Norma Legal Oficial del día 10 de noviembre del año 2001 (10/11/2001)


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RESOLUCION SUPREMA Nº 464-2001-JUS MORDAZA, 9 de noviembre de 2001 CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 10 de noviembre de 2001

Que de conformidad con el Articulo 1º de la Constitucion Politica del Peru, la defensa de la persona humana y el respeto de la dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado; Que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA se encuentra cumpliendo condena en el Establecimiento Penitenciario de Mujeres de Chorrillos; Que de acuerdo al Informe Medico Nº 070-01-INPEDRL-EPMCH-US, del 21 de setiembre de 2001, la citada interna ha sido diagnosticada con neurocisticercosis parenquimal con multiples formas vesiculares distribuidas en ambos hemisferios y epilepsia; Que considerando que la Constitucion Politica de 1993 en su Articulo 139º inciso 22), establece que el regimen penitenciario tiene por objeto la reeducacion, rehabilitacion y reincorporacion del penado a la sociedad; Que considerando que en casos excepcionales como el presente, de personas con enfermedades terminales, la continuidad de la ejecucion de la pena y la prision pierde todo sentido juridico y moral; Que el caso de la referida interna por sus condiciones personales y su delicado estado de salud, se adecua a los requerimientos de un indulto humanitario, por encontrarse debidamente acreditada su enfermedad en el documento MORDAZA mencionado; De conformidad con lo dispuesto en los Articulos 1º, 118º incisos 8) y 21) y 139º inciso 22), de la Constitucion Politica del Peru, corresponde al Presidente de la Republica dictar resoluciones y conceder indultos; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Conceder INDULTO por razones humanitarias a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien viene cumpliendo condena en el Establecimiento Penitenciario de Mujeres de Chorrillos. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Justicia. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del senor MORDAZA DIEZ CANSECO MORDAZA Primer Vicepresidente de la Republica Encargado del Despacho Presidencial MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Justicia 34313 RESOLUCION SUPREMA Nº 465-2001-JUS MORDAZA, 9 de noviembre de 2001 CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Articulo 1º de la Constitucion Politica del Peru, la defensa de la persona humana y el respeto de la dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado; Que MORDAZA MORDAZA MORDAZA CARDENOSO se encuentra cumpliendo condena en el Establecimiento Penitenciario de Procesados de Quillabamba; Que de acuerdo al Acta de Junta Medica Penitenciaria del 18 de MORDAZA de 2001, realizada en atencion al Memorandum Nº 2048-2000-UBASS-SA-DG, el citado interno fue diagnosticado con cirrosis hepatica y gastritis cronica; Que considerando que la Constitucion Politica de 1993 en su Articulo 139º, inciso 22) establece que el regimen penitenciario tiene por objeto la reeducacion, rehabilitacion y reincorporacion del penado a la sociedad; Que considerando que en casos excepcionales como el presente, de personas con enfermedades terminales, la continuidad de la ejecucion de la pena y la prision pierde todo sentido juridico y moral;

Que el caso del referido interno por sus condiciones personales, y su delicado estado de salud, se adecua a los requerimientos de un derecho de MORDAZA humanitaria, por encontrarse debidamente acreditada su enfermedad en el documento MORDAZA mencionado; Que por las condiciones de salud presentadas por el interno, este requiere de un tratamiento medico especializado que no puede brindarse al interior del Establecimiento Penitenciario por falta de recursos materiales y tecnicos; De conformidad con lo dispuesto en los Articulos 1º, 118º incisos 8) y 21) y 139º, inciso 22) de la Constitucion Politica del Peru, corresponde al Presidente de la Republica dictar resoluciones y conceder indultos; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Conceder INDULTO por razones humanitarias a MORDAZA MORDAZA MORDAZA CARDENOSO, quien viene cumpliendo condena en el Establecimiento Penitenciario de Procesados de Quillabamba. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Justicia. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del senor MORDAZA DIEZ CANSECO MORDAZA Primer Vicepresidente de la Republica Encargado del Despacho Presidencial MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Justicia 34314 RESOLUCION SUPREMA Nº 466-2001-JUS MORDAZA, 9 de noviembre de 2001 CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Articulo 1º de la Constitucion Politica del Peru, la defensa de la persona humana y el respeto de la dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado; Que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA se encuentra cumpliendo condena en el Establecimiento Penitenciario de Regimen Cerrado Especial MORDAZA MORDAZA Castro; Que de acuerdo al Acta de Junta Medica Penitenciaria Nº 1426-2000-INPE/JCT, del 28 de diciembre de 2000, el citado interno fue diagnosticado con insuficiencia renal cronica e hipertension arterial, con pronostico reservado; Que considerando que la Constitucion Politica de 1993 en su Articulo 139º, inciso 22) establece que el regimen penitenciario tiene por objeto la reeducacion, rehabilitacion y reincorporacion del penado a la sociedad; Que considerando que en casos excepcionales como el presente, de personas con enfermedades terminales, la continuidad de la ejecucion de la pena y la prision pierde todo sentido juridico y moral; Que el caso del referido interno por sus condiciones personales, y su delicado estado de salud, se adecua a los requerimientos de un derecho de MORDAZA humanitaria, por encontrarse debidamente acreditada su enfermedad en el documento MORDAZA mencionado; De conformidad con lo dispuesto en los Articulos 1º, 118º incisos 8) y 21) y 139º, inciso 22) de la Constitucion Politica del Peru, corresponde al Presidente de la Republica dictar resoluciones y conceder indultos; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Conceder INDULTO por razones humanitarias, a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien viene cumpliendo condena en el Establecimiento Penitenciario de Regimen Cerrado Especial MORDAZA MORDAZA Castro. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Justicia. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del senor MORDAZA DIEZ CANSECO MORDAZA Primer Vicepresidente de la Republica Encargado del Despacho Presidencial MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Justicia 34315

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