Norma Legal Oficial del día 09 de febrero del año 2002 (09/02/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 9 de febrero de 2002

implica la obligacion del titular, de someterse a las disposiciones legales vigentes sobre la materia, asi como a las directivas que al respecto emita la Empresa Nacional de Puertos S.A. y las disposiciones y directivas que dicte la Direccion General de Transporte Acuatico. Articulo 4º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del sector Defensa, para los fines pertinentes. Articulo 5º.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VILLAORDUNA MORDAZA Director General (e) Direccion General de Transporte Acuatico 1950

Articulo Segundo.- La remuneracion a percibir por el funcionario a que se contrae el Articulo Primero, sera la establecida en la Escala de Remuneraciones de la Defensoria del Pueblo y las disposiciones que resulten aplicables. Articulo Tercero.- El egreso que origine el cumplimiento de esta resolucion se afectara a las asignaciones especificas correspondientes del Presupuesto Institucional. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Defensor del Pueblo en Funciones 2740

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan viaje de funcionarios a Colombia para participar en mision de estudio referente a tecnologias de documentos de identificacion
RESOLUCION JEFATURAL Nº 048-2002-JEF/RENIEC

ORGANISMOS AUTONOMOS DEFENSORIA DEL PUEBLO
Designan Jefe de la Oficina de Informacion, Sistemas y Estadistica
RESOLUCION DEFENSORIAL Nº 006-2002/DP

MORDAZA, 6 de febrero de 2002 Vista la Decision 503 del Consejo MORDAZA de Ministros de Relaciones Exteriores y la Carta cursada por la Secretaria General de la Comunidad MORDAZA para llevar a cabo una mision de estudio referente a tecnologias de documentos, a realizarse en su primera etapa en la MORDAZA de Bogota del 10 al 17 de febrero de 2002; CONSIDERANDO: Que, la Decision 503 sobre reconocimiento de documentos nacionales de identificacion ha sido aprobada por el Consejo MORDAZA de Ministros de Relaciones Exteriores con fecha 22 de junio de 2001, con el objeto de que los nacionales de cualquiera de los Paises Miembros puedan ser admitidos e ingresar a cualquiera de los otros Paises Miembros, en calidad de turistas, mediante la sola MORDAZA de uno de los documentos nacionales de identificacion, valido y vigente en el MORDAZA emisor y sin requisito de visa consular, bajo los terminos y condiciones senalados en la Decision; Que, es necesario armonizar las disposiciones relativas a la identificacion de las personas dentro de la Subregion MORDAZA, para facilitar la adopcion de medidas tendientes a permitir su libre circulacion; Que, para el cumplimiento de los objetivos propuestos en la Decision 503, la Comunidad MORDAZA ha establecido las coordinaciones necesarias con las autoridades nacionales competentes, desarrollando un cronograma de actividades que debe cumplirse en cada MORDAZA miembro; correspondiendo a la Republica de Colombia su realizacion del 10 al 17 de febrero de 2002; Que, habiendo la Secretaria General de la Comunidad MORDAZA y el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil suscrito el Memorando de Entendimiento sobre Cooperacion y Asistencia Tecnica, con fecha 21 de setiembre de 2001, en el que el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil se compromete a apoyar y servir de soporte en las acciones que se adopten respecto a la Decision 503, para contribuir al logro de una aplicacion plena y eficaz de dicha decision, en el cronograma de actividades le corresponde visitar a la Republica de Colombia, con los funcionarios autorizados para tales funciones; y, En uso de la facultad concedida por la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje a la Republica de Colombia del Gerente de Asesoria Juridica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA

MORDAZA, 7 de febrero de 2002 Vistos; el Memorando Nº 030-2002-DP/OAF-AP y sus anexos los Memorandos Nºs. 015-2002-DP/OAF-AP, 0512001-DP/PDA y 007-2002-DP/OPP-P, mediante los que se solicita la designacion del Jefe de la Oficina de Informacion, Sistemas y Estadistica; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los Articulos 161º y 162º de la Constitucion Politica del Estado, se dio la Ley Nº 26520, Ley Organica de la Defensoria del Pueblo y mediante la Resolucion Defensorial Nº 12-2001/DP se aprobo su Reglamento de Organizacion y Funciones; Que, el citado Reglamento de Organizacion y Funciones en el Articulo 24º instituye y asigna funciones a la Oficina de Informacion, Sistemas y Estadistica como organo de apoyo de la Defensoria del Pueblo; Que, la Ley Nº 26602 dispone que el personal de la Defensoria del Pueblo esta comprendido en el regimen laboral de la actividad privada; Que, tanto el Cuadro para Asignacion de Personal (CAP), aprobado por Resolucion Administrativa Nº 362001/DP, como el Presupuesto Analitico de Personal (PAP), aprobado por Resolucion Administrativa Nº 1042001/DP incluyen el respectivo cargo de Jefe de la Oficina de Informacion, Sistemas y Estadistica, el mismo que esta vacante y cuenta con la respectiva provision presupuestal, siendo necesario designar a su titular; De conformidad con lo dispuesto por los numerales 12.1 y 12.3 del Articulo 12º, de la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2002, Ley Nº 27573; Con la opinion favorable del Jefe de la Asesoria Juridica y del Jefe de la Oficina de Administracion y Finanzas; En uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de la Defensoria del Pueblo y por la Resolucion Defensorial Nº 66-2000/DP y en concordancia con lo dispuesto por la Ley Nº 27594 y el Articulo 7º literales d), k) y l) del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Defensoria del Pueblo, aprobado por la Resolucion Defensorial Nº 12-2001/DP; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DESIGNAR, a don MORDAZA MORDAZA ZERGA MORDAZA, en el cargo de Jefe de la Oficina de Informacion, Sistemas y Estadistica, con Categoria y Nivel D7, en la Plaza 267, con efectividad al 1 de enero del 2002.

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