Norma Legal Oficial del día 17 de octubre del año 2003 (17/10/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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5.2. PROCEDIMIENTO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 17 de octubre de 2003

5.2.1. Tipos de Servicio: Podra solicitarse por medio del Servicio de Publicidad Registral en Linea, la expedicion de copias literales de partidas registrales (completas o parciales); asi como Certificados Negativos / Positivos, de partidas registrales que se hallen disponibles por medio del Servicio de Publicidad Registral en Linea de la SUNARP. a) Solicitud de Certificados Negativos / Positivos: Consiste en pedir a una Oficina Registral que expida un certificado en donde conste si una determinada persona tiene o no alguna partida inscrita en determinado Registro de la misma, correspondiente al MORDAZA de certificado solicitado. En este ultimo caso, por la naturaleza de estos certificados expedidos de acuerdo a este procedimiento, el Registrador no debe especificar ningun detalle de estas partidas. De acuerdo al presente procedimiento, si no existe inscripcion el resultado de la verificacion sera negativo y, en caso contrario, sera positivo. Los certificados que pueden solicitarse de acuerdo al presente procedimiento son: - Certificado Negativo / Positivo de testamento. - Certificado Negativo / Positivo de Sucesion Intestada. - Certificado Negativo / Positivo de Registro Personal. - Certificado Negativo / Positivo de Persona Juridica. - Certificado Negativo / Positivo de Propiedad Inmueble. - Certificado Negativo / Positivo de propiedad Vehicular. El procedimiento establecido por la presente Directiva considera unicamente la certificacion de existencia o inexistencia de una inscripcion en los registros correspondientes, de manera que si la inscripcion no existe, se expedira un certificado negativo, y si la inscripcion existe, se expedira uno positivo, sin agregar mas datos que la certificacion en el sentido de que si existen inscripciones bajo el criterio de busqueda solicitado por el usuario (esta caracteristica diferencia a estos certificados de los certificados positivos expedidos en las Oficinas Registrales). La tasa registral por la expedicion de estos certificados es la misma que se encuentre vigente para los certificados negativos correspondientes a cada uno de los registros indicados, en las normas respectivas. b) Solicitud de MORDAZA Literal: Consiste en pedir a una Oficina Registral que expida una MORDAZA literal impresa de una Partida Registral (sea esta completa o parcial), firmada y sellada por el Registrador correspondiente. La tasa registral para la expedicion de copias literales es la misma que se encuentra vigente para estos servicios. 5.2.2. En cada caso concreto, si el resultante de la publicidad registral debiera ser entregado en un lugar diferente de una Oficina Registral, sera aplicable ademas la tasa por mensajeria registral establecida en las normas correspondientes. 5.2.3. Forma de solicitar los Servicios: Los servicios a los que se refiere la presente Directiva podran ser solicitados por los usuarios, de cualquiera de la siguientes maneras: a) Por Internet, accediendo a la pagina web del Servicio de Publicidad Registral en Linea, a traves de las opciones y enlaces habilitados para ello. En este caso, se requiere estar suscrito al servicio, contando con una cuenta de usuario externo; el pago podra realizarse con cargo a la cuenta prepago del usuario, o con las opciones de pago en linea disponibles en la pagina web del Servicio de Publicidad Registral en Linea. b) Personalmente, en cualquiera de las oficinas de la SUNARP a nivel nacional. En este caso no se requiere suscripcion al servicio y el pago puede realizarse en efectivo o por cualquiera de los medios de pago habilitados en las MORDAZA de las Oficinas Registrales. 5.2.4. Contenido de la Solicitud: Las solicitudes deberan contener la siguiente informacion: El objeto de la solicitud, los datos del solicitante y los datos del destinatario.

Toda la informacion requerida para completar las solicitudes se consignara a traves de las pantallas de recojo de datos que para el efecto han sido habilitadas en el Servicio de Publicidad Registral en Linea. 5.2.5. Distribucion de la solicitud: Las solicitudes seran distribuidas de acuerdo al criterio siguiente: a) Si la Oficina Registral especificada en el objeto de la solicitud es la misma que corresponde a los datos del destinatario, entonces la solicitud sera asignada a uno de los Registradores de esa Oficina Registral. b) Si las oficinas especificadas en el objeto de la solicitud y los datos del destinatario son diferentes, entonces la solicitud sera asignada a un Registrador en cada una de las oficinas involucradas. El MORDAZA de distribucion de las solicitudes es automatico, y se halla controlado por el sistema informatico del Servicio de Publicidad Registral en Linea. 5.3. MORDAZA de atencion: La atencion de los certificados se divide en dos partes: a) Verificacion: Tiene por objeto la evaluacion de la solicitud y la comprobacion de los resultados de la misma. Se encarga de esta etapa el Registrador de la oficina registral donde se origina la informacion (Registrador de origen). b) Expedicion y Despacho: Consiste en la impresion de las copias o el certificado resultante de la verificacion, su firma por parte del Registrador (Registrador de destino), y su despacho para ser entregado al usuario. La certificacion emitida incorporara, en forma automatica, la indicacion de la fecha y hora en que se realizo la verificacion. 5.3.1. Atencion de solicitudes de MORDAZA literal: a) Registrador de Origen: (Verificacion). - El Registrador de Origen utilizara las herramientas de la Extranet para verificar el contenido de la partida y/o asiento que sea objeto de la solicitud. - Seguidamente, utilizara los servicios informaticos de busqueda de partidas del aplicativo de registro, y verificara que la informacion mostrada en el mismo guarde exacta correspondencia con la que ya ha sido verificada en la Extranet. - En caso existieran discrepancias entre la informacion mostrada en el aplicativo de registro y la Extranet, procedera a solicitar que se realice la replicacion. Si no puede realizarlo directamente, solicitara al Area de Informatica de la correspondiente MORDAZA Registral para que se lleve a cabo la replicacion. - Si la partida no existe, se declarara la improcedencia de la solicitud y se MORDAZA por concluida la verificacion. En este supuesto el usuario tendra derecho a solicitar la devolucion del monto descontado de su cuenta prepago por este servicio. - Si la partida no tiene replicaciones pendientes, o las que estuvieron pendientes ya se han realizado, y subsistieran las discrepancias, debera informar inmediatamente al Area de Informatica de la correspondiente MORDAZA Registral para que identifique la causa del problema y lo solucione. - Una vez verificado que la partida mostrada en el aplicativo de registro, guarda una exacta correspondencia con la mostrada en la Extranet, incluyendo la informacion sobre titulos pendientes, se MORDAZA por concluida la verificacion, certificando el resultado de la misma al marcar la opcion correspondiente en el modulo de atencion de solicitudes de certificados de la extranet y aceptar con su clave secreta. - El Registrador de Origen es responsable por el contenido de esta certificacion. b) Registrador de Destino: (Despacho). - El registrador de Destino recibe el resultado de la verificacion realizada por el Registrador de Origen por medio del Sistema Informatico habilitado para ello, el mismo que guarda las medidas de seguridad necesarias. Imprime las copias solicitadas y suscribe las certificaciones necesarias con su nombre.

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