Norma Legal Oficial del día 17 de enero del año 2002 (17/01/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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RESOLUCION SUPREMA Nº 009-2002-JUS
MORDAZA, 16 de enero de 2002 CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 17 de enero de 2002

Que de conformidad con el Articulo 1º de la Constitucion Politica del Peru, la defensa de la persona humana y el respeto de la dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado; Que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA se encuentra interna en el Establecimiento Penitenciario de Regimen Cerrado Especial de Mujeres de Chorrillos; Que de acuerdo al Informe Medico Nº 055-01/INPE232-SSP, del 5 de noviembre de 2001, la citada interna ha sido diagnosticada con cancer renal, TBC vesico renal metastasis linfoma gastrico - litiasis renal; Que considerando que la Constitucion Politica de 1993 en su Articulo 139º, inciso 22) establece que el regimen penitenciario tiene por objeto la reeducacion, rehabilitacion y reincorporacion del penado a la sociedad; Que considerando que en casos excepcionales como el presente, de personas con enfermedades graves, la continuidad de la ejecucion de la pena y la prision pierde todo sentido juridico y moral; Que el caso de la referida interna por sus condiciones personales, familiares y su delicado estado de salud, se adecua a los requerimientos de un indulto humanitario, por encontrarse debidamente acreditada su enfermedad en el documento MORDAZA mencionado; De conformidad con lo dispuesto en los Articulos 1º, 118º, incisos 8) y 21) y Articulo 139º, inciso 22) de la Constitucion Politica del Peru, corresponde al Presidente de la Republica dictar resoluciones y conceder indultos; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Conceder INDULTO HUMANITARIO a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA quien se encuentra interna en el Establecimiento Penitenciario de Regimen Cerrado Especial de Mujeres de Chorrillos. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Justicia. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Justicia 1137

Que considerando que en casos excepcionales como el presente, de personas con enfermedades graves, la continuidad de la ejecucion de la pena y la prision pierde todo sentido juridico y moral; Que el caso de la referida interna por sus condiciones personales, familiares y su delicado estado de salud, se adecua a los requerimientos de un derecho de MORDAZA por razones humanitarias, por encontrarse debidamente acreditada su enfermedad en el documento MORDAZA mencionado; De conformidad con lo dispuesto en los Articulos 1º, 118º, incisos 8) y 21) y Articulo 139º, inciso 22) de la Constitucion Politica del Peru, corresponde al Presidente de la Republica dictar resoluciones y conceder derecho de gracia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Conceder DERECHO DE MORDAZA por razones humanitarias, a MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien se encuentra interna en el Establecimiento Penitenciario de Mujeres de Chorrillos. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Justicia. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Justicia 1138

PRES
Autorizan viaje de funcionario del Ministerio a MORDAZA para participar en reunion sobre alternativas de cooperacion tecnica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 006-2002-PRES
MORDAZA, 11 de enero de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante fax de fecha 8 de enero de 2002, el Instituto Latinoamericano y del Caribe de Planificacion Economica y Social - ILPES, cursa invitacion al senor MORDAZA Dammert MORDAZA MORDAZA, miembro de la Secretaria Tecnica para el MORDAZA de Descentralizacion, a fin que participe en una reunion tecnica sobre alternativas de cooperacion tecnica que el ILPES podria establecer con la Secretaria Tecnica para el MORDAZA de Descentralizacion, en la MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA, los dias 17 y 18 de enero de 2002; Que, en el evento MORDAZA senalado, se trataran temas en el ambito del fortalecimiento de los procesos de descentralizacion y regionalizacion en el MORDAZA, por lo que resulta pertinente otorgar la autorizacion del viaje solicitado; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, el Decreto Ley Nº 25556, modificado por el Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27619 y Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA Dammert MORDAZA MORDAZA, miembro de la Secretaria Tecnica para el MORDAZA de Descentralizacion, a la MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA, del 17 al 19 de enero de 2002, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el citado viaje, seran con cargo al Presupuesto del Ministerio de la Presidencia, de acuerdo al siguiente detalle: - Pasajes : US$ 338.70 - Viaticos : US$ 600.00 - Tarifa CORPAC : US$ 25.00 Articulo 3º.- El funcionario MORDAZA mencionado debera elaborar un informe sobre las actividades realizadas en el viaje autorizado.

Conceden derecho de MORDAZA por razones humanitarias a interna del Establecimiento Penitenciario de Mujeres de Chorrillos
RESOLUCION SUPREMA Nº 010-2002-JUS
MORDAZA, 16 de enero de 2002 CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Articulo 1º de la Constitucion Politica del Peru, la defensa de la persona humana y el respeto de la dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado; Que MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA se encuentra interna en calidad de procesada en el Establecimiento Penitenciario de Mujeres de Chorrillos; Que de acuerdo al Certificado Medico del 10 de octubre de 2001, la citada interna ha sido diagnosticada con tumoracion cervical - cancer de tiroides, alergia benzodiazopina, d/c insuficiencia cerebral transitoria, colecolitiais por cristales de colesterol y sindrome depresivo moderado; Que considerando que la Constitucion Politica de 1993 en su Articulo 139° inciso 22) establece que el regimen penitenciario tiene por objeto la reeducacion, rehabilitacion y reincorporacion del penado a la sociedad;

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