Norma Legal Oficial del día 14 de julio del año 2001 (14/07/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, sabado 14 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES

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RESOLUCION MINISTERIAL Nº 323-2001-ED

EDUCACION
Autorizan a procurador iniciar las acciones correspondientes contra presuntos responsables de la comision de delitos contra la fe publica, abuso de autoridad, peculado y otros
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 322-2001-ED MORDAZA, 9 de MORDAZA de 2001 Visto, el Oficio Nº 725-2001/PP/ED del Procurador Publico del Estado encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educacion, el Expediente Nº 264902001 y demas documentos que se adjuntan; y, CONSIDERANDO: Que, el Organo de Auditoria Interna de la Direccion de Educacion de La MORDAZA, ha emitido el Informe Especial sobre la comision de presuntos delitos cometidos por los docentes MORDAZA MORDAZA PADIERNA MORDAZA, Director del Colegio "Maria Negron Ugarte" y el profesor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quienes en el ejercicio de sus funciones cometieron irregularidades en la conduccion del "Programa de Recuperacion Academica - PRA" correspondiente al ano 2000; Que, del informe de Control se infiere que don MORDAZA MORDAZA MORDAZA declaro falsamente al afirmar que para el Programa de Recuperacion Academica 2000, solo se contrato los servicios de personal nombrado y titular del Centro Educativo, declaracion que utilizo don MORDAZA MORDAZA PADIERNA MORDAZA como prueba de descargo en el MORDAZA administrativo que se le siguio; Que, los referidos hechos denotan la existencia de indicios razonables de la comision de delitos contra en agravio del Estado en la modalidad de Violacion al MORDAZA de Veracidad y de Falsificacion de Documentos previsto en los Articulos 411º y 427º del Codigo Penal; Que de acuerdo a lo establecido en el numeral 4.50 de las Normas de Auditoria Gubernamental - NAGU, aprobada por Resolucion de Contraloria Nº 162-95-SG, sustituido por Resolucion de Contraloria Nº 259-2000CG, cuando en la ejecucion de la accion de control se evidencien indicios razonables de comision de delito, la Comision Auditora, en cautela de los intereses del Estado y sin perjuicio de la continuidad de la respectiva accion de control, emitira con la celeridad del caso, un informe especial con el debido sustento tecnico y legal, para que se efectuen las acciones pertinentes en forma inmediata en las instancias correspondientes; Que es pertinente autorizar al Procurador Publico del Estado encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educacion para que inicie las acciones judiciales correspondientes; De conformidad con el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru y lo dispuesto en el Articulo 12º y 13º del Decreto Ley Nº 17537 modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- AUTORIZAR al Procurador Publico del Estado encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educacion a iniciar las acciones judiciales correspondientes contra MORDAZA MORDAZA PADIERNA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- REMITIR a la Procuraduria Publica los antecedentes de la presente Resolucion para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese y comuniquese. MORDAZA RUBIO MORDAZA Ministro de Educacion 27038

MORDAZA, 9 de MORDAZA de 2001 Visto, el Oficio Nº 706-2001/PP/ED del Procurador Publico del Estado encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educacion, el Expediente Nº 253442001 y demas documentos que se adjuntan; y, CONSIDERANDO: Que, el Organo de Auditoria Interna de la Unidad de Servicios Educativos Nº 16 - Barranca, ha emitido el Informe Especial Nº 001-2001-02-0647 "Presunto Ilicito Penal contra la Fe Publica en la modalidad de Falsificacion de documentos y presunto pago indebido y aceptado de mala fe", referente a la autenticidad del Titulo Pedagogico de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA SILVA; Que, del mencionado informe se aprecia que con el Expediente Nº 01017 de fecha 25 de marzo del 2001, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA postula para el MORDAZA de nombramiento de docente, presentando entre otros documentos, MORDAZA autenticada del Titulo de Profesor de Educacion Secundaria de la Especialidad de Matematica, expedido por el Instituto Superior Pedagogico INDOAMERICA de la MORDAZA de MORDAZA, de fecha 22 de MORDAZA de 1989, para acreditar su condicion de docente; Que, de la verificacion del Titulo Academico se desprende que no es autentico por cuanto en los registros del Instituto Superior Pedagogico INDOAMERICA no aparece como alumno de dicha institucion, no figurando la inscripcion del Titulo en la Direccion Departamental de Trujillo; Que, al haber sido contratado como profesor por horas en la especialidad de computacion en el Centro Educativo "Ventura Ccalamaqui" a partir del 9 de marzo al 31 de diciembre del 2000 percibio remuneraciones durante el citado ano por el importe de Siete mil trescientos setenta y 00/33 (S/. 7370.33) Nuevos Soles, cobros que devienen en indebidos; Que, el hecho anteriormente citado constituye un presunto ilicito penal contra la Fe Publica en la modalidad de Falsificacion de Documentos tipificado en el Articulo 427º del Codigo Penal; Que de acuerdo a lo establecido en el numeral 4.50 de las Normas de Auditoria Gubernamental - NAGU, aprobada por Resolucion de Contraloria Nº 162-95-SG, sustituido por Resolucion de Contraloria Nº 259-2000CG, cuando en la ejecucion de la accion de control se evidencien indicios razonables de comision de delito, la Comision Auditora, en cautela de los intereses del Estado y sin perjuicio de la continuidad de la respectiva accion de control, emitira con la celeridad del caso, un informe especial con el debido sustento tecnico y legal, para que se efectuen las acciones pertinentes en forma inmediata en las instancias correspondientes; Que es pertinente autorizar al Procurador Publico del Estado encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educacion para que inicie las acciones judiciales correspondientes; De conformidad con el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru y lo dispuesto en el Articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537 modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- AUTORIZAR al Procurador Publico del Estado encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educacion a iniciar las acciones judiciales correspondientes contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- REMITIR a la Procuraduria Publica los antecedentes de la presente Resolucion para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese y comuniquese. MORDAZA RUBIO MORDAZA Ministro de Educacion 27039

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