Norma Legal Oficial del día 26 de enero del año 2001 (26/01/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

MORDAZA, viernes 26 de enero de 2001

NORMAS LEGALES

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Inversiones de la Superintendencia Adjunta de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones; Que, dichas actividades forman parte de las funciones de supervision y control de esta Superintendencia por lo que no pueden suspenderse sin perjudicar el cumplimiento de las mismas; Que, las empresas Bloomberg L.P. y Reuters Ltd. son proveedoras unicas de dichos servicios por lo que la realizacion de los procesos de seleccion de Adjudicacion Directa Sin Publicacion que corresponden no cumplirian funcion alguna en tanto que no existen otros proveedores de los servicios requeridos configurandose una situacion de urgencia de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 21º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - Ley Nº 26850; Por lo expuesto, en uso de las facultades que le confiere la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, de conformidad con lo dispuesto en los Articulos 19º y 20º de la Ley Nº 26850, y contando con la opinion favorable de la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar en situacion de urgencia la contratacion de los servicios a los que se refiere la parte considerativa de la presente Resolucion y, consecuentemente, exonerar su contratacion del MORDAZA de Adjudicacion Directa Sin Publicacion. Articulo Segundo.- Autorizar a la Superintendencia Adjunta de Administracion General a realizar la referida contratacion mediante una Adjudicacion Directa de Menor Cuantia segun lo previsto en el Articulo 20º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - Ley Nº 26850. Articulo Tercero.- Disponer que la Superintendencia Adjunta de Administracion General haga de conocimiento de la Comision de Presupuesto y Cuenta General del Congreso de la Republica, el Ministerio de Economia y Finanzas y de la Contraloria General de la Republica, la presente exoneracion, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 19º de la Ley Nº 26850. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CORTAVARRIA CHECKLEY Superintendente de Banca y Seguros 16903

Que, las inspecciones son parte fundamental de las funciones de control y supervision inherentes a esta Institucion, constituyendo un instrumento para hacer efectivo el cumplimiento de las mismas. Dichas inspecciones tienen un plazo para su culminacion con la emision de un informe escrito con las recomendaciones pertinentes, las que de ser senaladas mucho tiempo despues de levantada la informacion con base al cual se realiza el informe final de la visita, resultaria totalmente inoportuno e inadecuado por la variacion de los hechos; Que, como se indica en el Memorandum Nº 017-2001SAS referido anteriormente, se requiere contratar con caracter de urgencia los servicios de tasacion a efectos de no dilatar la culminacion de la aludida visita de inspeccion y afectar negativamente el cumplimiento de las funciones de control y supervision que competen a esta Superintendencia; Que, en tal sentido, un MORDAZA de seleccion no cumple funcion alguna, pues la ausencia del mencionado servicio compromete en forma directa la continuidad de las labores de supervision, configurandose en tal sentido una situacion de urgencia conforme a lo previsto en el Articulo 21º de la Ley Nº 26850, resultando procedente la exoneracion de dicho MORDAZA y consecuentemente la contratacion del indicado servicio mediante un MORDAZA de Adjudicacion Directa de Menor Cuantia en aplicacion de los Articulos 19º y 20º de la precitada Ley; En uso de las facultades que le confiere la Ley General, de conformidad con lo dispuesto en los Articulos 19º y 20º de la Ley Nº 26850 y contando con la opinion favorable de la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar en situacion de urgencia el servicio de tasacion a que alude la parte considerativa de la presente resolucion; y, consecuentemente exonerar la contratacion de dicho servicio del Concurso Publico correspondiente. Articulo Segundo.- Autorizar a la Superintendencia Adjunta de Administracion General a contratar al Consejo Nacional de Tasaciones (CONATA) mediante el MORDAZA de Adjudicacion Directa de Menor Cuantia de conformidad con lo previsto en la Ley Nº 26850 y su Reglamento, para que preste el servicio de tasacion referido. Articulo Tercero.- Disponer que la Superintendencia Adjunta de Administracion General haga de conocimiento de la Comision de Presupuesto y Cuenta General del Congreso de la Republica, el Ministerio de Economia y Finanzas y la Contraloria General de la Republica la presente exoneracion, de conformidad con lo establecido en el Articulo 19º de la Ley Nº 26850. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CORTAVARRIA CHECKLEY Superintendente de Banca y Seguros 17056

Autorizan contratacion del servicio de tasacion mediante MORDAZA de adjudicacion directa de menor cuantia
RESOLUCION SBS Nº 062-2001 MORDAZA, 25 de enero de 2001 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Banca y Seguros es un organismo constitucionalmente MORDAZA que tiene como finalidad defender los intereses del publico, cautelando la solidez economica y financiera de las empresas del Sistema Financiero y de Seguros, tal como lo senala el Articulo 347º de la Ley del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, en adelante Ley General; Que, en el MORDAZA de sus funciones la Superintendencia Adjunta de Seguros viene realizando una Visita de Inspeccion a una empresa supervisada, habiendo determinado la necesidad de tasar algunos inmuebles de la misma para lo que requiere se contrate con urgencia los servicios de peritos tasadores como se indica en el Memorandum Nº 017-2001-SAS del 18 de enero del ano en curso;

ADUANAS
Autorizan a procurador iniciar procesos judiciales a presuntos responsables de los delitos de defraudacion de rentas de aduanas, contra la fe publica y contra el patrimonio
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA DE ADUANAS Nº 000108 Callao, 19 de enero de 2001 Vistos, el Atestado Nº 061-2000-ADUANAS-PP-UIE del 26.DIC.2000; y,

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