Norma Legal Oficial del día 14 de marzo del año 2003 (14/03/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 14 de marzo de 2003

De conformidad con lo dispuesto por la Cuarta Disposicion Transitoria y Final del Decreto Ley Nº 25556, Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, "Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales" y Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, "Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal" y estando a lo expuesto en el Informe Tecnico Legal Nº 0011-2003/ SBN-GO-JAR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 1 918 430,36 m2, ubicado a la altura del kilometro 4,5 de la Carretera MORDAZA a Pucusana, distrito de Pucusana, provincia y departamento de MORDAZA, segun el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolucion. Articulo 2º.- La MORDAZA Registral IX- MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente en el Registro de la Propiedad Inmueble de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MILAGRITOS MORDAZA MORDAZA Jefe (e) de Adquisiciones y Recuperaciones 04949 JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCION Nº 022-2003/SBN-GO-JAR La MORDAZA, 27 de febrero de 2003 Visto el Expediente Nº 132-2002/SBN-JAR, correspondiente al tramite de inscripcion en Primera de Dominio a favor del Estado del terreno de 591 363,22 m2, ubicado a la altura del kilometro 4+822 de la Carretera a Pucusana, distrito de Pucusana, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como finalidad incentivar el aprovechamiento economico de los bienes del Estado en MORDAZA con el interes social, promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismos para su registro, inscripcion y fiscalizacion; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta la Superintendencia de Bienes Nacionales, se identificaron terrenos ubicados en el distrito de Pucusana, provincia y departamento de MORDAZA que se encontrarian libres de inscripcion; Que, la Gerencia de la Propiedad Inmueble de la MORDAZA Registral IX-Lima, mediante Oficio Nº 2464-2002-SUNARP-Z.R.Nº IX/GPI, de fecha 29 de octubre del 2002, senala que de conformidad con el Informe Tecnico Nº 5183-2002-SUNARP-Z.R. IX/OC, el terreno de 620 954,74 m2, se ubica en MORDAZA donde no se observa inscripcion; Que, mediante Oficio Nº 4882-2002-SUNARP-RPU/ GD1, de fecha 24 de setiembre de 2002, el Registro Predial MORDAZA, sobre la base del Informe Tecnico Nº 6641-2002/GR-OC-LIMA, expedido por su Oficina de Catastro, senala que el terreno materia de consulta no esta inscrito en el Registro Predial Urbano; Que, se procedio a realizar inspeccion tecnica con fecha 29 de noviembre de 2002, sobre la base de los informes tecnicos descritos en los considerandos tercero y MORDAZA, identificando el terreno eriazo de topografia mixta de 591 363,22 m2, que forma parte del predio consultado, ubicado a la altura del kilometro 4+822 de la Carretera a Pucusana, distrito de Pucusana, provincia y departamento de Lima; Que, el inciso iv) del Articulo 3º del Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, senala que los terrenos eriazos o ribe-

renos son bienes de propiedad estatal, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio del terreno de 591 363,22 m2, descrito en el considerando precedente, de conformidad con el Articulo 3º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001, Articulo 33º del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y Directiva Nº 001-2002/SBN que regula el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado, aprobada por Resolucion Nº 011-2002/SBN; Que, los incisos h) y s) del Articulo 39º de la Resolucion de Superintendencia Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de setiembre de 2001, que aprueba el "Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales", facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones a identificar los terrenos eriazos con la finalidad de incorporarlos al dominio del Estado, asi como tambien, a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por la Cuarta Disposicion Transitoria y Final del Decreto Ley Nº 25556, Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, "Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales" y Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, "Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal" y estando a lo expuesto en el Informe Tecnico Legal Nº 0012-2003/ SBN-GO-JAR, de fecha 21 de enero de 2003; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 591 363,22 m2, ubicado a la altura del kilometro 4+822 de la Carretera a Pucusana, distrito de Pucusana, provincia y departamento de MORDAZA, segun el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolucion. Articulo 2º.- La MORDAZA Registral IX- MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente en el Registro de la Propiedad Inmueble de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MILAGRITOS MORDAZA MORDAZA Jefe (e) de Adquisiciones y Recuperaciones 04950 JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCION Nº 026-2003/SBN-GO-JAR La MORDAZA, 3 de marzo de 2003 Vistos el Expediente Nº 012-2003/SBN-JAR, correspondiente al tramite de inscripcion en primera de dominio a favor del Estado del terreno denominado "Parcela H-2" de 1 712 130,97 m2, ubicado en la MORDAZA denominada "Los Humedales de Ventanilla", distrito de Ventanilla, provincia del Callao; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como finalidad incentivar el aprovechamiento economico de los Bienes del Estado en MORDAZA con el interes social, promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismos para su registro, inscripcion y fiscalizacion; Que, mediante Ley Nº 26410, se crea el Consejo Nacional del Ambiente, -CONAM- como organismo rector de la politica nacional ambiental que tiene a su cargo la coordinacion intersectorial entre las entidades y dependencias publicas con competencias en materia ambiental; Que, mediante Decreto del Consejo Directivo Nº 0182002-CD/CONAM, emitido por el Consejo Nacional del Ambiente, se crea el Grupo Tecnico Humedales de Ventanilla en el MORDAZA de la Comision Ambiental Regional del

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