Norma Legal Oficial del día 09 de febrero del año 2002 (09/02/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, sabado 9 de febrero de 2002

NORMAS LEGALES

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No Renovables son Patrimonio de la Nacion y, que el Estado es soberano en su aprovechamiento; Que, por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, se aprobo el Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, incorporando las disposiciones establecidas en el Decreto Legislativo Nº 708 - Ley de Promocion de Inversiones en el Sector Minero; Que, la Resolucion Jefatural Nº 020-2002-J/ONPE, colisiona con dispositivos constitucionales y leyes especiales en materia minera, motivo por el cual se hace necesario proceder a su impugnacion ante las autoridades pertinentes; De conformidad con lo dispuesto en el Art. 47º de la Constitucion Politica del Peru, los Decretos Leyes Nºs. 17537 y 25993, modificado por Decreto Ley Nº 17667, el Decreto Ley Nº 25993 y el Art. 5º de la Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Energia y Minas, para que en representacion de la defensa de los derechos e intereses del Estado, impugne ante las autoridades correspondientes, la Resolucion Jefatural Nº 020-2002-J/ONPE, y todas las acciones legales que se deriven de la misma. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas 2837

De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, Ley Nº 25831, Ley Organica del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, Ley Nº 27573 y el Decreto Supremo Nº 0012002-PCM; DECRETA: Articulo 1º.- Funciones de las Direcciones Regionales de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales - DRITINCI que ejecutaran, en coordinacion con las instancias competentes del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales - MITINCI: FUNCIONES DE PLANEAMIENTO, PRESUPUESTO Y ADMINISTRACION: a) Aprobar o proponer segun corresponda las modificaciones necesarias en los presupuestos de las Direcciones Regionales de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, que permitan asegurar el funcionamiento de los programas nacionales y proyectos de inversion con el financiamiento del Presupuesto de los Consejos Transitorios de Administracion Regional; b) Definir las prioridades, metas y requerimientos presupuestales de mediano plazo de las Direcciones Regionales de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, para su inclusion en los planes estrategicos sectoriales multianuales; c) Establecer criterios uniformes en los procesos de formulacion, ejecucion y evaluacion presupuestarias para lograr mayor transparencia en la rendicion de cuentas, para aquellas consideradas Unidades Ejecutoras; d) Ejecutar por encargo el presupuesto de funcionamiento y de inversion publica de los Sectores Industria y Turismo; e) Destinar al mantenimiento, equipamiento, gastos de funcionamiento e inversion, la recaudacion de ingresos por multas, tasas y otros conceptos aplicados a la funcion de industria, comercio y servicios turisticos, que constituiran ingresos propios de las Direcciones Regionales, Subregionales o Zonales, aperturando para ello, la Unidad Ejecutora correspondiente, Subcuentas Corrientes en el Banco de la Nacion, con las restricciones que las leyes establecen; dicha accion debera comunicarse al MITINCI dentro de los 5 dias de su ejecucion y trimestralmente sobre los ingresos recaudados; f) Elaborar el Plan Operativo Anual, en el MORDAZA de la nueva adecuacion organizacional y funcional, y concordante con el Plan Estrategico Institucional del MITINCI. FUNCIONES DE INDUSTRIA Y ARTESANIA: a) Fomentar y desarrollar proyectos, programas u otros mecanismos para promover la competitividad y productividad de la actividad industrial y artesanal, con la participacion de entidades publicas y privadas, buscando lograr la cobertura, eficiencia, sostenibilidad e impacto; b) Supervisar y evaluar la aplicacion de la politica industrial y artesanal en el ambito de su region; c) Supervisar y evaluar el cumplimiento de las normas de proteccion de medio ambiente y la preservacion de los recursos naturales, de acuerdo con el MORDAZA gradual de transferencia de funciones que establezca el MITINCI, mediante Resolucion Ministerial; d) Verificar el cumplimiento y la correcta aplicacion de los dispositivos legales sobre control, fiscalizacion de insumos y productos quimicos, a los que se refiere el Decreto Ley Nº 25623, su reglamento y normas complementarias, asi como las funciones que dichas normas le asignan; e) Establecer mecanismos que permitan disponer, conocer y evaluar informacion adecuada sobre los insumos quimicos estrategicos y productos fiscalizados.

MITINCI
Establecen funciones de las Direcciones Regionales de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales - DRITINCI
DECRETO SUPREMO Nº 008-2002-ITINCI EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO Que, de conformidad con la Sexta Disposicion Transitoria de la Ley Nº 27573, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2002 se emitio el Decreto Supremo Nº 001-2002-PCM del 3 de enero del 2002, aprobando las "Reglas transitorias de gestion y ejecucion presupuestal de las Direcciones Regionales Sectoriales para el ano fiscal 2002", con el proposito de regular la reestructuracion, gestion y uso de recursos de las Direcciones Regionales Sectoriales a cargo de los CTARs; Que, tales reglas establecen que dentro de los 30 dias siguientes a la publicacion de la MORDAZA, el Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, entre otros Ministerios, establecera las funciones de las Direcciones Regionales Sectoriales que permaneceran bajo responsabilidad de los CTARs; asimismo, senalan que se dictara las normas de gestion y ejecucion presupuestal para los organos de las CTARs, encargados de aquellas funciones sectoriales que permanezcan bajo la responsabilidad de dichos CTARs; Que, estas medidas se inscriben en un MORDAZA de medidas de austeridad, racionalidad y transparencia en el gasto publico que permitan crear las condiciones mas adecuadas en las Direcciones Regionales de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, niveles de coordinacion con los CTARs y la Sociedad Civil, y el cumplimiento de los objetivos, metas y prioridades sectoriales, a fin de garantizar un MORDAZA de descentralizacion eficiente, ordenado y progresivo;

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