Norma Legal Oficial del día 10 de noviembre del año 2001 (10/11/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

MORDAZA, sabado 10 de noviembre de 2001 RESUELVE:

NORMAS LEGALES

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Articulo 1º.- Autorizar a la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de Sullana S.A. la apertura de dos Oficinas Especiales ubicadas en: - Avenida San MORDAZA Nº 817, distrito y provincia de Sullana, departamento de Piura; y, - MORDAZA Grau Nº 400 con esquina MORDAZA Bolognesi, distrito, provincia y departamento de Tumbes. Articulo 2º.- Las actividades autorizadas a realizar por las Oficinas Especiales se relacionan con la administracion crediticia; la atencion a sus clientes y publico en general se contrae a la labor MORDAZA citada, no estando permitido dedicarse a realizar operaciones activas ni pasivas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HEYSEN MORDAZA Superintendente Adjunto de Banca 34130

Prorrogan plazo otorgado a MORDAZA Leasing S.A. para que proceda a enajenar bienes adjudicados en pago de deuda
RESOLUCION SBS Nº 838-2001 MORDAZA, 5 de noviembre del 2001 LA SUPERINTENDENTE ADJUNTA DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por MORDAZA Leasing S.A., para que se le otorgue prorroga del plazo para la enajenacion de bienes recibidos en dacion de pago de acreencias conforme a lo previsto por el Articulo 215º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, en adelante Ley General; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 215º de la Ley General establece que cuando, como consecuencia del pago de una deuda con-

traida previamente y de buena fe, se reciba o adjudique en pago total o parcial, bienes muebles e inmuebles, la empresa de que se trate debe enajenarlos en el plazo de un (1) ano, el mismo que podra ser prorrogado por esta Superintendencia por una sola vez y por un MORDAZA de seis (6) meses; Que, en el referido articulo se precisa que vencido dicho plazo, sin que se MORDAZA efectuado la venta o el arrendamiento financiero del bien, la empresa debera constituir una provision hasta por un monto equivalente al costo en libros de los bienes no vendidos; Que, la Circular Nº B-2075-2000 establece que las solicitudes para la prorroga del plazo establecido en el Articulo 215º de la Ley General, deberan ser presentadas con una anticipacion de, por lo menos, quince (15) dias MORDAZA de su vencimiento, caso contrario la solicitud sera rechazada; Que, la indicada Circular establece la metodologia a seguir en el calculo de las provisiones a constituir por los bienes muebles e inmuebles en referencia; asimismo, establece que la valuacion de los inmuebles se realicen por peritos inscritos en el Registro de Peritos Valuadores (REPEV) a cargo de esta Superintendencia, bajo los criterios establecidos en el numeral 3 del Capitulo IV de la Resolucion SBS Nº 572-97 y sus normas modificatorias y complementarias; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluacion del Sistema Financiero "A" mediante Informe Nº DESF "A"-106-2001 y con la opinion favorable de la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica; En uso de las atribuciones que le confiere la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, y en uso de la facultad delegada mediante la Resolucion SBS Nº 807-99; RESUELVE: Articulo 1º.- Prorrogar por seis (6) meses el plazo a que se refiere el Articulo 215º de la Ley General, para que MORDAZA Leasing S.A. proceda a la enajenacion de los bienes senalados en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- MORDAZA Leasing S.A. debera constituir las provisiones correspondientes, conforme al procedimiento establecido en la Circular Nº B-2075-2000. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HEYSEN MORDAZA Superintendente Adjunta de Banca

ANEXO Fecha de Adjudicacion 2000.10.30 MORDAZA Inmueble Descripcion/Ubicacion Terreno ubicado en el predio El MORDAZA, distrito y provincia de Casma, departamento de MORDAZA Tractor de Orugas, MORDAZA Caterpillar, Nº Serie 66V4905, modelo D8K Valor de Adjudicacion 202,001.00 Provision al 2001.9.30 40 173.00 Valor Neto en Libros 160,690.00

2000.11.30

Mueble

417,653.00

267,637.22

147,661.78

34163

ADUANAS
Aprueban el Formato de la Declaracion MORDAZA del Valor (DAV) y su Instructivo denominado INTA-IT.01.07 "Instructivo de la Declaracion MORDAZA del Valor"
RESOLUCION DE INTENDENCIA NACIONAL Nº 000 ADT/2001-002472 Callao, 8 de noviembre de 2001

CONSIDERANDO: Que la Decision Nº 379 de la Comunidad MORDAZA ha establecido que, para efectos de la determinacion del valor en aduana de las mercancias importadas, las administraciones aduaneras de los Paises Miembros exigiran al importador la Declaracion MORDAZA del Valor (DAV), la cual debe formularse conjuntamente con la Declaracion de Importacion denominada Declaracion Unica de Aduanas (DUA: Ejemplares A, B y C); Que en tal sentido, resulta necesario implementar plenamente la Declaracion MORDAZA del Valor a fin de dar estricto cumplimiento a lo preceptuado por la citada Decision Nº 379 de la Comunidad Andina;

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