Norma Legal Oficial del día 28 de diciembre del año 2001 (28/12/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, viernes 28 de diciembre de 2001

NORMAS LEGALES

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Que, los conductores indicados precedentemente, han infringido lo dispuesto en el literal F-2 del Articulo 296º del Reglamento Nacional de MORDAZA aprobado por Decreto Supremo Nº 033-2001-MTC al conducir vehiculos CON LICENCIA DE CONDUCIR CUYA CATEGORIA NO CORRESPONDE AL VEHICULO QUE CONDUCEN; por lo tanto son pasibles a la sancion administrativa establecida en el literal F-2 del Articulo 314º del Reglamento acotado; Que, la Direccion General de Circulacion Terrestre, de conformidad con lo dispuesto en el Titulo VII, Capitulo III, Seccion II del Reglamento Nacional de MORDAZA, es autoridad competente para sancionar a aquellos titulares de licencias de conducir y conductores que han infringido el Reglamento acotado; Estando a lo opinado por la Direccion de Circulacion Vial en el Memorandum Nº 1821-2001-MTC/15.18.05 y por la Oficina de Asesoria Legal en el Informe Nº 1560-2001MTC/15.18.01, MORDAZA dependencias de la Direccion General de Circulacion Terrestre; De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Nacional de MORDAZA, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por el Decreto Supremo Nº 02-94-JUS, la Primera Disposicion Transitoria de la Ley Nº 27444 y el Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Sancionar a las personas indicadas en el primer considerando de esta resolucion, con la SUSPENSION de sus licencias de conducir por el periodo de un (1) ano, computado a partir de la fecha de la ocurrencia de la infraccion o la fecha de la remision de los oficios por parte de las Comisarias de la Policia Nacional del Peru, segun corresponda. Articulo Segundo.- Encargar la ejecucion de esta Resolucion a la Direccion de Circulacion Vial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ADRIAZOLA MORDAZA Directora General Direccion General de Circulacion Terrestre 36915

bacion, Ejecucion y Control del MORDAZA Presupuestario del Sector Publico para el Ano Fiscal 2002; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Presupuesto Institucional de Apertura de Ingresos correspondiente al Ano Fiscal 2002 del Pliego 004 Poder Judicial por MORDAZA de Financiamiento, de acuerdo a lo siguiente: MORDAZA de Financiamiento En Nuevos Soles 456 048 291 76 000 000 ------------ Total 532 048 291 ==========

00 Recursos Ordinarios 09 Recursos Directamente Recaudados

El desagregado de Ingresos, a nivel de partidas y MORDAZA de Financiamiento distintas a la de "Recursos Ordinaros"se pr i esent en elAnexo 1 "Presupuesto Institucional a de Apertura de los Ingresos por Partidas", proporcionado por la Direccion Nacional del Presupuesto Publico, el mismo que forma parte de la presente Resolucion. Articulo 2º .- Aprobar el Presupuesto Institucional de Apertura de Egresos correspondiente al Ano Fiscal 2002 del Pliego 004 Poder Judicial, por Categoria de Gasto, de acuerdo a lo siguiente: Categoria de Gasto 5 6 Gastos Corrientes Gastos de Capital En Nuevos Soles 520 767 662 11 280 629 ------------ Total 532 048 291 ==========

PODER JUDICIAL
Aprueban Presupuestos Institucionales de Apertura de Ingresos y de Egresos y Estructura Programatica de Apertura correspondientes al ano 2002
RESOLUCION ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL Nº 203-2001-P-PJ MORDAZA, 27 de diciembre de 2001 CONSIDERANDO : Que, mediante Ley Nº 27573 se ha aprobado el Presupuesto del Sector Publico correspondiente al Ano Fiscal 2002; Que, los Articulos 1º y 2º de la precitada MORDAZA, aprueban el Presupuesto de Ingresos y Egresos del Gobierno Central e Instancias Descentralizadas, cuyo detalle se especifica en los Anexos a que se refiere el Articulo 4º de la misma; asignandole al Pliego 004 Poder Judicial la suma ascendente a QUINIENTOS TREINTIDOS MILLONES CUARENTIOCHO MIL DOSCIENTOS NOVENTIUNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 532 048 291) por toda Fuente de Financiamiento; Que, el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) constituye el dispositivo presupuestario que rige la ejecucion del presupuesto del pliego durante el Ano Fiscal 2002; Que, es necesario aprobar el Presupuesto Institucional de Apertura para el Ano Fiscal 2002, desagregado de acuerdo a los montos asignados a traves de la Ley Nº 27573 Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2002, a nivel de Unidad Ejecutora, para efectos de operativizar la gestion presupuestaria del Ano Fiscal 2002; y, De conformidad con lo prescrito en el Articulo 8º de la Directiva N° 001-2002-EF/76.01 ­ Directiva para la Apro-

El desagregado de Egresos, a nivel de Unidad Ejecutora, Funcion, Programa, Subprograma, Actividad, Proyecto, MORDAZA de Financiamiento y Grupo Generico del Gasto, se detalla en el Anexo 2 "Presupuesto Institucional de Apertura de los Egresos por Unidad Ejecutora", proporcionado por la Direccion Nacional del Presupuesto Publico, que forma parte de la presente Resolucion. Articulo 3º .- Aprobar la Estructura Funcional Programatica de Apertura proporcionada por la Direccion Nacional del Presupuesto Publico, correspondiente al Ano Fiscal 2002, por Unidad Ejecutora, Funcion, Programa, Subprograma, Actividad y Proyecto, detallada en el Anexo 3 "Estructura Funcional Programatica" que forma parte de la presente Resolucion. Articulo 4º .- La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces del Pliego 004 Poder Judicial es responsable del seguimiento y control del MORDAZA presupuestario, teniendo en cuenta el desagregado de Ingresos y Egresos establecido en los Articulos 1º y 2º del presente dispositivo. Articulo 5º .- MORDAZA de la presente Resolucion se remite a los Organismos senalados en el Articulo 5º de la Ley Nº 27573 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2002. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 36953

Disponen arrendar inmuebles mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia destinadas a la Corte Superior de Justicia del MORDAZA Norte
RESOLUCION ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL Nº 205-2001-P-PJ MORDAZA, 27 de diciembre de 2001 VISTO: El Oficio Nº 4786-2001-P-CSJCN/PJ, de fecha 12 de noviembre del 2001, de la Presidencia de la Corte Supe-

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