Norma Legal Oficial del día 09 de febrero del año 2002 (09/02/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

MORDAZA, sabado 9 de febrero de 2002

NORMAS LEGALES

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deudas tributarias por concepto del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales de los periodos 1997 al 2001 y del Impuesto al Patrimonio Vehicular del periodo 2001, hasta el 31 de enero de 2002; Que, el MORDAZA de regularizacion tributaria previsto, ha presentado gran acogida por parte del universo de contribuyentes, por lo que siendo politica de la actual gestion, brindar facilidades para el cumplimiento de las obligaciones tributarias, se ha considerado necesario prorrogar la vigencia de los beneficios concedidos; Estando a lo expuesto, con la visacion de la Direccion General de Administracion Tributaria y Rentas, en ejercicio de las facultades conferidas al MORDAZA por la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853; DECRETA: Articulo Primero.- Ampliese la prorroga concedida mediante el Articulo Primero del Decreto de Alcaldia Nº 029-2001, hasta el 28 de febrero del 2002. Articulo Segundo.- Encargar a la Direccion General de Administracion Tributaria y Rentas, el debido cumplimiento del presente Decreto. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA M. KOURI BUMACHAR MORDAZA del Callao 2722

tracion Tributaria y Rentas, Unidad de Principales Contribuyentes y Operaciones Especiales, en el local ubicado en el MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nº 156, Callao. Articulo Tercero.- Los Principales Contribuyentes efectuaran sus consultas y recibiran la debida orientacion respecto de sus obligaciones tributarias sustanciales y formales, asi como de la tramitacion de solicitudes contenciosas y no contenciosas tributarias, en el lugar senalado en el articulo precedente. Articulo Cuarto.- Establezcase de manera obligatoria, la MORDAZA de una Ficha de Actualizacion de Datos, cuyo formato sera entregado en forma gratuita por la Administracion Tributaria y debera contener como informacion minima lo siguiente: - Nombre completo o razon social de deudor tributario. - Codigo de Contribuyente. - El numero del Registro Unico de Contribuyente. - Datos identificatorios del representante legal, de ser el caso. - Domicilio Fiscal del Contribuyente. - Correo electronico, fax u otro medio similar de comunicacion, asi como la opcion de ser notificado por medio de dichos sistemas. La Ficha de Actualizacion de Datos, tendra el caracter de jurada, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 88º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario y es de MORDAZA informativa. Dicha obligacion se MORDAZA extensiva, en los supuestos en que se modifiquen algunos de los datos contenidos en la ficha senalada, en cuyo caso la declaracion debera contener la informacion previamente senalada con las modificaciones realizadas y sustituira en su totalidad a la anterior. Articulo Quinto.- La Administracion podra excluir del Directorio de Principales Contribuyentes, a aquellos que hayan sido declarados en insolvencia o respecto a los que se MORDAZA dispuesto su disolucion, de conformidad con la ley de la materia, debiendose realizar su baja del respectivo Registro. Articulo Sexto.- La realizacion de fusion por absorcion o de fusion para constitucion de una nueva sociedad, no afectara la calidad de Principal Contribuyente atribuida por la Administracion. Articulo Septimo.- El presente Decreto de Alcaldia entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Articulo Octavo.- Encargar a la Direccion General de Administracion Tributaria y Rentas el debido cumplimiento del presente Decreto. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA M. KOURI BUMACHAR MORDAZA del Callao 2721

Aprueban Directorio de Principales Contribuyentes
DECRETO DE ALCALDIA Nº 000005

Callao, 31 de enero de 2002 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme a lo dispuesto por el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado; Que, el Articulo 29º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 13599-EF, dispone que el pago se efectuara en la forma que senala la ley o en su defecto el Reglamento o Resolucion de la Administracion Tributaria, asimismo establece que el lugar de pago sera aquel que indique la Administracion Tributaria mediante Resolucion de Superintendencia o MORDAZA de rango similar; Que, de conformidad con lo establecido en el Articulo 88º de la citada MORDAZA, la declaracion tributaria debera ser presentada en la forma, plazos y lugar que se senala mediante Ley, Resolucion de Superintendencia o MORDAZA de rango similar; Que, dentro de este MORDAZA, con el fin de llevar el nivel de eficiencia respecto al control del cumplimiento de las obligaciones tributarias, es conveniente aprobar el Directorio de Principales Contribuyentes de la Municipalidad Provincial del Callao; Estando a lo expuesto, con la visacion de la Direccion General de Administracion Tributaria y Rentas, y en ejercicio de las facultades conferidas al MORDAZA por la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853; DECRETA: Articulo Primero.- Apruebase el Directorio de Principales Contribuyentes de la Municipalidad Provincial del Callao, que como anexo forma parte del presente Decreto de Alcaldia. Articulo Segundo.- Los Principales Contribuyentes senalados en el anexo a que se hace referencia en el articulo anterior, deberan presentar sus declaraciones tributarias y realizar los pagos de los tributos administrados y/o recaudados por la Municipalidad Provincial del Callao, unicamente en la Direccion General de Adminis-

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHANCHAMAYO
Aprueban Plan de Ordenamiento MORDAZA Sector de Sangani-Perene
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 0041-2001-MPCH

La MORDAZA, 29 de diciembre del 2001 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHANCHAMAYO POR CUANTO: El Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial de Chanchamayo, en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 27 de diciembre del 2001, emite el Acuerdo de Concejo Nº 442-2001-MPCH; y,

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