Norma Legal Oficial del día 10 de noviembre del año 2001 (10/11/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

MORDAZA, sabado 10 de noviembre de 2001

NORMAS LEGALES

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Articulo 2º.- Eliminar el inciso f) del Articulo 3º del Reglamento del Comite de la Alta Direccion de la SUNAT. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional 34230

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Autorizan subdivision sin cambio de uso y sin obras complementarias de terreno ubicado en el Cercado de MORDAZA
RESOLUCION Nº 066-2001-MML-DMDU-DHU MORDAZA, 9 de octubre de 2001 LA DIRECCION DE HABILITACIONES URBANAS; Visto, el Expediente Nº 40849-2001 y acumulados, seguido por EMPRESA MADERERA SULLANA S.A.; por el cual solicita la Subdivision sin Cambio de Uso y sin Obras Complementarias del terreno de 14,514.30 m2 calificado para uso de Industria Liviana "I-2", constituido por el Lote Nº 1 del Lote "C" de la Seccion denominada "La Vina" del Fundo La MORDAZA Limena; ubicado en el distrito de MORDAZA Cercado, provincia y departamento de Lima. CONSIDERANDO: Que, el recurrente ha cumplido con presentar la documentacion requerida para el tramite correspondiente, y abonado los derechos administrativos senalados en el MORDAZA y en el Reglamento Nacional de Construcciones; Que, mediante el Informe Nº 123-2001-MML-DMDUDHU-DSD de fecha 26 de setiembre del 2001, emitido por la Division de Subdivisiones de la Direccion de Habilitaciones Urbanas, se opina por la procedencia del tramite solicitado; De conformidad con lo previsto en el Art. 168º del Edicto Metropolitano Nº 021, el Decreto de Alcaldia Nº 081-97 del 30 de octubre de 1997 y la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR la Subdivision sin Cambio de Uso y Sin Obras Complementarias del terreno de 14,514.30 m2 (CATORCE MIL QUINIENTOS CATORCE METROS CUADRADOS CON TREINTA DECIMETROS CUADRADOS) calificados para el uso de INDUSTRIA LIVIANA "I-2", constituido por el Lote Nº 1 del Lote "C" de la Seccion denominada "La Vina" del Fundo La MORDAZA Limena; ubicado en el distrito de MORDAZA Cercado, provincia y departamento de Lima. La Subdivision que se autoriza se conforma de la siguiente manera: - SUBLOTE 1-A con un area de 6,210.07 m2 (Seis mil doscientos diez metros cuadrados con siete decimetros cuadrados). - SUBLOTE 1-B con un area de 8,304.23 m2 (Ocho mil trescientos cuatro metros cuadrados con veintitres decimetros cuadrados).

Las caracteristicas de los Sublotes resultantes figuran en el Plano signado con el Nº 089-2001-MML-DMDUDHU y la memoria Descriptiva que forma parte de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- AUTORIZAR la Inscripcion ante la Oficina Registral de MORDAZA y Callao de los Sublotes 1A y 1-B, asi como autorizar la Libre Venta de los mismos, ademas la presente Resolucion solo aprueba la Subdivision del Lote Nº 1 del Lote "C" de la Seccion denominada "La Vina" del Fundo La MORDAZA Limena, y no convalida las edificaciones existentes. Articulo Tercero.- DISPONER que los propietarios estan obligados a insertar en los Contratos de Venta que celebre, una clausula que establezca la indivisibilidad de los mismos. Articulo Cuarto.- DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, la misma que estara a cargo de los interesados, debiendo efectuarse en un plazo MORDAZA de 30 dias calendario, contados a partir de la fecha de notificacion de la presente. Articulo Quinto.- TRANSCRIBIR la presente Resolucion a la Oficina Registral de MORDAZA y Callao para su inscripcion correspondiente, al Instituto Catastral Informatico de MORDAZA (ICIL), a la Direccion de Autorizaciones Urbanas (DAU) y a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria (SUNAT), para su conocimiento y fines. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora de Habilitaciones Urbanas Direccion General de Obras Direccion Municipal de Desarrollo MORDAZA 34160

MUNICIPALIDAD DE ATE
Facultan al MORDAZA aceptar el canje de deuda tributaria por bienes y/o servicios
ORDENANZA Nº 015-MDA Ate, 29 de octubre de 2001 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE POR CUANTO: El Concejo Distrital de Ate, en Sesion Extraordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, como producto de la recesion economica que viene atravesando el MORDAZA, los contribuyentes que tienen adeudos a la Municipalidad de Ate por concepto de deudas tributarios provenientes de las tasas y contribuciones Municipales y que a pesar de tener voluntad y deseo de pago, no cuentan con recursos economicos; solicitando para tal efecto el Canje de la deuda por bienes y/o servicios; situacion que exige establecer los procedimientos para atender las solicitudes. Que, la actual Gestion Municipal tiene como objetivo otorgar las mas amplias facilidades a los Contribuyentes del distrito para que cumplan con sus obligaciones tributarias. Que, los Arts. 74º y 192º de la Constitucion Politica vigente, establece que los Gobiernos Locales pueden crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas o exonerar de estas dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley. Que, el Art. 191º de la referida Constitucion senala que las Municipalidades tienen autonomia politica, economica, administrativa en los asuntos de su competencia, correspondiendole al Concejo la funcion normativa, la que se ejerce entre otras a traves de Ordenanzas, las cuales

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