Norma Legal Oficial del día 10 de noviembre del año 2001 (10/11/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, sabado 10 de noviembre de 2001

NORMAS LEGALES

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Conceden derecho de MORDAZA por razones humanitarias a interno del Establecimiento Penitenciario del Callao
RESOLUCION SUPREMA Nº 467-2001-JUS MORDAZA, 9 de noviembre de 2001 CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Articulo 1º de la Constitucion Politica del Peru, la defensa de la persona humana y el respeto de la dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado; Que MORDAZA RUA, MORDAZA o MORDAZA MORDAZA, MORDAZA se encuentra interno en calidad de procesado en el Establecimiento Penal del Callao; Que de acuerdo al Resumen de Historia Clinica, emitido por el Instituto Nacional Penitenciario, de fecha 17 de octubre de 2001, el citado interno ha sido diagnosticado con insuficiencia renal cronica terminal, diabetes mellitus MORDAZA 2, hipertension arterial, nefropatia diabetica, retinopatia diabetica, polineuropatia mixta, fistula arteriovenosa en el antebrazo MORDAZA, TBC pulmonar antiguo y anemia cronica; Que considerando que la Constitucion Politica de 1993 en su Articulo 139º, inciso 22) establece que el regimen penitenciario tiene por objeto la reeducacion, rehabilitacion y reincorporacion del penado a la sociedad; Que considerando que en casos excepcionales como el presente, de personas con enfermedades terminales, la continuidad de la ejecucion de la pena y la prision pierde todo sentido juridico y moral; Que el caso del referido interno por sus condiciones personales, y su delicado estado de salud, se adecua a los requerimientos de un derecho de MORDAZA humanitaria, por encontrarse debidamente acreditada su enfermedad en el documento MORDAZA mencionado; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 1º, 118º, incisos 8) y 21) y 139º, inciso 22) de la Constitucion Politica del Peru, corresponde al Presidente de la Republica dictar resoluciones y conceder derecho de gracia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Conceder el DERECHO DE MORDAZA por razones humanitarias a MORDAZA MORDAZA RUA o MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien se encuentra interno en calidad de procesado en el Establecimiento Penitenciario del Callao. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Justicia. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del senor MORDAZA DIEZ CANSECO MORDAZA Primer Vicepresidente de la Republica Encargado del Despacho Presidencial MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Justicia 34316

Visto el Oficio Nº 1347-2001-JUS-PPMJ, de fecha 13 de setiembre de 2001, de la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia; CONSIDERANDO: Que mediante Informe Nº 001-2001-30º-SEC-GPI de fecha 11 de MORDAZA de 2001, la Registradora Publica (e) de la 3ra. Seccion de Propiedad comunica a la Gerencia del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, que la documentacion presentada con el Titulo Nº 78058 de fecha 25 de MORDAZA de 2001, es falsa; Que de acuerdo a lo senalado en el Informe Nº 632001-ORLC/GL de la Gerencia Legal de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao y de los antecedentes alcanzados, se ha determinado que con fecha 25 de MORDAZA de 2001, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicita la inscripcion de la Escritura Publica de Cancelacion y Levantamiento de Hipoteca, otorgada a favor de REMOCER S.R.L., MORDAZA MORDAZA Godomar MORDAZA, Gerente General de Ladrillera Luren S.A., don MORDAZA MORDAZA Godomar MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Godomar MORDAZA de Bosi; Que con fecha 7 de junio de 2001, el Notario Publico de MORDAZA, Dr. MORDAZA E. MORDAZA Sussoni senala que la firma y sello notariales que obran en la mencionada Escritura Publica no corresponden a su Despacho Notarial; Que estando a los hechos expuestos, es procedente la autorizacion a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado interponga las acciones judiciales que correspondan; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, Articulos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993, Ley Organica del Sector Justicia y Articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537, de Representacion y Defensa del Estado en Juicio, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales correspondientes, contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Godomar MORDAZA, Gerente General de Ladrillera Luren S.A., don MORDAZA MORDAZA Godomar MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Godomar MORDAZA de Bosi y los que resulten responsables de la comision del delito contra la Fe Publica, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de esta Resolucion, asi como los antecedentes del caso a la mencionada Procuradora Publica, para los fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Justicia 34132 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 381-2001-JUS MORDAZA, 7 de noviembre de 2001 Visto el Oficio Nº 1347-2001-JUS-PPMJ, de fecha 13 de setiembre de 2001, de la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia; CONSIDERANDO: Que del Informe Nº 55-2001-ORLC/GL de la Gerencia Legal de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao se desprende que el 30 de MORDAZA de 2001, don MORDAZA MORDAZA Razuri MORDAZA, solicita la inscripcion del Titulo Nº 80156; Que de conformidad con lo informado por el Notario Publico de MORDAZA, Dr. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA, la Escritura sobre Otorgamiento de Poder a favor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, que forma parte del Titulo presentado por don MORDAZA MORDAZA Razuri MORDAZA

Autorizan a procuradora iniciar MORDAZA judicial contra presuntos responsables de la comision de delito contra la fe publica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 380-2001-JUS MORDAZA, 7 de noviembre de 2001

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