Fuente: Diario Oficial El Peruano.
TEXTO PAGINA: 41
41 NORMAS LEGALES Viernes 20 de febrero de 2026 El Peruano / Artículo Octavo.- Facultar a las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de Cusco, Junín y Lima Este a adoptar las acciones correspondientes a fin de operativizar lo dispuesto por el Consejo Ejecutivo. Artículo Noveno.- Notificar la presente resolución a la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Programa Presupuestal orientado a Resultados de Reducción de la Violencia contra la Mujer (PPoR RVcM 1002), Cortes Superiores de Justicia del Cusco, Junín y Lima Este; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JANET TELLO GILARDI Presidenta Consejo Ejecutivo 2488633-1 Aprueban la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE) - piloto en la especialidad y subespecialidad Familia Civil - Proceso Único de Tenencia, Variación de Tenencia, Régimen de Visitas y Variación de Régimen de Visitas, en las Cortes Superiores de Justicia de Huaura y La Libertad Presidencia del Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000023-2026-P-CE-PJ Lima, 18 de febrero del 2026 VISTO: El Oficio N° 000008-2026-P-CT-EJE-PJ cursado por la señora Consejera Elvia Barrios Alvarado, Presidenta de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico del Poder Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que, la señora Consejera Elvia Barrios Alvarado, Presidenta de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico del Poder Judicial, mediante Oficio N° 000008-2026-P-CT-EJE-PJ, solicita a este Órgano de Gobierno la aprobación de la propuesta de implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y Mesa de Partes Electrónica (MPE) - piloto en la especialidad y subespecialidad Familia Civil - Proceso Único de Tenencia, Variación de Tenencia, Régimen de Visitas y Variación de Régimen de Visitas en las Cortes Superiores de Justicia de Huaura y La Libertad. Segundo. El Expediente Judicial Electrónico promovido por la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico es parte del fortalecimiento de la transformación digital del Poder Judicial, previsto como Objetivo Estratégico (OEI 0.5) del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2021-2030, aprobado mediante Resolución Administrativa N° 000136-2021-P-PJ. En ese sentido, el Expediente Judicial Electrónico desde su lanzamiento en el 2017 mediante la Resolución Administrativa N° 005-2017-CE-PJ, hasta la fecha, viene impulsando el uso de las nuevas Tecnologías de la Información y Comunicaciones (TIC) en los procesos judiciales, a efecto de asegurar la celeridad y la transparencia en la solución de los conflictos que están a cargo de los órganos jurisdiccionales en concordancia con los objetivos estratégicos del Plan Estratégico Institucional del Poder Judicial. Tercero. La Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico desde su conformación, a través de su Secretaría Técnica, ha venido desarrollando actividades de implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE) en treinta y cinco Cortes Superiores de Justicia, concretado en mil cuatrocientos ochenta y dos órganos jurisdiccionales que ya disponen de los beneficios del Expediente Judicial Electrónico, en las especialidades: Laboral - Nueva Ley Procesal del Trabajo, Laboral - subespecialidad Contencioso Administrativo Laboral y Previsional, Contencioso Administrativo subespecialidades Tributario, Aduanero y Temas de Mercado, Civil subespecialidad Comercial y Civil - Litigación Oral; Procesos de Amparo en materia constitucional; así como en Familia en la subespecialidad Violencia Contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar y Familia Civil Alimentos para Niñas, Niños y Adolescentes. . El número de órganos jurisdiccionales incluye los correspondientes a la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada - etapa intermedia, en atención a lo dispuesto en la Resolución Administrativa N° 000138-2020-P-CE-PJ; y, la implementación del Expediente Judicial Electrónico en la Sala Penal Permanente, Sala Penal Especial y el Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, aprobada por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa N° 000135-2022-P-CE-PJ; totalizándose a dieciséis órganos jurisdiccionales implementados con el Expediente Judicial Electrónico en la especialidad penal. Cuarto. Que, la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico (EJE) viene ejecutando actividades organizadas en dos grupos: I) Procesos jurisdiccionales se ejecutan en medios virtuales y con menor desplazamiento de usuarios y elevada disposición al uso de Tecnologías de Información y Comunicaciones (TIC) en los procesos jurisdiccionales y administrativos; II) Eficaz soporte de los procesos de decisión e información para los servicios judiciales que brinda el Poder Judicial. Quinto. Que, los resultados obtenidos por la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, que promueve la implementación del Expediente Judicial Electrónico y cuyos objetivos están enmarcados en el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2021-2030, se enlazan con las Políticas Públicas Nacionales: La Política General de Gobierno para el período 2021-2026 (D.S. N° 164-2021-PCM), en lo referente a impulsar el Gobierno y Transformación Digital con Equidad, la Política Nacional de Competitividad y Productividad 2019-2030 (D.S. N° 345-2018-EF), el Plan Nacional de Competitividad y Productividad al 2030 (D.S. N° 237-2019-EF), la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública (D.S. N° 004-2013-PCM) y la Estrategia Nacional de Implementación del Sistema Nacional Especializado de Justicia para la Protección y Sanción de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar 2021-2026 (D.S. N° 011-2021-MIMP). La Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico es también cooperante activo en la implementación de la Política Pública de Reforma del Sistema de Justicia en el Poder Judicial (Resolución Administrativa N° 000338-2022-CE- PJ). Sexto. Al respecto, la Secretaría Técnica de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico ha elaborado el Informe N° 005-2026-ST-CT-EJE-PJ, teniendo como sustento el Oficio N° 000239-2026-GTI-GG-PJ de la Gerencia de Tecnologías de Información que gestiona el Informe N° 000007-2026-CPY-SDSI-GTI-GG-PJ, en el cual propone la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE) - piloto en la especialidad y subespecialidad Familia Civil - Proceso Único de Tenencia, Variación de Tenencia, Régimen de Visitas y Variación de Régimen de Visitas. Así como, el Oficio N° 000243-2026-RT-PPRFAMILIA-PJ del Responsable del Presupuesto por Resultados Familia, mediante el cual se propone a las Cortes Superiores de Justicia de Huaura y La Libertad para el inicio de la implementación. Séptimo. Que, existiendo la necesidad de continuar con las implementaciones del Expediente Judicial Electrónico, como parte de las acciones de fortalecimiento de transformación digital, y estando en ejecución las actividades correspondientes al Plan Operativo Institucional del Expediente Judicial Electrónico y Plan de Actividades de la Comisión de Trabajo del Expediente