Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE OCTUBRE DEL AÑO 2026 (14/10/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 140

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 23

23 NORMAS LEGALES Miércoles 14 de octubre de 2026 El Peruano / GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 17 270 812,00 CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5001254 : Transferencia de recursos para la ejecución de actividades FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 1 734 890,00 ============ TOTAL EGRESOS 19 005 702,00 ============ A LA: En Soles SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGOS : Gobiernos RegionalesFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 18 417 702,00 2.2 Pensiones y Otras prestaciones Sociales 588 000,00 ============ TOTAL EGRESOS 19 005 702,00 ============ 1.2 El detalle de los pliegos y los montos de la Transferencia de Partidas autorizada en el numeral 1.1 del presente artículo se encuentra en el Anexo Nº I “Transferencia para fi nanciar el pago de la Asignación por Tiempo de Servicios de los profesores y auxiliares de educación nombrados”, Anexo Nº II “Transferencia para fi nanciar el pago del Subsidio por Luto y Sepelio de los profesores y auxiliares de educación nombrados y contratados”, Anexo Nº III “Transferencia para fi nanciar el pago de la Compensación por Tiempo de Servicios de los profesores y auxiliares de educación nombrados” y Anexo Nº IV “Transferencia para fi nanciar el pago de la Compensación por Tiempo de Servicios de los profesores y auxiliares de educación contratados” que forman parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en las sedes digitales del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu) y del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo 2.- Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 El Titular del pliego habilitador y los titulares de los pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueban, mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (5) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados solicita a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas de Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos.Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Educación. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los trece días del mes de octubre del año dos mil veintiséis. KEIKO SOFÍA FUJIMORI HIGUCHI Presidenta de la República ELMER RAFAEL CUBA BUSTINZA Ministro de Economía y Finanzas JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación 2564302-2 Designan Directora Ejecutiva del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE RESOLUCIÓN SUPREMA N° 041-2026-EF Lima, 13 de octubre de 2026CONSIDERANDO: Que, el numeral 11.8 del artículo 11 del Decreto Legislativo N° 1693, Decreto Legislativo que ordena, sistematiza y optimiza la e fi ciencia de la actividad empresarial del Estado y fortalece la estructura y gestión del FONAFE, establece que la Dirección Ejecutiva del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado – FONAFE es el órgano encargado de implementar la estrategia corporativa de las Empresas del Estado; y es ejercida por el Director Ejecutivo, quien es nombrado mediante Resolución Suprema refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, mediante Resolución Suprema N° 049-2025-EF, se designa al señor Pedro Manuel Tapia Alvarado como Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado – FONAFE; Que, el señor Pedro Manuel Tapia Alvarado ha presentado su renuncia al referido cargo; por lo que, resulta necesario aceptarla y designar a la persona que ejercerá el cargo de Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado – FONAFE; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; Decreto Legislativo N° 1693, Decreto Legislativo que ordena, sistematiza y optimiza la e fi ciencia de la actividad empresarial del Estado y fortalece la estructura y gestión del FONAFE; y, el Decreto Supremo N° 292-2024- EF, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1693, Decreto Legislativo que ordena, sistematiza y optimiza la e fi ciencia de la actividad empresarial del Estado y fortalece la estructura y gestión del FONAFE; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1. Aceptar la renuncia presentada por el señor Pedro Manuel Tapia Alvarado como Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado – FONAFE. Artículo 2. Designar a la señora Lorena de Guadalupe Masías Quiroga como Directora Ejecutiva del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado – FONAFE. Artículo 3. La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas.