NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2026 (10/09/2026)
CANTIDAD DE PAGINAS: 200
Fuente: Diario Oficial El Peruano.
TEXTO PAGINA: 63
63 NORMAS LEGALES Jueves 10 de setiembre de 2026 El Peruano / Informe N° 00001-2026-SUNEDU-DS-DIRGRATU-UGIU- AACDLC, de fecha 28 de agosto de 2026, desarrolla los argumentos para la publicación de los “Indicadores del Ranking Universitario comprendido en el V Informe Bienal sobre la Realidad Universitaria en el Perú” y sus fi chas metodológicas, dando cuenta de los aportes y propuestas recibidas en las mesas de trabajo realizadas con especialistas de instituciones vinculadas al sector de educación superior universitaria, así como de la consolidación y evaluación técnica de dichos aportes y recomendaciones, a partir de los cuales se efectuaron ajustes metodológicos y se incorporaron propuestas de indicadores y boni fi cadores, con la fi nalidad de fortalecer la metodología y los indicadores que conformarán el referido Ranking Universitario; Que, si bien el numeral 15.15 del artículo 15 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, dispone como funciones de la Sunedu, publicar el informe bienal, el mismo que incluye ranking universitario, respecto del número de publicaciones indexadas, entre otros indicadores; para la presente publicación, la Unidad de Gestión de la Información Universitaria ha tenido la iniciativa de incluir el total de publicaciones indexadas diferenciadas por su nivel de citación; Cabe señalar que, la distinción de publicaciones indexadas según su nivel citación (deciles de citación) , permite distinguir entre entidades cuyo desempeño parece similar cuando se observa solamente la producción académica (cantidad de publicaciones indexadas), evidenciando el desempeño de una entidad cuyas publicaciones se encuentran entre las más citadas y visibles del mundo académico; Que, mediante el Memorando N° 00657-2026-SUNEDU-DS-DIRGRATU, de fecha 28 de agosto de 2026, la Dirección de Registro y Reconocimiento de Grados y Títulos e Información Universitaria remite el Informe N° 00001-2026-SUNEDU-DS-DIRGRATU-UGIU- AACDLC, “Informe de las mesas de trabajo con expertos en el marco de la elaboración del Ranking Universitario del V Informe Bienal”, a fi n de continuar con el trámite para la correspondiente publicación; Que, en cumplimiento a lo dispuesto en la Sesión de Consejo antes mencionada, resulta necesario la publicación de los “Indicadores del Ranking Universitario comprendido en el V Informe Bienal sobre la Realidad Universitaria en el Perú” y sus fi chas metodológicas, con el objetivo de que la ciudadanía en general conozca la propuesta y formule aportes, observaciones y comentarios respecto de los indicadores y la metodología que conformarán el referido Ranking Universitario, los cuales serán evaluados para la elaboración de su versión defi nitiva; Que, de conformidad con los informes y normas citadas, corresponde aprobar la publicación de los “Indicadores del Ranking Universitario comprendido en el V Informe Bienal sobre la Realidad Universitaria en el Perú” y sus fi chas metodológicas; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo en la Sesión N° 030-2026, con el voto a favor de los doctores Espinoza Santillán, Pereyra López, Paredes Díaz, Cárdenas Díaz y Reyes Pareja; con el voto en contra del doctor Velázquez Fernández; y, con la abstención de la doctora Asencios Trujillo; contando con el visado de la Dirección de Registro y Reconocimiento de Grados y Títulos e Información Universitaria de la Sunedu y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo 1.- Disponer la publicación en el Portal Institucional de la Sunedu (www.sunedu.gob.pe) de los “Indicadores del Ranking Universitario comprendido en el V Informe Bienal sobre la Realidad Universitaria en el Perú” y sus fi chas metodológicas, a fi n de recoger los aportes, observaciones y comentarios de la comunidad universitaria y ciudadanía en general. Artículo 2.- Disponer que el plazo para que la ciudadanía en general y demás interesados remitan a la Sunedu sus aportes, observaciones y comentarios respecto de los “Indicadores del Ranking Universitario comprendido en el V Informe Bienal sobre la Realidad Universitaria en el Perú” y sus fi chas metodológicas, sea de quince (15) días hábiles, contados a partir del día siguiente de su publicación en el Portal Institucional de la Sunedu. Artículo 3.- Disponer que los aportes, observaciones y comentarios se remitan a la Unidad de Gestión de la Información Universitaria - UGIU, de la Dirección de Registro y Reconocimiento de Grados y Títulos e Información Universitaria de la SUNEDU, mediante la mesa de partes ubicada en la calle Aldabas 337, Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima (de 08:00 a las 16:30 horas); o a través de la Mesa de Partes Virtual de la Sunedu, o la siguiente dirección electrónica: [email protected]. Artículo 4.- Disponer que la Unidad de Gestión de la Información Universitaria - UGIU, de la Dirección de Registro y Reconocimiento de Grados y Títulos e Información Universitaria de la SUNEDU se encargue de recibir, procesar, evaluar e incluir, de ser el caso, los aportes, observaciones y comentarios que se reciban sobre los “Indicadores del Ranking Universitario comprendido en el V Informe Bienal sobre la Realidad Universitaria en el Perú” y sus fi chas metodológicas, a efectos de elaborar el texto de fi nitivo. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 6.- Encargar a la O fi cina de Comunicaciones la publicación de la presente resolución y los “Indicadores del Ranking Universitario comprendido en el V Informe Bienal sobre la Realidad Universitaria en el Perú” con sus fi chas metodológicas, en el Portal Institucional de la Sunedu (www.sunedu.gob.pe), el mismo día que su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese y publíquese.VICENTE PAUL ESPINOZA SANTILLÁN Presidente del Consejo DirectivoSuperintendencia Nacional deEducación Superior Universitaria 2552790-1 ORGANISMOS AUTÓNOMOS CONTRALORÍA GENERAL Dan por terminada la designación de Jefa del Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA N° 475-2026-CG Lima, 8 de setiembre del 2026VISTOS:La Hoja Informativa N° 000200-2026-CG/VCG y el Proveído N° 000262-2026-CG/VCG, de la Vicecontraloría de Control Gubernamental; la Hoja Informativa N° 000034-2026-CG/GRAN, de la Gerencia Regional de Control de Áncash; el Memorando N° 001086-2026-CG/GCH, de la Gerencia de Capital Humano; la Hoja Informativa N° 000707-2026-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica; y, el Memorando N° 000887-2026-CG/GJNC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental de la Contraloría General de la República; CONSIDERANDO:Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias, el Jefe del Órgano de Control Institucional