles, de aprobada la Sección Segunda del ROF del ITP, aprueba el Texto Integrado de su ROF, que contiene las Secciones Primera y Segunda de dicho documento técnico normativo de gestión organizacional; Que, con Memorando N° 1298-2026-ITP/OPPM, sustentado en el Informe Técnico N° 0016-2026-ITP/ OPPM-UFM, ambos de fecha 9 de febrero de 2026 y el Informe Técnico N° 0003-2026-ITP/OPPM de fecha 19 de febrero de 2026, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización opina que corresponde la aprobación del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del ITP; Que, con Informe N° 0072-2026-ITP/OAJ de fecha 11 de febrero de 2026 y el Informe N° 0084-2026-ITP/OAJ de fecha 19 de febrero de 2026, la Oficina de Asesoría Jurídica señala que resulta viable la aprobación del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del ITP; Que, en consecuencia, es necesario aprobar el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del ITP, el mismo que se encuentra en el marco de lo establecido en los Lineamientos de Organización del Estado y la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 003-2026-PRODUCE; Con los vistos de la Gerencia General, de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y de la Oficina de Asesoría Jurídica, en lo que corresponde a sus competencias; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y sus modificatorias; la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, y sus modificatorias; el Decreto Legislativo N° 92 que aprueba la Ley del Instituto Tecnológico de la Producción, y sus modificatorias; el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado y sus modificatorias; el Decreto Supremo N° 003-2026-PRODUCE que aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del ITP; y, la Resolución Ejecutiva N° 000029-2026-ITP/ DE que aprueba la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del ITP; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), el cual consta de tres (3) títulos, cinco (5) capítulos, dos (2) subcapítulos, sesenta y seis (66) artículos y un anexo que contiene el Organigrama del Instituto Tecnológico de la Producción - ITP, documento que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Publicar el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), aprobado mediante el artículo 1 de la presente Resolución, en el Portal de Transparencia Estándar y en la sede digital del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) (www.gob.pe/itp), así como en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. KITTY ELISA TRINIDAD GUERRERO Directora Ejecutiva Instituto Tecnológico de la Producción 2488845-1 SERVICIO NACIONAL DE ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS POR EL ESTADO Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 000054-2026-SERNANP/PE San Isidro, 19 de febrero del 2026 VISTOS: El Informe Nº 00055-2026-SERNANP/OPP de fecha 18 de febrero de 2026 de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe Nº 000101-2026-SERNANP/ OAJ de fecha 19 de febrero de 2026 de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Institución; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el numeral 2 de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013, se crea el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SERNANP), como organismo público técnico especializado, adscrito al Ministerio del Ambiente; ente rector del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SINANPE), el mismo que se constituye en su autoridad técnico-normativa; Que, mediante la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, se aprobó el Presupuesto para el Sector Público correspondiente al Año Fiscal 2026; Que, con Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000165-2025-SERNANP/PE de fecha 29 de diciembre del 2025, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) de Ingresos y Egresos del Pliego 050: Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SERNANP para el Año Fiscal 2026; Que, el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y la Contraloría General de la República y sus modificatorias, dispone que, las Entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos