Norma Legal Oficial del día 14 de julio del año 2001 (14/07/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

MORDAZA, sabado 14 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES

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a) En caso de infracciones del presente reglamento senaladas en el Articulo 25º Incs. a), i), l). b) En caso de reincidencia por infracciones senaladas en el articulo anterior. c) En caso de incumplimiento de pago, establecido en el Articulo 24º Inc. a). Articulo 29º.- La Vacancia y la Cancelacion de la Cesion en Uso del puesto seran declaradas mediante Resolucion Directoral de la Direccion de Comercio Informal. La misma que indicara la desocupacion del puesto y recuperacion del mismo por parte de la Autoridad Municipal. Ante esta resolucion el infractor puede interponer los recursos impugnatorios establecidos en el Decreto Supremo Nº 002-94-JUS. TITULO IX DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- En caso de presentarse conflictos o irregularidades en la Administracion de los MORDAZA Feriales, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA intervendra, restablecera el orden y resolvera el problema suscitado en la conduccion del mismo, para lo cual aplicara las sanciones correspondientes contra quienes resulten responsables, iniciando las acciones administrativas y/o judiciales correspondientes y/o solicitando el apoyo de la fuerza publica segun fuere el caso. Segunda.- La Direccion Municipal de Seguridad Ciudadana a traves de la Policia Municipal ejecutara el cumplimiento de las Resoluciones Directorales relacionadas a la Declaracion de Vacancia y a la Cancelacion de la Cesion en Uso del puesto en los MORDAZA Feriales Municipales. Tercera.- La aplicacion del presente reglamento estara a cargo de la Direccion Municipal de Comercializacion y Defensa al Consumidor a traves de la Direccion de Comercio Informal quien podra coordinar, si fuese el caso, con las demas Direcciones Municipales competentes. De igual modo compete tambien a la Direccion Municipal de Fiscalizacion y Control la aplicacion del presente reglamento, en todo lo pertinente de acuerdo a sus atribuciones. TITULO X DISPOSICIONES FINALES Unica.- Todos los conductores de puestos que ejercen el comercio en los MORDAZA Feriales Municipales deberan adecuarse a lo dispuesto en el presente Reglamento. 27101

Dan por concluido el funcionamiento del MORDAZA Ferial Municipal Las Malvinas
DECRETO DE ALCALDIA Nº 078 MORDAZA, 20 de junio de 2001 EL MORDAZA MORDAZA METROPOLITANO DE MORDAZA, ENCARGADO DE LA ALCALDIA CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Estado establece en su Articulo 191º que las Municipalidades son los Organos de Gobierno Local, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 senala que la Municipalidad, como el representante del vecindario debe promover la adecuada prestacion de los servicios publicos locales, fomentar el bienestar de los vecinos y el desarrollo integral y armonico de las circunscripciones de su jurisdiccion, asi como impulsar, ejecutar a traves de los organismos competentes el conjunto de acciones destinadas a proporcionar al ciu-

dadano el ambiente adecuado para la satisfaccion de sus necesidades vitales de vivienda, salubridad, abastecimiento, educacion, recreacion, seguridad, transportes y comunicaciones; Que, la MORDAZA MORDAZA citada establece en su Articulo 68º inciso 3), que son funciones de las Municipalidades en materia de abastecimiento y comercializacion de productos, regular y controlar el comercio ambulatorio; Que, en este orden, la Ordenanza Nº 201 publicada en el Diario Oficial El Peruano, el 22 de MORDAZA de 1999, que aprobo el "Plan Maestro Centro de Lima" que establece el Plan del Cercado, del Centro Historico de MORDAZA y su MORDAZA de Influencia al 2010, Instrumento Tecnico Normativo que orienta la Gestion, los Usos del Suelo, las Acciones, Intervenciones, el Control, los Programas y Proyectos y las Inversiones Publicas y Privadas en su Ambito Territorial. Asimismo declara de preferente y prioritario interes local, el area de tratamiento del Cercado Oeste, priorizando la ejecucion de proyectos de renovacion MORDAZA que comprenden: proyectos de Desarrollo Comercial, Productivo y de Vivienda, con fines de reconversion de los usos del suelo, revalorizacion de las actividades comerciales, viviendas y generacion de empleo, Area de Tratamiento que comprende la avenida MORDAZA y alrededores; Que, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA realizo en 1996 un arduo trabajo de recuperacion de las vias publicas y del espacio MORDAZA del Centro Historico de MORDAZA, labor que fue orientada a destugurizar las calles y a desconcentrar el comercio existente, contexto en que se plantearon y ejecutaron diversas acciones que permitieron la reubicacion del comercio ambulatorio del Centro Historico, teniendo en cuenta que alrededor de 20000 comerciantes ocupaban la via publica, habiendose recuperado los espacios publicos y ambientes monumentales invadidos por el comercio ambulatorio; Que, como parte de este MORDAZA se promovio la reubicacion masiva de los vendedores ambulantes en locales propios dentro y fuera del Centro Historico; teniendo la accion referente a los reubicados fuera del centro historico determinados objetivos, entre otros, crear nuevos polos comerciales descentralizados; Que, de los 20 mil comerciantes callejeros que ocupaban el Centro Historico, aproximadamente 6894 fueron relocalizados en el MORDAZA Ferial Las Malvinas ubicado en la Av. MORDAZA, y alrededores; Que, esta Corporacion se encuentra abocada a proponer mecanismos que orienten el desarrollo integral de esta actividad comercial, con el objetivo de consolidarlo en su totalidad, lo cual contempla su formalizacion definitiva; Que, como resultado de ello esta Corporacion, ha definido proyectos y obras prioritarias que contribuiran a consolidar su desarrollo comercial y conformar uno de los mayores polos de desarrollo comercial de la MORDAZA, favoreciendo la desconcentracion del Centro Historico; Que, a fin de cumplir y viabilizar lo senalado en el considerando anterior, la Municipalidad Metropolitana dictando las medidas necesarias a fin de facilitar la transicion comercial de este grupo de personas, que van desde un tratamiento tributario municipal especial de caracter temporal hasta un servicio de asesoria y capacitacion para la insercion laboral o la generacion de iniciativas empresariales; teniendo como objetivo el desarrollo comercial de los comerciantes reubicados en sus nuevas ubicaciones y su paso a la formalidad en un corto plazo, promoviendo de esta forma la mejora de la calidad del empleo de los MORDAZA de ambulantes reubicados; Que, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA prioriza sus acciones hacia la promocion del desarrollo economico, creando condiciones basicas que permitan el desarrollo de las actividades economicas existentes y alienten el desarrollo de otras futuras, a traves de un MORDAZA planificador y de adecuacion normativa, tributaria, e instalacion de infraestructura para la produccion y organizacion eficiente de los servicios que dependen directamente de la Municipalidad; Que, de acuerdo a lo establecido en la Resolucion de Secretaria Municipal de Servicios a la MORDAZA Nº 07685-MLM de fecha 17 de diciembre de 1985 "Directiva para el Funcionamiento de los MORDAZA Feriales Municipales", los MORDAZA feriales tendran caracter temporal

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