Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE OCTUBRE DEL AÑO 2026 (14/10/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 140

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 18

18 NORMAS LEGALES Miércoles 14 de octubre de 2026 El Peruano / y Guardacostas, remitió la relación del personal de Ofi ciales, Supervisores, Técnicos y O fi ciales de Mar, que culminaron el Programa de Capacitación de “Inspector del Estado Rector del Puerto” desarrollado desde el 13 al 24 de abril del 2026; Que, mediante Memorándum N° 062 de fecha 07 de agosto del 2026 el Jefe de la Escuela de Capitanías y Guardacostas, remitió la relación del personal de Ofi ciales, Técnicos y O fi ciales de Mar, que culminaron el Programa de Capacitación Extrainstitucional de “Control del Estado Rector del Puerto” desarrollado desde el 20 al 30 de abril del 2026 de manera virtual a cargo de la Dirección Nacional de Espacios Acuáticos de la República del Ecuador; Que, mediante el Informe Técnico Nº 033-2026-DICAPI/ DIRINAS de fecha 6 de julio del 2026, el Director de Inspecciones, Auditorias y Supervisiones de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas, concluyó que, i) Se debe modi fi car la Resolución Directoral N° 207-26 MGP/DICAPI de fecha 17 de abril del 2026, en el sentido de incluir UN (1) Anexo 4 reconociendo con e fi cacia anticipada al 01 de mayo del 2026, como O fi ciales Supervisores por el Estado Rector del Puerto (OSERP), al personal de O fi ciales, Supervisores, Técnicos, O fi ciales de Mar que han participado y culminado satisfactoriamente los cursos de “Estado Rector del Puerto”, con la fi nalidad de que citado personal realice inspecciones a los buques de bandera extranjera que arriben a puertos nacionales, conforme lo dispuesto en los numerales 667.2 y 667.3 del artículo 667 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1147; ii) Modi fi car el artículo 2 y el Anexo 2 de la Resolución Directoral N° 207-26 MGP/DICAPI de fecha 17 de abril del 2026, en el sentido de excluir del Anexo 2 al personal Civil reconocido como O fi cial Supervisor por el Estado Rector del Puerto (OSERP), Capitán de Fragata (r) Carlos Augusto BRITO Zegarra, por no mantener ninguna relación contractual con esta Dirección General; debiendo incluirse y reconocerse como O fi cial Supervisor por el Estado Rector del Puerto con e fi cacia anticipada al 13 de mayo del 2026, al personal Civil Juan Carlos LAZARTE Quevedo y con e fi cacia anticipada al 16 de junio del 2026, al personal Civil Eduardo ANTO Henríquez, con la fi nalidad de efectuar las inspecciones a las naves de bandera extranjera en puertos nacionales, los cuales se llevan a cabo de conformidad con la normativa nacional, instrumentos internacionales de los que el Perú es parte y otras norma de derecho internacional sobre la materia que puedan ser de aplicación al Estado Peruano, en las Capitanías de Puerto de Chancay y Callao respectivamente; Que, el numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 006-2026-JUS de fecha 30 de abril del 2026 (en adelante, TUO LPAG), dispone que la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga e fi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la e fi cacia del acto el supuesto de hecho justi fi cativo para su adopción; e fi cacia anticipada que resulta aplicable a incorporar, conforme lo fundamentos del Informe Técnico Nº 033-2026-DICAPI/ DIRINAS de fecha 6 de julio del 2026, del Director de Inspecciones, Auditorías y Supervisiones de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas; Que, el numeral 6.2 del artículo 6 del TUO LPAG, establece que puede motivarse mediante la declaración de conformidad con los fundamentos y conclusiones de anteriores dictámenes, decisiones o informes obrantes en el expediente, a condición de que se les identi fi que de modo certero, y que por esta situación constituyan parte integrante del respectivo acto. Los informes, dictámenes o similares que sirvan de fundamento a la decisión, deben ser noti fi cados al administrado conjuntamente con el acto administrativo; Que, la motivación de la presente resolución directoral se sustenta en los fundamentos y conclusiones del Informe Técnico Nº 033-2026-DICAPI/DIRINAS de fecha 6 de julio del 2026, del Director de Inspecciones, Auditorías y Supervisiones de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas; en aplicación del numeral 6.2 del artículo 6 del cuerpo normativo antes citado; por lo tanto, corresponde reconocer con e fi cacia anticipada como O fi ciales Supervisores por el Estado Rector del Puerto (OSERP), al personal indicado por el Jefe de la Escuela de Capitanías y Guardacostas y consecuentemente, modi fi car la Resolución Directoral N° 207-26 MGP/DICAPI de fecha 17 de abril del 2026, de acuerdo a los documentos o fi ciales antes mencionadas y a las Ordenes de Servicio emitidas por el Jefe de la Ofi cina de Administración, a lo recomendado por el Director de Inspecciones, Auditorías y Supervisiones de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas mediante Informe Técnico Nº 033-2026-DICAPI/DIRINAS de fecha 6 de julio del 2026, con la fi nalidad de que efectúen las Supervisiones por el Estado Rector del Puerto a los buques de bandera extranjera que arriben a puertos nacionales, de conformidad a la normativa nacional vigente y a los instrumentos internacionales de los que el Perú es parte entre otras normas de derecho internacional; Que, el numeral 20 del artículo 12 del Reglamento, establece como función de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas, emitir resoluciones administrativas sobre asuntos de su competencia; Que, de conformidad con lo propuesto por el Director de Inspecciones, Auditorías y Supervisiones, a lo opinado por el Jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica, a lo recomendado por el Director de Administración Marítima y con el visto bueno del Director Ejecutivo de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi car, la Resolución Directoral N° 207-26 MGP/DICAPI de fecha 17 de abril del 2026, en el sentido de incluir como Anexo 4, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución directoral, el listado del personal de O fi ciales, Supervisores, Técnicos y Ofi ciales de Mar reconocido, con e fi cacia anticipada al 01 de mayo del 2026, como O fi ciales Supervisores por el Estado Rector del Puerto (OSERP), con la fi nalidad de que citado personal realice inspecciones a los buques de bandera extranjera que arriben a puertos nacionales, conforme a las consideraciones expuestas en la presente Resolución Directoral. Artículo 2.- Modi fi car, el artículo 2 y el Anexo 2 de la Resolución Directoral N° 207-26 MGP/DICAPI de fecha 17 de abril del 2026, en el sentido actualizar el listado del personal civil reconocido como O fi ciales Supervisores por el Estado Rector del Puerto; debiendo considerar únicamente, con e fi cacia anticipada al 13 de mayo del 2026, como O fi cial Supervisor por el Estado Rector del Puerto (OSERP), al señor Juan Carlos LAZARTE Quevedo; y, con e fi cacia anticipada al 16 de junio del 2026, como O fi cial Supervisor por el Estado Rector del Puerto (OSERP), al señor Eduardo ANTO Henríquez, para realizar inspecciones a los buques de bandera extranjera que arriben a los puertos del Callao. Artículo 5.- Encargar a la O fi cina de Personal de esta Dirección General para que realice las acciones que correspondan y se designe en cada Capitanía de Puerto personal cali fi cado y reconocido como O fi ciales Supervisores por el Estado Rector del Puerto (OSERP). Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario O fi cial “El Peruano”; así como, los Anexos (2) y (4) de la misma, serán publicados en el portal electrónico de la Autoridad Marítima Nacional https://www.dicapi.mil.pe, para fi nes de conocimiento público. Artículo 7.- La presente Resolución Directoral Normativa entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. OSCAR TORRICO INFANTAS Director General de Capitanías y Guardacostas 2563833-1