Norma Legal Oficial del día 09 de febrero del año 2002 (09/02/2002)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 45

MORDAZA, sabado 9 de febrero de 2002

NORMAS LEGALES

Pag. 217083

dio" a titulo oneroso conforme lo dispone el Articulo 47º del mencionado Reglamento de Formalizacion. De conformidad con las normas MORDAZA citadas, asi como por el Articulo 15º del Reglamento de Normas; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Primero.- CONFIRMAR en parte la Resolucion de Gerencia de Titulacion Nº 441-2001-COFOPRI/GT del 5 de marzo de 2001, por los fundamentos expuestos en la presente resolucion. Segundo.- REASIGNAR el uso de "el predio" conforme con lo expuesto en el undecimo considerando de la presente resolucion. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vocal Titular del Tribunal Administrativo de la Propiedad de COFOPRI LUZ MORDAZA MORDAZA MERA Vocal Suplente del Tribunal Administrativo de la Propiedad de COFOPRI MORDAZA SECLEN MORDAZA Vocal Titular del Tribunal Administrativo de la Propiedad de COFOPRI 2674

2001, al termino de su licencia sin goce de haber concedida a partir del 1 de marzo al 29 de MORDAZA del 2001, conforme se desprende del tenor del Informe Nº 324-DAPORH-HNERM-ESSALUD-2001 de fecha 28 de agosto del 2001, expedido por el Jefe de la Division de Administracion de Personal del citado nosocomio, incurriendo de esta manera en ausencias injustificadas, falta prevista en el inciso k) del Articulo 28º de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobada por Decreto Legislativo Nº 276; Que, la citada servidora es reincidente en la comision de la falta que se le imputa respecto a ausencias injustificadas, incumpliendo las normas internas establecidas, lo que constituye serio agravante, conforme lo senala el Articulo 27º de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobada por Decreto Legislativo Nº 276, asi como en el inciso a) del Articulo 154º del Reglamento de la Ley de la MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 00590-PCM, conforme aparece registrado en el Informe de MORDAZA Administrativa que obra en autos a folios 04 y 05; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 170º del Reglamento de la Ley de MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, a lo recomendado en el Acta Nº 19-CPAD-ESSALUD-2001 por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de MORDAZA y Callao, asi como por las facultades delegadas mediante Resolucion de Gerencia General Nº 731-GG-ESSALUD-2000; SE RESUELVE: Primero.- IMPONER la sancion disciplinaria de DESTITUCION a la servidora MORDAZA SULPICIA MORDAZA MORDAZA, enfermera del Servicio de Onco-Hematologia del Hospital Nacional "Edgardo Rebagliati Martins", por la comision de falta disciplinaria tipificada como ausencias injustificadas, prevista en el inciso k) del Articulo 28º de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobada por Decreto Legislativo Nº 276. Segundo.- NOTIFICAR la presente resolucion a las partes interesadas con las formalidades de ley. Tercero.- De conformidad con el Articulo 207º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, los recursos impugnativos son Reconsideracion, Apelacion y Revision, pudiendo ser presentados en el termino de quince (15) dias habiles contados a partir del dia siguiente de la notificacion, ante la Gerencia de Personal de la Gerencia Central de Recursos Humanos, sito en Av. MORDAZA Nº 1402 - MORDAZA MORDAZA, Lima. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente de Personal (e) - GCRH 2734 RESOLUCION DE GERENCIA Nº 125-GP-GCRH-ESSALUD-2001 MORDAZA, 13 de diciembre de 2001 VISTA: El Acta Nº 19-CPAD-ESSALUD-2001, de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de MORDAZA y Callao, sobre el MORDAZA administrativo disciplinario instaurado mediante Resolucion de Gerencia Nº 105-GP-GCRH-ESSALUD-2001, referente al Expediente Nº 2001-18-CPAD; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Gerencia Nº 105-GPGCRH-ESSALUD-2001, se instauro MORDAZA administrativo disciplinario a la servidora MORDAZA MORDAZA Betetta, Tecnica en Enfermeria del Hospital IV "Alberto Sabogal Sologuren" de la Gerencia Departamental MORDAZA, por presunta comision de falta disciplinaria tipificada como ausencias injustificadas, prevista en el inciso k) del Articulo 28º de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y

ESSALUD
Destituyen a servidoras, medico y ex fedatario de los Hospitales MORDAZA Rebagliati Martins y MORDAZA Sabogal Sologuren y de centro asistencial de MORDAZA
RESOLUCION DE GERENCIA Nº 124-GP-GCRH-ESSALUD-2001 MORDAZA, 13 de diciembre de 2001 VISTA: El Acta Nº 19-CPAD-ESSALUD-2001, de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de MORDAZA y Callao, sobre el MORDAZA administrativo disciplinario instaurado mediante Resolucion de Gerencia Nº 106-GP-GCRH-ESSALUD-2001, referente al Expediente Nº 2001-17-CPAD; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Gerencia Nº 106-GPGCRH-ESSALUD-2001, se instauro MORDAZA administrativo disciplinario a la servidora MORDAZA Sulpicia MORDAZA MORDAZA, enfermera del Servicio de Onco-Hematologia del Hospital Nacional "Edgardo Rebagliati Martins", por presunta comision de falta disciplinaria tipificada como ausencias injustificadas, prevista en el inciso k) del Articulo 28º de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobada por Decreto Legislativo Nº 276; Que, la citada servidora no presento su descargo correspondiente ante la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de MORDAZA y Callao, no obstante haber sido notificada oportunamente, mediante Carta Nº 204-CPAD-ESSALUD-2001 de fecha 5 de noviembre del ano en curso; Que, del analisis y evaluacion del expediente, asi como de la documentacion que obra en el principal, se ha logrado establecer la responsabilidad administrativa disciplinaria de la servidora MORDAZA Sulpicia MORDAZA MORDAZA, enfermera del Servicio de Onco-Hematologia del Hospital Nacional "Edgardo Rebagliati Martins", al no haberse reincorporado a su centro de labores el dia 30 de MORDAZA del

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.