Norma Legal Oficial del día 17 de octubre del año 2003 (17/10/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

MORDAZA, viernes 17 de octubre de 2003 CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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Que el articulo 198º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, establece que la Capital de la Republica tiene un regimen especial en la Ley Organica de Municipalidades; Que en concordancia con ello, el articulo 151º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 otorga a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, competencias y funciones especificas irrestrictas de caracter local, metropolitano y regional; Que, en ese sentido, es especial competencia de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, el planificar, regular y gestionar el transporte publico, de conformidad con lo establecido en el articulo 161º inciso 7) numeral 7.1 de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; Que el articulo 5º de la Ordenanza Reglamentaria del Servicio Publico de Transporte MORDAZA e Interurbano de Pasajeros en Omnibus y Otras Modalidades para la Provincia de MORDAZA Nº 104 y sus modificatorias, dispone que la Direccion Municipal de Transporte MORDAZA autorizara la prestacion del servicio regular; Que la Ordenanza MORDAZA del Transporte Terrestre la Provincia de MORDAZA Nº 131, establece que en MORDAZA con sus normas, se dictaran los Decretos de Alcaldia de complementacion, prolongacion o desarrollo, segun sea el caso; Que en la actualidad, existen personas juridicas cuyos permisos de operacion para prestar el servicio publico de transporte regular de pasajeros fueron ampliados por el articulo 1º del Decreto de Alcaldia Nº 066, del 21 de enero del 2003, publicado el 24 del mismo mes y ano, en el Diario Oficial El Peruano, hasta que esta Administracion determine las acciones a seguir en materia de transporte MORDAZA en la provincia de Lima; Que asimismo, el Decreto de Alcaldia MORDAZA citado, en su articulo 2º dispuso la ampliacion de la vigencia de las tarjetas de circulacion de los vehiculos de las flotas vehiculares de las personas juridicas senaladas en el considerando anterior, por un plazo de 90 dias calendario, siempre que cumplieran con lo establecido en la Resolucion Directoral Municipal Nº 607-2000-MML/DMTU; Que la Resolucion Directoral Municipal Nº 607-2000MML/DMTU y sus modificatorias, prescribe que las tarjetas de circulacion seran renovadas luego de que el vehiculo apruebe la constatacion de caracteristicas, que son efectuadas anualmente; Que de conformidad con el articulo 2º del Decreto de Alcaldia Nº 066, diversos vehiculos han aprobado la constatacion de caracteristicas, por lo que es necesario que cuenten con una nueva tarjeta de circulacion que los habilite a prestar el servicio publico de transporte regular de pasajeros, de manera cierta en una ruta especifica y para una determinada persona juridica, por el plazo en que las referidas constataciones debidamente aprobadas se encuentren vigentes; Que es conveniente, en el caso de los vehiculos que no han aprobado la respectiva constatacion de caracteristicas, o esta se halle vencida o por vencer, o su inclusion sea pretendida por las personas juridicas MORDAZA aludidas, que puedan obtener sus tarjetas de circulacion, previa aprobacion de la constatacion de caracteristicas, las cuales seran expedidas por el plazo de un ano, de conformidad con la Resolucion Directoral Municipal Nº 607-2000-MML/ DMTU; De conformidad con la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y las Ordenanzas Nº 104 y 131; DECRETA: Articulo 1º.- Las personas juridicas concesionarias o autorizadas a prestar servicio publico de transporte regular de pasajeros por la Direccion Municipal de Transporte MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, cuyos vehiculos conformantes de su flota para una ruta determinada que, a la fecha de publicacion del presente Decreto, cuenten con una constatacion de caracteristicas aprobada y vigente, podran solicitar la expedicion de su nueva tarjeta de circulacion por el plazo de vigencia de la constatacion de caracteristicas anual; o podran optar por aprobar nueva constatacion de caracteristicas, para obtener nueva tarjeta de circulacion a una vigencia de un ano. Articulo 2º.- En el caso de que las personas juridicas senaladas en el articulo 1º cuenten con vehiculos que no han aprobado la correspondiente constatacion de caracteristicas o esta se halle vencida o por vencer, o pretenda

incluir nuevos vehiculos en su flota, deberan aprobar la respectiva constatacion de caracteristicas, a fin de obtener la tarjeta de circulacion con vigencia de un ano. Articulo 3º.- En todos los casos, sera obligatorio que los vehiculos cuenten con poliza de seguro vigente, de conformidad con la normatividad aplicable, por el mismo periodo por el que se expedira la tarjeta de circulacion. En caso de que al periodo de vigencia de la poliza sea menor al periodo de vigencia de la constatacion de caracteristicas, primara el de la poliza para determinar el plazo de vigencia de la tarjeta de circulacion. Articulo 4º.- Los tramites se sujetaran a los procedimientos consignados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Articulo 5º.- De conformidad con la Ordenanza Nº 104, la Direccion General de Transportes sancionara con cancelacion de la concesion o autorizacion a aquellas personas juridicas concesionarias o autorizadas a prestar servicio publico de transporte regular de pasajeros por la Direccion Municipal de Transporte MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, que: 1. Cuenten ademas con otra concesion, autorizacion o algun otro titulo que bajo cualquier denominacion MORDAZA expedido autoridad no competente para prestar indebidamente servicio publico de transporte regular de pasajeros dentro de la provincia de Lima; o 2. Uno o mas vehiculos de su flota vehicular cuente con tarjetas de circulacion expedidas por autoridad no competente que las habilite a prestar servicio indebido dentro de la provincia de Lima. La presente disposicion no incluye a las autorizaciones, concesiones y tarjetas de circulacion expedidas en el MORDAZA de los convenios celebrados entre la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y la Municipalidad Provincial del Callao. Articulo 6º.- Encargar a la Direccion Municipal de Transporte MORDAZA, el cumplimiento del presente Decreto. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA de MORDAZA 18899

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Aprueban transferencias de recursos y modificacion del Plan de Adquisiciones por los montos establecidos en reprogramacion presupuestaria
ACUERDO DE CONCEJO Nº 045 La MORDAZA, 30 de septiembre de 2003 Visto en Sesion Extraordinaria de Concejo celebrada con fecha 30 de septiembre del 2003, el Informe Nº 1842003-DPPE/MDLV del 26 de septiembre del 2003 sobre la Primera Modificacion del Presupuesto Institucional 2003 de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, por Creditos Suplementarios (ampliaciones) y por Transferencias de Recursos (creditos y Anulaciones Presupuestarias) CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 007-03/MDLV del 17 de enero del 2003 se aprobo el Presupuesto Institucional de Apertura 2003 por un monto de S/. 56'272,261 y por Resolucion Nº 0061-03-ALC/MDLV de fecha 20 de marzo del 2003 se promulgo dicho Presupuesto Institucional de Apertura; Que, la Direccion de Planificacion, Presupuesto y Estadistica, ha efectuado la revision y analisis de la Ejecucion Presupuestaria del Primer Semestre del Ano Fiscal 2003, estableciendo que de los 56'272,261 del Presupuesto de Apertura ha ingresado 16'666,604 , 29.62% de lo presupuestado;

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