Norma Legal Oficial del día 14 de julio del año 2001 (14/07/2001)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, sabado 14 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES

Pag. 206707

Que, a la fecha, la empresa ARMAMENTI E AEROSPAZIO S.p.A. en Liquidacion es la propietaria de 8 (ocho) de los pagares que se mencionan en el considerando precedente, cuyo valor nominal al 31 de diciembre de 2000 ascendia a US$ 20 744 496,72 (VEINTE MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS Y 72/100 DOLARES AMERICANOS); Que, se han llevado a cabo negociaciones con la empresa ARMAMENTI E AEROSPAZIO S.p.A. en Liquidacion, en las cuales se ha acordado los terminos de pago de estos titulos de deuda que son similares a los establecidos Minuta de Consolidacion de la Deuda del Peru suscrita el 20 de MORDAZA de 1996 con los acreedores del Club de Paris; por lo que es necesario aprobar la operacion de Renegociacion de la Deuda Publica que celebrara la Republica del Peru y la empresa ARMAMENTI E AEROSPAZIO S.p.A. en Liquidacion; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27424, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2001; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Apruebase la operacion de Renegociacion de la Deuda Publica que celebraran la Republica del Peru y la empresa ARMAMENTI E AEROSPAZIO S.p.A. en Liquidacion, para cancelar los pagares que se mencionan en el MORDAZA considerando de esta MORDAZA legal, en los terminos de pago similares a los establecidos en la Minuta de Consolidacion de la Deuda del Peru suscrita el 20 de MORDAZA de 1996 con los acreedores del Club de MORDAZA y que son los siguientes: Amortizacion Periodo de MORDAZA Tasa de Interes Pagos : : : : 17 anos. 2 anos y 6 meses. 5,09% fija anual Semestrales (el 30 de junio y 31 de diciembre; iniciando el pago del principal el 31 de diciembre de 2003).

Articulo 2º.- Autorizase al Ministro de Economia y Finanzas o a quien el designe, a suscribir en representacion de la Republica del Peru, el Acuerdo de Pago que se deriva de la operacion de Renegociacion de Deuda Publica que se aprueba en el articulo precedente. Articulo 3º.- El servicio de la deuda derivada de la operacion de Renegociacion de Deuda Publica que se aprueba en la presente MORDAZA legal, sera atendido por el Ministerio de Economia y Finanzas, con cargo a las previsiones presupuestales asignadas para el servicio de la Deuda Publica. Articulo 4º.- El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los trece dias del mes de MORDAZA del ano dos mil uno. MORDAZA MORDAZA CORAZAO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas 27198 DECRETO SUPREMO Nº 146-2001-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, de conformidad con las normas legales vigentes, con fecha 25 de febrero de 1988, se aprobo la

operacion de Endeudamiento Externo celebrada entre la Republica del Peru y la empresa COSTRUZIONI AERONAUTICHE MORDAZA MORDAZA S.p.A., hasta por US$ 21 857 252,00 (VEINTIUN MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), para financiar la adquisicion de 5 (cinco) helicopteros A-109K, repuestos y servicios para el Ejercito Peruano, conforme al contrato de suministro de fecha 20 de agosto de 1987 firmado por el Ministerio de Defensa con la citada empresa; Que, de acuerdo a los terminos originalmente pactados, el monto equivalente al 15% de la operacion de endeudamiento seria cancelado mediante 8 (ocho) cuotas semestrales y consecutivas a partir de los 6 (seis) meses de entrada en vigencia del Contrato de Suministro y el monto equivalente al 85% restante, en 20 (veinte) cuotas semestrales y consecutivas a partir de los 36 (treinta y seis) meses de entrada en vigencia del Contrato de Suministro, devengando intereses a la tasa LIBOR a 6 (seis) meses mas 1,25% anual; asimismo, se autorizo al Banco de la Nacion a suscribir los documentos representativos de esta operacion; Que, a la fecha, la empresa ARMAMENTI E AEROSPAZIO S.p.A. en Liquidacion es la propietaria de 40 (cuarenta) pagares que corresponden a las 20 (veinte) cuotas que se mencionan en el considerando precedente, cuyo valor nominal al 31 de diciembre de 2000, ascendia a US$ 33 969 875,10 (TREINTA Y TRES MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO Y 10/100 DOLARES AMERICANOS); Que, se han llevado a cabo negociaciones con la empresa ARMAMENTI E AEROSPAZIO S.p.A. en Liquidacion, en las cuales se ha acordado los terminos de pago de estos titulos de deuda que son similares a los establecidos en la Minuta de Consolidacion de la Deuda del Peru suscrita el 20 de MORDAZA de 1996 con los acreedores del Club de MORDAZA, por lo que es necesario aprobar la operacion de Renegociacion de la Deuda Publica que celebrara la Republica del Peru y la empresa ARMAMENTI E AEROSPAZIO S.p.A. en Liquidacion. De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27424, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2001; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Apruebase la operacion de Renegociacion de la Deuda Publica que celebraran la Republica del Peru y la empresa ARMAMENTI E AEROSPAZIO S.p.A. en Liquidacion, para cancelar los pagares que se mencionan en el tercer considerando de esta MORDAZA legal, en los terminos de pago similares a los establecidos en la Minuta de Consolidacion de la Deuda del Peru suscrita el 20 de MORDAZA de 1996 con los acreedores del Club de MORDAZA, y que son los siguientes: Amortizacion Periodo de MORDAZA Tasa de Interes Pagos : 17 anos. : 2 anos y 6 meses. : 5,09% fija anual : Semestrales (el 30 de junio y 31 de diciembre; iniciando el pago del principal el 31 de diciembre de 2003).

Articulo 2º.- Autorizase al Ministro de Economia y Finanzas o a quien el designe, a suscribir en representacion de la Republica del Peru, el Acuerdo de Pago que se deriva de la operacion de Renegociacion de Deuda Publica que se aprueba en el articulo precedente. Articulo 3º.- El servicio de la deuda derivada de la operacion de Renegociacion de Deuda Publica que se aprueba en la presente MORDAZA legal, sera atendido por el Ministerio de Economia y Finanzas, con cargo a las previsiones presupuestales asignadas para el servicio de la Deuda Publica. Articulo 4º.- El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.