Norma Legal Oficial del día 14 de marzo del año 2003 (14/03/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 14 de marzo de 2003

mecanismos tecnologicos conducentes a lograr mayores ahorros en materia de telefonia celular. Articulo 7º.- Acciones en materia de combustibles y asignacion de vehiculos oficiales Las dependencias y entidades de VIVIENDA, respetaran las siguientes reglas relacionadas con la asignacion y uso de los vehiculos oficiales: 7.1. Mediante Resolucion de la MORDAZA autoridad administrativa de la entidad, se aprobara la asignacion de vehiculos, la que en ningun caso superara el MORDAZA nivel organico. 7.2. Los vehiculos de las dependencias y entidades de VIVIENDA solo seran utilizados para el cumplimiento de las tareas relacionadas con las actividades inherentes al Sector, siendo conducidos por personal autorizado. 7.3. Deberan reducir el consumo de combustibles mediante: a) Estricto control del abastecimiento y consumo de combustible. b) Control y registro de kilometraje al ingreso y salida de los vehiculos por personal de Seguridad y Logistica. c) Otorgamiento de cuarenta (40) galones por mes a los vehiculos oficiales de los funcionarios de las dependencias de VIVIENDA. 7.4. Los vehiculos asignados a los distintos Proyectos de Inversion de las dependencias de VIVIENDA deberan lograr una reduccion del veinte por ciento (20%) en combustible, siendo responsabilidad de las respectivas Oficinas de Administracion velar por el cumplimiento de esta disposicion. Articulo 8º.- Racionalizacion en materia de MORDAZA chica y fondos para pagos en efectivo Las dependencias de VIVIENDA, respetaran las siguientes reglas en materia de MORDAZA chica y fondos para pagos en efectivo: 8.1. Los Titulares de Pliego o de las Entidades y Dependencias de VIVIENDA aprobaran las normas necesarias para la atencion de bienes de consumo. 8.2. El uso de la MORDAZA chica debera destinarse a lo estrictamente necesario y urgente. 8.3. El fondo para pagos en efectivo, MORDAZA chica o similares debera ser reducido en un minimo de veinte por ciento (20%) con relacion al gasto promedio de los ultimos tres (3) meses. Este monto reducido se convierte en el MORDAZA tope de gasto mensual por este concepto. Articulo 9º.- Plan de Optimizacion y Racionalizacion de la Inversion y el Gasto en el Sector VIVIENDA El Director General de la Oficina General de Programacion y Presupuesto y el Director General de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, en un plazo de cuarenta y cinco (45) dias habiles, contados a partir de la fecha de publicacion de la presente Resolucion elaboraran el Plan de Optimizacion y Racionalizacion de la Inversion y el Gasto en el Sector VIVIENDA. Las dependencias brindaran la informacion, colaboracion y cooperacion necesaria para la elaboracion y aplicacion del mencionado Plan. Articulo 10º.- Responsables de la ejecucion de la presente Resolucion Ministerial El cumplimiento de la presente Resolucion Ministerial es de responsabilidad de los titulares de las dependencias y entidades de VIVIENDA, siendo la Oficina General de Auditoria Interna del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento la encargada de fiscalizar su correcto cumplimiento. Los responsables del cumplimiento de las disposiciones contenidas en la presente Resolucion Ministerial podran delegar facultades para la implementacion de las mismas, sin eximirse de responsabilidad por el cumplimiento de los objetivos e independientemente del accionar del personal en el cual se delegue tales facultades. Articulo 11º.- Excepciones Cualquier excepcion a lo aqui dispuesto debera ser solicitada y debidamente sustentada a la Secretaria General del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento. La

Alta Direccion evaluara el requerimiento y dispondra, de ser el caso, los tramites para la expedicion de la Resolucion Ministerial correspondiente, de ser el caso. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 05031

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Designan funcionario responsable de brindar informacion a que se refiere la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 018-2003-CE-PJ MORDAZA, 28 de febrero del 2003 VISTOS: Los informes de la Gerencia General del Poder Judicial y del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, relacionados a la aplicacion de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 1º de la Ley Nº 27806, de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, establece que dicha Ley tiene como finalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la informacion consagrado en el numeral 5 del articulo 2º de la Constitucion Politica del Peru; Que, con arreglo a lo previsto en el articulo 3º de la referida Ley, todas las actividades y disposiciones de las entidades de la Administracion Publica estan sometidas al MORDAZA de publicidad; Que, corresponde al Estado adoptar medidas basicas que garanticen y promuevan la transparencia en la actuacion de las entidades de la Administracion Publica, siendo su obligacion entregar la informacion que demanden las personas en aplicacion del referido principio; Que, para tal efecto, se establece que la entidad publica designara al funcionario responsable de entregar la informacion solicitada; Que, asimismo, de acuerdo al literal a) del articulo 11º de la acotada Ley, toda solicitud de informacion debe ser dirigida al funcionario designado por la entidad de la Administracion Publica para realizar esta labor; por lo que resulta necesario efectuar dicha designacion; Que, de conformidad a lo dispuesto en el articulo 82º inciso 15) del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, es competencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial designar al funcionario responsable de entregar la informacion a que se refiere la Ley Nº 27806; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, de conformidad con el informe del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en sesion ordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Designar al economista MORDAZA MORDAZA Duenas, Secretario General de la Gerencia General del Poder Judicial, como funcionario responsable de brindar la informacion a que se refiere la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica. Articulo Segundo.- Las dependencias del Poder Judicial prestaran todo el apoyo necesario, en el plazo de Ley, al funcionario designado para el cumplimiento de sus funciones.

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