Norma Legal Oficial del día 09 de febrero del año 2002 (09/02/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, sabado 9 de febrero de 2002

NORMAS LEGALES

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asignandoles funciones para la prestacion de servicios en aspectos de sanidad agraria; encontrandose refrendado por el Articulo 13º del Reglamento General de la Ley Nº 27322; aprobado por Decreto Supremo Nº 0482001-AG; Que, conforme a lo preceptuado en el Articulo 5º inciso c) del Reglamento de Organizacion y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria ­ SENASA, aprobado por Decreto Supremo Nº 24-95-AG; se tiene entre otras funciones la de coordinar y ejecutar directamente o a traves de terceros los servicios de prevencion, proteccion y control de la sanidad vegetal y animal a nivel nacional; Que, el Articulo 45º del Reglamento para el Control y Erradicacion de la Fiebre Aftosa aprobado por Decreto Supremo Nº 44-99-AG; y los Articulos 7º y 8º del Reglamento de Control de Sarna en Camelidos Sudamericanos y Ovinos, aprobado por Decreto Supremo Nº 0212000-AG; convocan a participar activamente al bloque ganadero, promoviendo la incorporacion del mayor numero de criadores y pequenos propietarios de ganado; propugnando la formacion y capacitacion de Comites Locales de Sanidad Animal; Que, se ha identificado asi mismo a lideres comunales o promotores de sanidad animal como representantes de las comunidades en el ambito local; que contribuye a dinamizar el MORDAZA de transformacion, potenciando las actividades zoosanitarias como herramienta para contrarrestar la pobreza de algunas zonas del MORDAZA y ejecutar un trabajo coordinado con el SENASA; Que, debiendose actualizar los procedimientos para la conformacion de los Comites Locales de Sanidad Animal senalados en la Resolucion Jefatural Nº 100-98-AGSENASA; asi como, adecuarlos para el reconocimiento de los Lideres Comunales como representantes de las comunidades u organizacion social basica comunal; y, En ejercicio de las funciones conferidas por la Ley Nº 27322, Decreto Supremo Nº 24-95-AG, Decreto Supremo Nº 44-99-AG, Decreto Supremo Nº 021-2000-AG, Decreto Supremo Nº 048-2001-AG, Resolucion Jefatural Nº 167-2000-AG-SENASA y con los vistos buenos de los Directores Generales de Sanidad Animal y Asesoria Juridica; y de la Directora del Programa Nacional de Fiebre Aftosa; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar los procedimientos para conformacion y capacitacion de Comites Locales de Sanidad Animal y Lideres Comunales; dentro del ambito jurisdiccional de las Direcciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria ­ SENASA. Articulo 2º.- Autorizar a los Directores de los Organos Desconcentrados del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA a reconocer mediante Resolucion Directoral a los Comites Locales o Lideres Comunales identificados dentro de su jurisdiccion. Articulo 3º.- Dejar sin efecto la Resolucion Jefatural Nº 100-98-AG-SENASA. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CARBONELL MORDAZA Jefa Servicio Nacional de Sanidad Agraria
PROCEDIMIENTOS PARA LA CONFORMACION Y CAPACITACION DE COMITES LOCALES DE SANIDAD ANIMAL (CLSA) Y LIDERES COMUNALES

les y Lideres Comunales; como: Ejecucion de medidas primarias ante una emergencia sanitaria, campanas sanitarias, acciones de seguimiento en la vigilancia zoosanitaria y otras cuando se considere necesario a nivel local o nacional. - Integrar a la comunidad para ejecutar los planes y programas de prevencion, control y/o erradicacion de enfermedades que afectan a la poblacion pecuaria. - Ejecucion de medidas primarias ante una emergencia sanitaria. - Brindar educacion sanitaria a los productores, para orientar su participacion en la atencion de problemas sanitarios que afecten a su ganado. ESTRUCTURA Los Comites Locales de Sanidad Animal, deberan estar constituidos por: § Un asesor tecnico en sanidad animal (profesional afin si lo hubiera o persona con conocimientos en sanidad pecuaria). § Una Autoridad representativa de la comunidad. Opcional por: § Autoridades locales politicas. § Un representante del sector Educacion y/o Salud. § Personas interesadas en capacitarse para atender emergencias sanitarias. Para el caso de los Lideres Comunales de Sanidad Animal deben acreditar: § Mediante documento el respaldo de la comunidad o de la organizacion social basica comunal. (Acta de reconocimiento) Opcional: § MORDAZA de haber recibido capacitacion por organismos gubernamentales afines al sector agropecuario, Universidades o Institutos Agropecuarios u ONG. § MORDAZA de participacion activa en acciones sanitarias con el SENASA. § Carta de MORDAZA de la Autoridad politica de la zona. INSTALACION Para la instalacion del Comite, es necesario que se suscriba un Acta que consigne el nombre y cargo de los participantes; se establecera las obligaciones, funciones y atribuciones conferidas a esta organizacion. En el caso de los Lideres Comunales, se suscribira un Acta en presencia del presidente de la organizacion basica comunal; donde conste el nombre, direccion, firma o huella digital y el numero de documento de identidad del Lider. Ademas se adjuntaran los documentos que acreditan que esta persona cuenta con el respaldo y apoyo comunal y de la autoridad (es) respectiva(s) de la jurisdiccion donde ejecuten actividades sanitarias; asi mismo se especificaran las obligaciones, funciones y atribuciones conferidas. Los Comites y Lideres Comunales seran reconocidos oficialmente a traves de una Resolucion emitida por la Direccion del SENASA a la que pertenecen; luego del cual se remitira una MORDAZA a nivel central. FUNCIONES DEL COMITE LOCAL O LIDER COMUNAL a. Promover la incorporacion del mayor numero de ganaderos y pequenos propietarios de la localidad, en los programas de control y erradicacion de enfermedades de la zona; en beneficio de la sanidad pecuaria de su jurisdiccion. b. Participar en los eventos de capacitacion, orientados a mejorar las habilidades y destrezas en:

OBJETIVO Lograr la participacion activa y decidida de los productores en el MORDAZA de ejecucion de los programas de sanidad animal a nivel local (jurisdiccion), mejorando la calidad y cobertura de atencion de los mismos. ESTRATEGIAS - Asignar algunas de las actividades sanitarias realizadas por personal del Servicio Oficial a Comites Loca-

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