Norma Legal Oficial del día 09 de febrero del año 2002 (09/02/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 9 de febrero de 2002

razonabilidad y manteniendo la debida proporcion entre los medios a emplear, en este caso la via coactiva y los fines publicos que persigue la Entidad, por lo que es necesario establecer un monto minimo para que los valores MORDAZA remitidos a la via de cobranza coactiva; Que, con la finalidad de no incrementar mas el monto de la deuda que tienen que pagar los obligados que se encuentren con procedimientos en la via coactiva y a fin de brindar mayor oportunidad para que cumpla con su obligacion, sin que esto signifique elevar el costo del procedimiento, es necesario crear un mecanismo mediante el cual se le otorgue al Obligado un plazo adicional para su cumplimiento, en el que ademas se le haga conocer de las facilidades a las que se puede acoger, MORDAZA de ser ejecutada inminentemente su acreencia mediante medida cautelar de embargo; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 y con el MORDAZA Unanime de los miembros del Concejo y con dispensa del tramite de la lectura y aprobacion del acta, se aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Disponer que la Oficina de Ejecutoria Coactiva realice convenios de pagos a cuenta conforme lo ha venido haciendo, con aquellos Contribuyentes que tienen procedimiento coactivo y no puedan cumplir con sus acreencias al contado, estableciendose que las deudas MORDAZA canceladas como MORDAZA en tres cuotas de periodicidad mensual; en el caso que las deudas sobrepasen los S/. 400.00 Nuevos Soles, y cuando la situacion economica del Obligado no le permita cumplir con cancelar sus acreencias en este plazo, es decir en caso de contribuyentes que no cuenten con el beneficio de exoneracion y en casos que tengan informe de la Oficina de Bienestar Social en los que no MORDAZA bienes susceptibles de embargo, y otras circunstancias que a criterio de la Ejecutoria Coactiva amerite otorgar facilidades de pagos a cuenta, en estos casos la mencionada Oficina queda autorizada a otorgar al Obligado plazo mayor para el cumplimiento de su obligacion para con la Municipalidad. Articulo Segundo.- Que, las facilidades de pagos a cuenta al que se refiere el Articulo Primero, deberan ser plasmados en un documento que debera ser firmado por el Obligado con el Vº Bº del Auxiliar Coactivo en los casos que MORDAZA fraccionados por tres meses y en los casos que se otorgue mayor plazo debera tener el Vº Bº de la Ejecutora Coactiva, dejandose MORDAZA en el mismo que el incumplimiento del pago en las fechas pactadas acarreara el incremento automatico de las moras, intereses y reajustes con la consecuente ejecucion forzosa del total de la deuda, incluyendose las costas y los gastos procedimentales. Articulo Tercero.- Establecer como Monto Minimo de Remision de Valores a la via Coactiva el monto de S/. 200.00 Nuevos Soles, autorizandose a la Direccion de Administracion Tributaria, que mediante la Division de Control y Recaudacion viabilice y agote las vias de cobranza de los valores no remitidos a la via coactiva, a fin de hacer efectiva la acreencia Tributaria y/o No Tributaria, precisandose que los que se encuentren en cobranza coactiva con este monto como deuda insoluta remitida por la Administracion, deberan ser Suspendidos y remitidos a la via administrativa. Articulo Cuarto.- Disponer que la Oficina de Ejecutoria Coactiva proceda sin Resolucion previa, mediante su Auxiliar Coactivo y sus notificadores a notificar en todos los procedimientos de cobranza por el plazo de Cinco Dias Habiles, luego de notificado el plazo establecido en el Articulo 14º de la Ley Nº 26979 - Ley de Ejecucion Coactiva, de aquellos obligados que no hayan cumplido con su obligacion dentro del plazo establecido en la Ley, a fin de que estos puedan acogerse a las facilidades de pagos a cuenta y tengan otra oportunidad para cumplir con su obligacion dineraria con la Municipalidad, en caso de que el obligado no cumpla con su obligacion vencido este plazo adicional, procedera el Auxiliar Coactivo a realizar una verificacion domiciliaria, a fin de agilizar el procedimiento, debiendo levantar un acta en la que se consigne informa-

cion actualizada sobre si el domicilio estuviere abandonado, si existen arrendatarios u otros hechos que puedan impedir la ejecucion de la medida de embargo o lo MORDAZA ineficaz, para lo cual debera anexar al Acta las pruebas meritorias que se puedan recabar, dejandose MORDAZA de la misma en la que se MORDAZA constar el Aviso de Embargo, y la inminente ejecucion de la medida cautelar por incumplimiento de la obligacion sin que esto signifique un costo adicional dentro del procedimiento coactivo para el obligado, dando fe de este acto. Articulo Quinto.- Encargar a la Direccion Municipal, como Direccion de Administracion Tributaria y Ejecutoria Coactiva, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 2846

Aprueban la Reduccion del Arancel de Gastos y Costas del Procedimiento de Cobranza Coactiva para Obligaciones Tributarias y No Tributarias
ORDENANZA Nº 046-MDR

MORDAZA, 29 de enero del 2002 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Distrital del MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha, bajo la presidencia de la Alcaldesa, Eco. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con la asistencia de los senores Regidores: MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nunton, MORDAZA Castaneda MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Armijo MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Pintado de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Lazo; se trato como punto de agenda el proyecto de Ordenanza sobre la Reduccion de Arancel de Gastos y Costas del Procedimiento de Cobranza Coactiva de la Municipalidad; CONSIDERANDO: Que, con fecha 23.SET.98 se publico la Ley de Procedimiento de Ejecucion Coactiva Nº 26979, la misma que establece el MORDAZA legal de los actos de ejecucion coactiva que ejercen las entidades de la Administracion Publica Nacional en virtud de las facultades otorgadas por las leyes de sus materias especificas y; asimismo, constituye el MORDAZA legal que garantiza a los obligados el desarrollo de un debido procedimiento coactivo; Que, la Primera Disposicion Complementaria y Transitoria de la Ley Nº 26979, establece que cada Gobierno Local aprobara mediante Ordenanza el Arancel de Gastos y Costas Procesales de los Procedimientos, el cual tendra como tope MORDAZA el que establezca el Ministerio de Economia y Finanzas mediante Resolucion Ministerial; Que, al no haberse publicado la Resolucion Ministerial por parte del Ministerio de Economia y Finanzas que establece el citado tope, la Municipalidad del MORDAZA publica con fecha 23.JULIO.99, la Ordenanza Nº 008-99-MDR, aprobando el Arancel de Gastos y Costas del Procedimiento Coactivo de la Municipalidad Distrital del Rimac; Que, hay que tener en cuenta que en la actualidad el MORDAZA se encuentra atravesando una dificil situacion economica, lo que repercute consecuentemente en la poblacion rimense, por lo que se hace necesario aprobar un MORDAZA Arancel que reduzca las costas y que deje sin efecto algunos de los conceptos que se cobran a fin de disminuir la carga economica asumida por los obligados en los procedimientos de ejecucion coactiva, ya que es funcion de la Municipalidad coadyuvar a que el contribu-

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