Norma Legal Oficial del día 09 de febrero del año 2002 (09/02/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 9 de febrero de 2002

Articulo Segundo.- DISPONER que la Oficina de Administracion cumpla con publicar la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Articulo Tercero.- DISPONER que la Oficina de Administracion en igual plazo remita el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE y la Comision de Promocion de la Pequena y Micro Empresa - PROMPYME. Articulo Cuarto.- DISPONER que el Plan Anual, se ponga a disposicion de los interesados para su revision y/o adquisicion en la Oficina de Administracion del PER PLAN COPESCO, sito en la Plaza MORDAZA MORDAZA s/n Wanchaq-Cusco. Articulo Quinto.- DISPONER que la presente Resolucion se transcriba a los Organos Administrativos del PLAN COPESCO, y al Consejo Transitorio de Administracion Regional. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA BALCAZAR Director Ejecutivo PER PLAN COPESCO 2732

za Nº 049-MDB, modificado por la Ordenanza Nº 076MDB, se ha tomado en consideracion el costo total de los servicios de Limpieza Publica, de Parques y Jardines, y de Serenazgo. De conformidad con lo establecido en la Ordenanza Nº 049-MDB se fijan los criterios de determinacion de los Arbitrios de Limpieza Publica, de Parques y Jardines, y de Serenazgo los siguientes: a.- El valor del predio determinado en la Declaracion Jurada de Autovaluo. b.- El uso o actividad desarrollada en el predio. c.- La Unidad Impositiva Tributaria. Articulo Segundo.- Uso de los Predios.- Para efecto de la determinacion de los arbitrios municipales correspondiente al Ejercicio Fiscal 2002, se considerara como uso del predio, los siguientes: a.- MORDAZA Habitacion y Terreno sin Construir. b.- Comercio. c.- Educacional. d.- Otros. Articulo Tercero.- Determinacion de los Arbitrios.En aplicacion de los criterios senalados en el articulo precedente, se establece en los anexos I, II, III y IV de la presente Ordenanza, el importe anual de los arbitrios destinados a financiar los servicios mencionados en el primer parrafo del Articulo Primero. Articulo Cuarto.- Justificacion tecnica de la determinacion de los importes de los arbitrios.- De acuerdo a lo dispuesto por el Articulo 69º del Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributacion Municipal, modificado por Leyes Nºs. 26725 y 27616, los importes aprobados en la presente Ordenanza has sido calculados en funcion al costo efectivo del servicio a prestar segun se detalla en el informe tecnico que como Anexo V forma parte integrante de la presente Ordenanza. POR TANTO: Registrese. comuniquese y cumplase MORDAZA MORDAZA DE CAPRIATA Alcaldesa
MORDAZA HABITACION ANEXO I
UIT TARIFA MENSUAL INICIAL FINAL LIMPIEZA PARQUES Y SERENAZGO PUBLICA JARDINES 0 1 4.29 3.05 2.49 1 2 5.02 3.05 2.49 2 3 5.73 3.05 2.49 3 4 6.44 3.05 2.49 4 5 7.16 3.05 2.49 5 6 7.87 3.05 2.49 6 7 8.60 3.05 2.49 7 8 8.95 3.05 2.49 8 9 9.31 3.05 2.49 9 10 9.31 3.43 2.80 10 15 10.74 3.43 2.80 15 20 11.45 6.11 5.00 20 25 12.89 6.88 5.62 25 30 15.04 6.88 5.62 30 40 15.75 9.15 7.48 40 50 17.90 15.26 12.47 50 60 21.49 15.26 12.47 60 70 25.06 30.53 24.97 70 80 28.64 30.53 24.97 80 90 32.22 38.15 31.20 TOTAL 9.83 10.55 11.27 11.98 12.69 13.41 14.13 14.48 14.84 15.54 16.97 22.55 25.38 27.54 32.39 45.63 49.22 80.56 84.14 101.58

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Determinan importe de arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo correspondiente al ejercicio 2002
ORDENANZA Nº 084-MDB

Barranco, 17 de enero de 2002 LA ALCALDESA DE BARRANCO POR CUANTO: El Concejo Distrital de Barranco: CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 049-MDB, modificado mediante Ordenanza Nº 076-MDB, se establecio el MORDAZA regimen tributario aplicable a los arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo a fin de facilitar su administracion y garantizar su equitativa distribucion entre los contribuyentes; Que, la citada Ordenanza senala que los importes correspondientes a los arbitrios seran regulados de conformidad con el Articulo 69º del Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributacion Municipal, el calculo del monto a pagar se efectuara en funcion, asi como a los criterios que justifiquen incrementos de ser el caso; Resulta necesario establecer los importes de los arbitrios para el Ejercicio Fiscal 2002; Que, estando a lo dispuesto por el numeral 3) del Articulo 36º y por el Articulo 109º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; el Concejo Municipal ha dado la siguiente:
ORDENANZA Importe de los arbitrios de Limpieza Publica, de Parques y Jardines, y de Serenazgo correspondiente al Ejercicio 2002.

Articulo Primero.- Criterios de Determinacion.Para determinar los arbitrios regulados por la Ordenan-

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