Norma Legal Oficial del día 17 de enero del año 2002 (17/01/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 17 de enero de 2002

co, departamento de Ica, para desarrollar la actividad del desvalvado y refrigerado de moluscos, con la capacidad instalada de produccion de 8 t/dia; Que mediante el escrito del visto ACUICOLA ALASKA S.R.L., presenta renuncia al derecho otorgado mediante la Resolucion Directoral Nº 229-98-PE/DNPP cumpliendo con lo establecido en el Articulo 89º del Decreto Supremo Nº 02-94-JUS, Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aplicable al presente procedimiento en virtud a lo establecido en la Primera Disposicion Transitoria de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Estando a lo informado por la Direccion de Administracion Pesquera de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero, a traves de su Informe Nº 4232001-PE/DNEPP-Dap, de fecha 10 de setiembre del 2001, y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido por el Articulo 89º del Decreto Supremo Nº 02-94-JUS aplicable al presente procedimiento en virtud a la Primera Disposicion Transitoria de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por ACUICOLA ALASKA S.R.L. al derecho otorgado a traves de la Resolucion Directoral Nº 229-98-PE/DNPP y en consecuencia dejese sin efecto la mencionada resolucion. Articulo 2º.- Transcribase la presente resolucion a la CTAR ICA - Direccion Regional de Pesqueria. Registrese, comuniquese y publiquese, MORDAZA MORDAZA HERBOZO MORDAZA Director Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 0961

Estando a lo informado por la Direccion de Administracion Pesquera de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 558-2001PE/DNEPP-Dap y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar improcedente la solicitud de autorizacion de incremento de flota presentada por los armadores MORDAZA MORDAZA MORDAZA ZETA Y MORDAZA MORDAZA ZETA, para la construccion de una (1) embarcacion pesquera de MORDAZA de 90 metros cubicos de volumen de capacidad con bodega totalmente insulada, equipada con palangre, para dedicarla a la extraccion de los recursos hidrobiologicos atun y especies afines con destino al consumo humano directo, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Transcribir la presente resolucion a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y a la Direccion Regional de Pesqueria de Piura. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA HERBOZO MORDAZA Director Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 0963 FE DE ERRATAS RESOLUCION MINISTERIAL Nº 016-2002-PE Mediante Oficio Nº 084-2002-PE/SG el Ministerio de Pesqueria solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Ministerial Nº 016-2002-PE publicada en nuestra edicion del dia 16 de enero de 2002, pagina 215724. DICE: Articulo 13º.- Precisese (...) dispuesta por la Resolucion Ministerial Nº 341-2001-PE, (...) DEBE DECIR: Articulo 13º.- Precisese (...) dispuesta por la Resolucion Ministerial Nº 431-2001-PE, (...) DICE: Articulo 14º.- Las embarcaciones pesqueras artesanales (...) dispuesta por la Resolucion Ministerial Nº 3412001-PE, (...) DEBE DECIR: Articulo 14º.- Las embarcaciones pesqueras artesanales (...) dispuesta por la Resolucion Ministerial Nº 4312001-PE, (...) 1121

Declaran improcedente solicitud de autorizacion de incremento de flota presentada por armadores
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 010-2002-PE/DNEPP
MORDAZA, 15 de enero del 2002 Visto el escrito con registro Nº CE-00329002, del 18 y 31 de agosto del 2000 y 8 de junio del 2001, presentado por MORDAZA MORDAZA MORDAZA ZETA Y MORDAZA MORDAZA ZETA. CONSIDERANDO: Que el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 031-2001PE del 21 de MORDAZA del 2001, dispone que el Ministerio de Pesqueria no otorgara autorizaciones de incremento de flota ni los correspondientes permisos de pesca a ninguna clase de embarcacion pesquera de MORDAZA de menor o mayor escala en el ambito maritimo; asimismo, senala que las disposiciones del presente articulo seran de aplicacion a las solicitudes de incremento de flota que se encuentran actualmente en tramite; Que mediante el escrito del 18 de agosto del 2000, MORDAZA MORDAZA MORDAZA ZETA Y MORDAZA MORDAZA ZETA, solicitan autorizacion de incremento de flota para la construccion de una (1) embarcacion pesquera de MORDAZA a denominarse MORDAZA DE CHALPON I, de 80 metros cubicos de volumen de bodega, utilizando MORDAZA con hielo como medio de preservacion y equipada con palangre para extraer los recursos mero, perico, pez volador y tiburon; variando su petitorio mediante escrito del 8 de junio del 2001, para extraer los recursos atun y especies afines, con destino al consumo humano directo; asi como incrementar la capacidad de bodega de su embarcacion a 90 metros cubicos y totalmente insulada; Que siendo el dispositivo mencionado en el primer considerando de cumplimiento obligatorio e inmediato, aplicable tambien a los procedimientos en tramite, la solicitud de incremento de flota presentada por los recurrentes deviene en improcedente;

PROMUDEH
Designan representantes del Ministerio ante la Comision Consultiva Multisectorial encargada de elaborar propuesta de modificaciones del Codigo de los Ninos y Adolescentes
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 028-2002-PROMUDEH
MORDAZA, 15 de enero de 2002 CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Suprema Nº 340-2001-PROMUDEH de fecha 10 de diciembre del 2001, se constituyo

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