Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE OCTUBRE DEL AÑO 2026 (14/10/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 140

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 21

21 NORMAS LEGALES Miércoles 14 de octubre de 2026 El Peruano / (POES) y el sistema de análisis de peligros y puntos críticos de control (APPCC), según lineamientos del Codex Alimentarius , y están autorizados por el Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA) de la República del Perú para exportar a ese país y son fi scalizados en forma permanente por el SENASA de la República Argentina. 8. La materia prima de la que se obtuvo el producto ha sido sometida a un tratamiento térmico en una atmósfera saturada de vapor cuya temperatura asciende a 133 °C durante veinte (20) minutos como mínimo, con una presión absoluta de tres (3) bares; o a tratamiento térmico de 118 °C durante al menos cuarenta (40) minutos. 9. El producto ha sido higiénicamente manipulado y está contenido en embalajes de primer uso, con material impermeable y resistente, capaz de preservarlos de la contaminación ambiental y almacenados inmediatamente después de su elaboración en el establecimiento fi scalizado por el servicio veterinario o fi cial. La etiqueta en idioma español, contiene la siguiente información: Nombre del producto, contenido neto, país de origen o lugar de procedencia, nombre y dirección del titular de la autorización sanitaria, nombre y dirección del importador, de corresponder; identi fi cación del lote que permita garantizar la trazabilidad al origen de los animales de los cuales provienen los productos, fecha de vencimiento o consumir preferentemente antes de, instrucciones para el uso y conservación (sobre la especie o clase de animales a la que está destinado y la fi nalidad). 10. El establecimiento tiene implementado un sistema de rastreabilidad para harinas de carne y hueso de la especie bovina, desde la producción primaria, establecimientos de procesamiento primario, hasta su destino fi nal, veri fi cado por la autoridad sanitaria competente del país de origen y/o procedencia. 11. El producto es apto y seguro para el consumo animal. 12. Los animales que dieron origen al producto fueron faenados en un establecimiento sometido al programa ofi cial de monitoreo de contaminantes químicos (residuos de medicamentos veterinarios, toxinas, metales pesados) y microbiológicos en productos de origen animal, el cual ha sido planeado e implementado de acuerdo a las recomendaciones del Codex Alimentarius . 13. La autoridad competente de la República Argentina es responsable por la fi scalización de la producción y comercialización de productos veterinarios utilizados de la especie bovina, así como, por la fi scalización del cumplimiento de los estándares de buenas prácticas de manufactura que incluyen la implementación de un sistema de trazabilidad para los productos indicados para la especie por los establecimientos productores. 14. El empaque tiene impresa la leyenda: “PROHIBIDO SU USO EN LA ALIMENTACIÓN DE RUMIANTES” o leyenda equivalente. 15. El producto fue inspeccionado por el SENASA de la República Argentina, antes de la certi fi cación fi nal y envío. 16. Durante el manejo, el transporte y almacenaje del producto este no ha sido alterado en ninguna manera ni ha estado en contacto con algún producto animal o posibles materiales infecciosos. 17. Previo a la carga del producto, el contenedor fue lavado y desinfectado; y luego de ello fue precintado en la República Argentina y el número del precinto está indicado en el presente certi fi cado sanitario de exportación. ESTOS REQUISITOS SANITARIOS DEBEN SER REMITIDOS A SU PROVEEDOR EN LA REPÚBLICA ARGENTINA, A FIN DE QUE LOS CERTIFICADOS SANITARIOS EMITIDOS POR EL SERVICIO VETERINARIO OFICIAL INCLUYA LAS EXIGENCIAS ANTES DESCRITAS. EN CASO LA CERTIFICACIÓN NO COINCIDA CON ESTOS REQUISITOS, LA MERCANCÍA SERÁ RECHAZADA. 2563673-1Designan Jefe de la Sub Unidad de Finanzas de la Unidad de Administración del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 192-2026- MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE Lima, 13 de octubre de 2026 VISTOS:El Memorando N° 699-2026-MIDAGRI-DVDAFIR- AGRO RURAL-DE de la Dirección Ejecutiva, el Informe N° 266-2026-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE/UGRH emitido por la Unidad de Gestión de Recursos Humanos y, el Informe N° 166-2026-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL- DE/UAJ emitido por la Unidad de Asesoría Jurídica y; CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo N° 012-2020- MIDAGRI se formaliza la creación del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL como Unidad Ejecutora del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego – MIDAGRI; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 137-2021- MIDAGRI, se aprobó el Manual de Operaciones de AGRO RURAL, el cual establece entre otros, su estructura funcional, y las funciones de cada una de las unidades que la conforman; Que, mediante la Resolución Directoral Ejecutiva N° 216-2022-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE se aprobó la Directiva General N° 009-2022-MIDAGRI-AGRO RURAL-UGRH “Directiva para la designación en cargos de con fi anza y designación temporal en el Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL”, con el objeto de regular el procedimiento para la designación de empleados de con fi anza, así como el desplazamiento de personal en la modalidad de designación temporal en el Programa; Que, mediante la Resolución Directoral Ejecutiva N° 104-2026-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE se designó al señor Cristofer Ronal Barrionuevo Romero en el cargo de con fi anza de Jefe de la Sub Unidad de Finanzas de la Unidad de Administración; Que, mediante el Informe N° 266-2026-MIDAGRI- DVDAFIR-AGRO RURAL-DE/UGRH la Unidad de Gestión de Recursos Humanos solicita se proyecte el acto resolutivo que disponga dar por concluida la designación del citado servidor, así como, designar al señor Bryam Wollfgant Salas Mendez en dicho cargo de con fi anza, al haber veri fi cado que cumple con los requisitos del per fi l del cargo; Que, mediante el Informe N° 166-2026-MIDAGRI- DVDAFIR-AGRO RURAL-DE/UAJ la Unidad de Asesoría Jurídica informa que, corresponde proseguir con el trámite de la designación propuesta; Contando con los vistos de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos y de la Unidad de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por concluida la designación del señor Cristofer Ronal Barrionuevo Romero en el cargo de con fi anza de Jefe de la Sub Unidad de Finanzas de la Unidad de Administración del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL, siendo su último día de labores el 13 de octubre de 2026, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar, a partir del 14 de octubre de 2026, al señor Bryam Wollfgant Salas Mendez en el cargo de con fi anza de Jefe de la Sub Unidad de Finanzas de la Unidad de Administración del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL. Artículo 3.- El servidor designado debe presentar su Declaración Jurada de Intereses dentro de los plazos legales y procedimiento establecido en la normativa aplicable.