Norma Legal Oficial del día 14 de julio del año 2001 (14/07/2001)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 43

MORDAZA, sabado 14 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES

Pag. 206745

CONSIDERANDO: Que, los Articulos 191º y 192º de la Constitucion Politica del Peru, reconocen a las Municipalidades Autonomia Politica, Economica y Administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ordenanza Municipal Nº 002, de fecha 2 de MORDAZA del ano 1985, aprueba el Reglamento Metropolitano de Comercio Ambulatorio como instrumento de regulacion y control de la actividad informal en MORDAZA Metropolitana; Que, la Resolucion de Secretaria Municipal de Servicios a la MORDAZA Nº 076, de fecha 17 de diciembre de 1985, establece el Reglamento de Funcionamiento de los MORDAZA feriales autorizados por la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, es necesaria la actualizacion de la acotada MORDAZA por el tiempo transcurrido y establecer un Reglamento mas dinamico que promueva los MORDAZA feriales municipales; Que, es proposito de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA dictar Normas de Gestion que constituyan medidas innovadoras dentro de la administracion de los MORDAZA feriales en aplicacion de la politica de formalizacion del Comercio No Formalizado; De conformidad con lo establecido en los Articulos 47º inciso 6) y 111º de la Ley Nº 23853, Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo 1º.- APROBAR el Reglamento de Funcionamiento de los MORDAZA Feriales Municipales del Cercado de MORDAZA, que forma parte integrante del presente Decreto. Articulo 2º.- Autorizar a la Direccion Municipal de Comercializacion y Defensa al Consumidor para que disponga las acciones administrativas correspondientes, a fin de ejecutar las disposiciones establecidas en el presente Decreto. Articulo 3º.- Dejese sin efecto la Resolucion de Secretaria Municipal de Servicios Nº 076 de fecha 17 de diciembre de 1985, Directiva para el Funcionamiento de MORDAZA Feriales . Articulo 4º.- La presente MORDAZA entra en vigencia, a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LEMBCKE MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Encargado de la Alcaldia REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACION DE LOS MORDAZA FERIALES MUNICIPALES TITULO I FINALIDAD, OBJETIVOS Y AMBITO DE APLICACION Articulo 1º.- El presente Reglamento tiene por finalidad formular las normas y disenar los procedimientos administrativos que regulen el funcionamiento de los MORDAZA Feriales en terrenos o inmuebles de propiedad de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, acondicionadas para el ejercicio del comercio no formalizado. Articulo 2º.- Objetivos: a) Planificar, organizar, dirigir y controlar el funcionamiento administrativo y la comercializacion de productos en los MORDAZA Feriales. b) Facilitar las operaciones comerciales en el recinto ferial a fin de brindar un adecuado servicio a los clientes y/o consumidores. c) Brindar la capacitacion adecuada por parte de la Municipalidad para que los conductores de puestos presten un servicio de calidad al consumidor. d) Promover la formalizacion de los conductores de puestos en su paso a la red de Comercio Formal y en su reubicacion en un establecimiento adecuado.

Articulo 3º.- El presente Reglamento sera de obligatoria aplicacion en los MORDAZA Feriales Municipales autorizados por la Municipalidad Metropolitana de Lima. TITULO II DEFINICIONES Articulo 4º.- Para los efectos del presente Reglamento se entiende por: a) MORDAZA FERIALES.- Terrenos o inmuebles de propiedad de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA habilitadas a fin de que los conductores de puestos puedan comercializar sus productos de forma temporal. b) CONDUCTOR DE PUESTO.- Comerciante en MORDAZA de Formalizacion a quien la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA otorga la Cesion en Uso de un puesto, en un MORDAZA Ferial Municipal por un tiempo determinado. Se entiende como comerciante en MORDAZA de formalizacion a aquel que utilizo la via publica para ejercer su actividad comercial. TITULO III SOBRE LA ADMINISTRACION Articulo 5º.- Los MORDAZA Feriales seran administrados por un representante de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA denominado Administrador de MORDAZA Feriales. Articulo 6º.- Son funciones del Administrador de MORDAZA Feriales Municipales las siguientes : a) Hacer cumplir el presente Reglamento y demas normas municipales. b) Aplicar correctivos necesarios para una eficiente y eficaz administracion del recinto ferial. c) Presentar proyectos que faciliten la formalizacion de los conductores de puestos en coordinacion con ellos. d) Asesorar y capacitar a los conductores de puestos en temas empresariales, organizacionales y tributarios. e) Actualizar y controlar la vigencia y conformidad de los padrones de conductores de puestos en los MORDAZA Feriales Municipales TITULO IV SOBRE LA ORGANIZACION DE CONDUCTORES DE PUESTOS Articulo 7º.- Los conductores de puestos de cada MORDAZA Ferial se organizaran y nombraran una Junta Directiva en representacion de todos los asociados del MORDAZA Ferial. Articulo 8º.- Toda Junta Directiva debera ser reconocida por la Municipalidad Metropolitana de Lima. Para el reconocimiento de la Junta Directiva se requerira la MORDAZA del Acta de Asamblea General realizada, debidamente legalizada, que incluya firma y votacion por mayoria. Articulo 9º.- Para la eleccion de la Junta Directiva debera estar presente el Administrador de MORDAZA Feriales, como miembro observador y en representacion de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Articulo 10º.- La Junta Directiva sera responsable ante la Autoridad Municipal del cumplimiento de lo siguiente: a) Organizar a los conductores de puestos para la limpieza, vigilancia y mantenimiento del recinto ferial. b) Colaborar con el Administrador en el control estricto del espacio fisico asignado a cada uno de los comerciantes. c) Informar al Administrador de MORDAZA Feriales sobre aquellas anomalias internas y/o externas que puedan alterar el orden, la MORDAZA e integridad del recinto ferial. TITULO V SOBRE LOS PUESTOS Articulo 11º.- Los puestos dados en Cesion en Uso deberan estar identificados segun el pabellon y numero de puesto llevando una numeracion correlativa.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.