Norma Legal Oficial del día 28 de diciembre del año 2001 (28/12/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

MORDAZA, viernes 28 de diciembre de 2001

NORMAS LEGALES

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tra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Vistos, remitiendosele para el efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 36931

del Estado inicie las acciones legales correspondientes, contra los presuntos responsables. Registrese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 36932

Declaran improcedente impugnacion contra resolucion que autorizo a procurador iniciar acciones a presuntos responsables de irregularidades en agravio de la Universidad Nacional San MORDAZA MORDAZA del MORDAZA
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 252-2001-CG MORDAZA, 26 de diciembre de 2001 Vistos, el Recurso Impugnativo interpuesto por los senores MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA MORDAZA, ex Vicerrector Administrativo y ex Presidente de la Comision Economica Especial y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de la Unidad de Compras y ex Miembro de la Comision Economica Especial de la Universidad Nacional San MORDAZA MORDAZA del MORDAZA, contra la Resolucion de Contraloria Nº 201-2001-CG de 25.OCT.2001; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloria General de la Republica, como resultado del Examen Especial practicado a la Universidad Nacional San MORDAZA MORDAZA del MORDAZA, por el periodo comprendido entre el 1.ENE.93 al 31.DIC.2000, evidencio la existencia de hechos que constituyen indicios razonables de comision de delito, los cuales se encuentran descritos en el Informe Especial Nº 055-2001-CG/A251, expidiendose consecuentemente la Resolucion de Contraloria Nº 2012001-CG de fecha 25.OCT.2001, autorizando al Procurador Publico encargado de los Asuntos Judiciales de la Contraloria General, la interposicion de las acciones judiciales correspondientes contra los presuntos responsables; Que, mediante el recurso de Reconsideracion de vistos, los recurrentes pretenden enervar los efectos de la Resolucion de Contraloria Nº 201-2001-CG, que como se ha expresado, se concreta a otorgar autorizacion para que el Procurador Publico proceda conforme a sus atribuciones; Que, sobre el particular la Contraloria General de la Republica, ha emitido reiterados y uniformes pronunciamientos, estableciendo que las autorizaciones al Procurador Publico para el inicio de las acciones legales correspondientes, constituyen actos de administracion interna de las entidades, dirigidos a que la propia administracion active sus funciones o competencias, y por tanto dichos actos resultan ser inimpugnables, de acuerdo con lo establecido en el Articulo 1º numeral 1.2 y Articulo 206º de la vigente Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; significandose que por similares fundamentos el supuesto a que se contrae el Articulo 24º literal f) de la Ley del Sistema Nacional de Control, aprobada por D.L. Nº 26162, tampoco resulta aplicable en el presente caso; En uso de las facultades conferidas por los Articulos 16º y 24º de la Ley del Sistema Nacional de Control, aprobada por Decreto Ley Nº 26162; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar improcedente el Recurso Impugnativo interpuesto por los senores MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA MORDAZA, ex Vicerrector Administrativo y ex Presidente de la Comision Economica Especial y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de la Unidad de Compras y ex Miembro de la Comision Economica Especial de la Universidad Nacional San MORDAZA MORDAZA del MORDAZA, contra la Resolucion Nº 201-2001-CG de 25.OCT.2001, que autoriza al Procurador Publico encargado de los Asuntos Judiciales de la Contraloria General, para que en nombre y representacion

JNE
Declaran que regidor del Concejo Distrital de Vegueta, provincia de Huaura, continua en ejercicio del cargo
RESOLUCION Nº 824-2001-JNE MORDAZA, 27 de diciembre de 2001 VISTO, el Expediente Nº 1086-2001 recibido el 24 de setiembre del 2001, sobre recurso de revision interpuesto por el Regidor don MORDAZA MORDAZA MORDAZA del Concejo Distrital de Vegueta, provincia de Huaura, departamento de MORDAZA, contra el acuerdo tomado en la Sesion de Concejo Nº 063-A-2001-MDV de fecha 13 de setiembre del 2001, que declara la vacancia de su cargo de Regidor; y, solicita la nulidad de la referida acta; el mismo que esta integrado por los escritos presentados por el MORDAZA don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA Montalvo; y, oidos los informes orales; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 644-2001-JNE de fecha 5 de setiembre del 2001, el MORDAZA Nacional de Elecciones declaro nulo el acuerdo tomado en la sesion ordinaria Nº 039-A-MDV-2000 de fecha 15 de noviembre del 2000, por el Concejo Distrital de Vegueta, en la parte que declaraba la vacancia del cargo de Regidor de don MORDAZA MORDAZA Santillan; y, nulo el Acuerdo de Concejo del 17 de noviembre del 2000, publicado en las Normas Legales del Diario Oficial El Peruano el 6 de setiembre del ano en curso; Que ante la solicitud de vacancia formulada por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el Concejo Distrital de Vegueta lo sometio a debate, y en sesion ordinaria de fecha 13 de setiembre del 2001, el citado Concejo que esta integrado por un MORDAZA y cinco Regidores acordo con el MORDAZA aprobatorio de cinco miembros, declarar la vacancia del cargo de Regidor de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por incurrir en la causal prevista en el Articulo 38º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, por que habria desempenado funciones como Jefe de Abastecimiento, Jefe de Rentas e Inspector de Obras, segun consta del acta que en MORDAZA autenticada obra de fojas 132 a 135; Que, de los documentos que obran de fojas 145 a 162, 174, 175, 176, 178, 179, se aprecia que el Regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha informado constantemente al MORDAZA sobre las obras ejecutadas por el municipio a traves de terceros, esto es, liquidacion de contrato sobre instalacion de agua en la Plazuela de MORDAZA, culminacion de trabajos realizados en el Estadio Municipal, C.E. Nº 20857, en la construccion de bocatoma de ladroncillo ubicado al sur de Vegueta, en Cerro Colorado, liquidacion de contrato por volquete, liquidacion de facturas, de distribucion de volquetadas de tierra, y demas avances de obras; asi como, autorizacion de funcionamiento de tienda comercial, rectificacion de declaracion jurada, entre otros; acciones estas desarrolladas en su condicion de Regidor, de acuerdo a las atribuciones conferidas en el Articulo 37º de la Ley Nº 23853, especificamente en el numeral 3) al disponer que los Regidores ejercitan funcion de fiscalizacion y vigilancia de los actos de la administracion municipal; precisandose que todos los informes los ha cursado directamente al MORDAZA como representante MORDAZA del municipio, y no a las oficinas cuyas jefaturas, se afirma, habria usurpado el citado Regidor; Que, respecto del comprobante de pago que obra a fojas 169, a favor de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA por la suma de S/. 114.50 nuevos soles, el concepto del mismo senala, servicio de cambio de piton, base de camara, cambio de aceite, segun la Orden Trabajo Nº 0260, que obra a fojas 170, comprobandose de la misma la anuencia del Al-

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