Fuente: Diario Oficial El Peruano.
TEXTO PAGINA: 28
28 NORMAS LEGALES Miércoles 14 de octubre de 2026 El Peruano / VISTO, los documentos que conforman el Expediente N° DIF2025-INT-1165929, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 3 de la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, establece que el sector Educación se encuentra bajo la conducción y rectoría del Ministerio de Educación; asimismo, de acuerdo con el literal a) del numeral 1 y el literal a) del numeral 2 del artículo 5 de la citada Ley, son sus funciones rectoras y técnico-normativas formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; así como aprobar las disposiciones normativas vinculadas con sus ámbitos de competencia, respectivamente; Que, de acuerdo con el literal h) del artículo 80 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, es función del Ministerio de Educación de fi nir las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la Carrera Pública Magisterial; Que, mediante el Decreto Legislativo N° 276, se aprueba la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, cuyo Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-90-PCM, establece en su artículo 28 que el ingreso a la administración pública en la condición de servidor de carrera o de servidor contratado para trabajos de naturaleza permanente se efectúa obligatoriamente mediante concurso; Que, a través del artículo 2 de la Resolución Viceministerial N° 287-2019-MINEDU, se aprueba la Norma Técnica denominada “Norma que regula el proceso de contratación de personal administrativo, bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo N° 276, en las sedes administrativas de las Direcciones Regionales de Educación, Unidades de Gestión Educativa Local, Instituciones Educativas, Institutos y Escuelas de Educación Superior Públicos”; Que, mediante los O fi cios N° 00709-2025-MINEDU/ VMGI-DIGC, N° 00403-2026-MINEDU/VMGI-DIGC y N° 00635-2026-MINEDU/VMGI-DIGC, la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar remite al Despacho Viceministerial de Gestión Institucional los Informes N° 00214-2025-MINEDU/VMGI-DIGC-DIF, N° 00085-2026-MINEDU/VMGI-DIGC-DIF y N° 00131-2026-MINEDU/VMGI-DIGC-DIF, respectivamente, elaborados por la Dirección de Fortalecimiento de la Gestión Escolar, dependiente de la referida Dirección General, a través de los cuales se propone y sustenta la necesidad de aprobar la propuesta de norma técnica denominada “Norma que regula el proceso de contratación de personal administrativo, bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo N° 276, en el sector educación”; Que, la propuesta de norma técnica tiene por objetivo establecer las disposiciones que regulan el proceso de contratación de personal administrativo, bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo N° 276, en las Direcciones o Gerencias Regionales de Educación, Unidades de Gestión Educativa Local, Instituciones Educativas de Educación Básica, Instituciones Educativas Públicas Militares del Nivel de Educación Secundaria, Centros de Educación Técnico-Productiva e Institutos y Escuelas de Educación Superior Públicos, a fi n de incorporar personal administrativo idóneo que contribuya a garantizar la continuidad y calidad del servicio educativo; Que, en atención a la aprobación de la propuesta normativa, resulta necesario derogar el artículo 2 de la Resolución Viceministerial N° 287-2019-MINEDU, que aprueba la norma técnica denominada “Norma que regula el proceso de contratación de personal administrativo, bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo N° 276, en las sedes administrativas de las Direcciones Regionales de Educación, Unidades de Gestión Educativa Local, Instituciones Educativas, Institutos y Escuelas de Educación Superior Públicos”; toda vez que la materia regulada en dicha norma se encuentra comprendida en la norma técnica que se aprueba mediante la presente Resolución; Que, la propuesta normativa cuenta con la opinión favorable de la Dirección General de Educación Técnico - Productiva y Superior Tecnológica y Artística, de la Dirección General de Desarrollo Docente, de la Dirección General de Gestión Descentralizada, de la O fi cina General de Recursos Humanos y de la O fi cina General de Transparencia, Ética Pública y Anticorrupción; Que, a través del Informe N° 01462-2026-MINEDU/ SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica, emite opinión favorable respecto de la tramitación del proyecto de resolución viceministerial que aprueba la propuesta normativa; por cuanto, desde el punto de vista de plani fi cación, es concordante con los instrumentos de plani fi cación estratégica e institucional del Sector Educación y desde el punto de vista presupuestal, su aprobación e implementación no irroga gastos adicionales al Pliego 010: M. de Educación ni al Tesoro Público; Que, con el Informe N° 01429-2026-MINEDU/SG- OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica opina que la aprobación de la propuesta de norma técnica, así como la derogación del artículo 2 de la Resolución Viceministerial N° 287-2019-MINEDU, resultan legalmente viables; Que, mediante el literal a) del numeral 2.2 del artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 008-2026-MINEDU, el Titular de la Entidad delega en el Viceministro de Gestión Institucional del Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2026, la facultad de emitir y aprobar los actos resolutivos que aprueban, modi fi can o dejan sin efecto los Documentos Normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de su competencia conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, en la Ley N° 28044, Ley General de Educación, en el Decreto Legislativo N° 276, que aprueba la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-90-PCM, en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; y, en virtud de las facultades delegadas mediante la Resolución Ministerial N° 008-2026-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Derogar el artículo 2 de la Resolución Viceministerial N° 287-2019-MINEDU, que aprueba la Norma Técnica denominada “Norma que regula el proceso de contratación de personal administrativo, bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo N° 276, en las sedes administrativas de las Direcciones Regionales de Educación, Unidades de Gestión Educativa Local, Instituciones Educativas, Institutos y Escuelas de Educación Superior Públicos”. Artículo 2.- Aprobar la Norma Técnica denominada “Norma que regula el proceso de contratación de personal administrativo, bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo N° 276, en el sector educación”, la misma que, como anexo, forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación - SIJE, ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ANTONIO ALEMAN NAKAMINE Viceministro de Gestión Institucional 2564250-1