Norma Legal Oficial del día 17 de octubre del año 2003 (17/10/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, viernes 17 de octubre de 2003

NORMAS LEGALES

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VISTO, el Oficio Nº 12032-2003-IN-1702 del 3JUL2003, del Director General de la Direccion de Control de Servicios de Seguridad Privada, Control de MORDAZA, Municion y Explosivos de Uso Civil - DICSCAMEC, solicitando se autorice al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior a interponer denuncia penal contra los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA AZURZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA BRENA LA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por el delito contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsedad Generica y otros en agravio del Estado; CONSIDERANDO: Que en circunstancias que los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA AZURZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA pretendian renovar la Licencia de Posesion y Uso de Arma de Fuego de Uso Civil, se detecto que los sellos y firmas del Mayor PNP MA MORDAZA MORDAZA MORDAZA quien se desempena como Subdirector de Administracion de MORDAZA y realiza la verificacion fisica de las mismas, eran falsificados; Que la Defensa de los intereses del Estado esta a cargo de los Procuradores Publicos de conformidad con el Art. 47º de la Constitucion Politica del Peru concordante con el D.L. Nº 17537 - Ley de Representacion y Defensa Judicial del Estado, modificado por el D.L. Nº 17667; Estando a lo propuesto por la Direccion General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior con el Informe Nº 3697-2003-IN del 11JUL2003, lo informado por la Direccion General de Control de Servicios de Seguridad Privada, Control de MORDAZA, Municion y Explosivos de Uso Civil y lo opinado por la Oficina de Asesoria Legal con la Devolucion Nº 233-2003-IN-1706 del 30JUL03; y, De conformidad con lo prescrito en el Decreto Ley Nº 17537 "Ley de Representacion y Defensa del Estado en Asuntos Judiciales" y Decreto Ley Nº 17667 que modifica algunos articulos del Decreto Ley Nº 17537; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior para que interponga la Denuncia Penal correspondiente contra los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA AZURZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA BRENA LA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de acuerdo a los considerandos expuestos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA C. Ministro del Interior 18912

(46,100 kg) de ACIDO SULFURICO, Veinte kilogramos con ochocientos gramos (20,800 kg) de ACIDO CLORHIDRICO, Tres kilogramos (3,000 kg) de ETER ETILICO, Setecientos gramos (0,700 kg) de PERMANGANATO DE POTASIO, Un kilogramo (1,000 kg) de CARBONATO DE SODIO, Veinticuatro kilogramos con ochocientos gramos (24,800 kg) de ACETONA Dos kilogramos con cuatrocientos gramos (2,400 kg) de BENCENO y Treinta y cinco kilogramos (35,000 kg) de HIPOCLORITO DE SODIO, susceptibles de transferir a la entidad solicitante; Que, de acuerdo a las disposiciones legales vigentes sobre la materia es pertinente la transferencia de Insumos Quimicos al Laboratorio Regional de Criminalistica III - DIRTEPOL - Trujillo. Que, es necesario adoptar las medidas de seguridad y control adecuados para garantizar la transferencia con la intervencion de las autoridades senaladas en la Legislacion vigente; Estando a lo propuesto por la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas y a lo opinado por la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior; y, De conformidad a lo establecido en el Articulo 79º inciso d) de la Ley de Represion del Trafico Ilicito de Drogas aprobada por Decreto Ley Nº 22095 y en el Art. 46º del Decreto Supremo Nº 008-93-ITINCI Reglamento del Decreto Ley Nº 25623, sobre Control y Fiscalizacion de Productos e Insumos Quimicos que intervienen en la elaboracion de Pasta Basica de Cocaina y otros. SE RESUELVE: Articulo 1º .- Transferir al Laboratorio Regional de Criminalistica III - DIRTEPOL - MORDAZA Cuarenta y seis kilogramos con cien gramos (46,100 kg) de ACIDO SULFURICO, Veinte kilogramos con ochocientos gramos (20,800 kg) de ACIDO CLORHIDRICO, Tres kilogramos (3,000 kg) de ETER ETILICO, Setecientos gramos (0,700 kg) de PERMANGANATO DE POTASIO, Un kilogramo (1,000 kg) de CARBONATO DE SODIO, Veinticuatro kilogramos con ochocientos gramos (24,800 kg) de ACETONA Dos kilogramos con cuatrocientos gramos (2,400 kg) de BENCENO y Treinta y cinco kilogramos (35,000 kg) de HIPOCLORITO DE SODIO, para el uso diario en la elaboracion de reactivos y de examenes periciales utilizados en las areas de Quimica y Toxicologia Bromatologia, descarte de Droga (Cannabis Sativa); asi como en Ingenieria, Balistica y Biologia. Articulo 2º .- La Oficina Ejecutiva de Control de Drogas procedera a la entrega de los Insumos Quimicos al Jefe de la Oficina Territorial de Criminalistica - MORDAZA en presencia del representante del Ministerio Publico, previo pesaje y analisis certificado por un profesional quimico del Laboratorio Central de la Direccion de Criminalistica de la Policia Nacional del Peru. Articulo 3º .- El Jefe de Oficina Territorial de Criminalistica - MORDAZA adoptara las medidas necesarias que garanticen el debido uso; asimismo informara pormenorizadamente a la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas sobre la utilizacion de los Insumos Quimicos, transferidos a merito de la presente Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA C. Ministro del Interior 18951

Transfieren diversos insumos quimicos al Laboratorio Regional de Criminalistica III - DIRTEPOL - MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1914-2003-IN-1101 MORDAZA, 13 de octubre del 2003 Visto, el Oficio Nº 592-03-III DIRTEPOL-OFIATC/DFQ. de 25.JUNIO.2003, con el cual el Jefe de la Oficina Territorial de Criminalistica - MORDAZA solicita a la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas del Ministerio del Interior - OFECOD, la transferencia de Insumos Quimicos Fiscalizados, con la finalidad de ser utilizados por el Laboratorio Regional de Criminalistica III - DIRTEPOL - MORDAZA para el uso diario en la elaboracion de reactivos y de examenes periciales utilizados en las areas de Quimica y Toxicologia Bromatologia, descarte de Droga (Cannabis Sativa); asi como en Ingenieria, Balistica y Biologia. CONSIDERANDO: Que, en el Deposito Oficial de Insumos Quimicos del Ministerio del Interior, bajo responsabilidad de la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas - OFECOD, existe en stock, entre otros, Cuarenta y seis kilogramos con cien gramos

FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 012-2003-IN Mediante Oficio Nº 2743-2003-IN-0604 el Ministerio del Interior solicita se publique Fe de Erratas del Reglamento de la Ley del Sistema de Seguridad Ciudadana, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2003-IN, publicado en la edicion del 8 de octubre de 2003, en la pagina 252680. TITULO II, Capitulo I, Articulo 7º DICE: El Consejo Nacional del Sistema de Seguridad Ciudadana en adicion alas funciones establecidas en el ar-

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