Norma Legal Oficial del día 11 de agosto del año 2004 (11/08/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 11 de agosto de 2004

mision Organizadora de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA de MORDAZA de Amazonas, emitio la Resolucion Presidencial Nº 205-2004-UNAT-A-CO/P, mediante la cual se le Instauro MORDAZA Administrativo Disciplinario, al docente MORDAZA MORDAZA MORDAZA CHUQUIJA, Profesor Auxiliar TC de la Facultad de Ciencias de la Educacion de esta MORDAZA Superior de Estudios; Que, el Tribunal de Honor esta facultado para investigar las presuntas faltas administrativas disciplinarias incurridas por docentes y alumnos de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA de MORDAZA de Amazonas, siguiendo el procedimiento establecido en el Titulo III del Reglamento del Tribunal de Honor, aprobado mediante Resolucion Presidencial Nº 221-2003-UNAT-A-CO/P, de fecha 4 de setiembre del 2003. En consecuencia el Tribunal de Honor de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA de MORDAZA de Amazonas, tiene competencia para conocer el caso, referido al docente MORDAZA MORDAZA MORDAZA CHUQUIJA; Que, en el presente caso el Docente MORDAZA MORDAZA MORDAZA CHUQUIJA, es notificado con la apertura de MORDAZA con fecha 25 de junio del 2004, para que en su oportunidad levante los cargos que se le imputan de Presunto Abandono de cargo, falta tipificada en el literal k) articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276 y por falsificacion y/o adulteracion de documentos y su utilizacion con el fin de acreditar hechos inexistentes, falta tipificada en el inciso e) articulo 26º del Reglamento del Tribunal de Honor. El docente MORDAZA MORDAZA MORDAZA CHUQUIJA, con fecha 6 de MORDAZA del 2004, presenta una solicitud de ampliacion de plazo para la MORDAZA de sus descargos, otorgandole el Tribunal de Honor un plazo MORDAZA de MORDAZA de los mismos hasta el 12 de MORDAZA del 2004; Que, con fecha 12 de MORDAZA del 2004, el Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA CHUQUIJA, ha presentado sus descargos, pero no ha desvirtuado los cargos imputados en su contra, mediante Resolucion Presidencial Nº 205-2004-UNAT-A-CO/ P asimismo no ha acreditado pruebas idoneas para desmentir , los cargos imputados, acreditando por el contrario que el Certificado Medico Nº 3026, emitido por el Medico Traumatologo, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el 6 de octubre del 2003, con diagnostico LUMBOCIATALGIA AGUDA, por lo que indica 7 dias de descanso medico, presentado a esta universidad por terceras personas, con una solicitud firmada por el propio docente, ES FALSO, debido a que el 6 de octubre del 2003, el docente se encontraba en la MORDAZA de MORDAZA y el Certificado le fue entregado por el MORDAZA de favor a su esposa la Sra. MORDAZA MORDAZA APAZA; Que, con referencia al Certificado Medico Nº 513385, emitido por el Medico Internista, Dr. MORDAZA CHUMPEN MORDAZA, emitido en la MORDAZA de MORDAZA el 6 de octubre del 2003, con el diagnostico ESPONDILO ARTROSIS LUMBAR MODERADA, el mismo que prescribe descanso medico de diez dias, no es idoneo debido a que no existe una coherencia logica con lo manifestado por el docente con referencia a que el dia 4 de octubre del 2003, sufrio un accidente en bicicleta, golpeandose fuertemente la columna y con la preocupacion compro un pasaje para viajar a la MORDAZA de MORDAZA, dejando una solicitud de licencia firmada, a su menor hija y se dispuso a viajar a MORDAZA con el objeto de recibir tratamiento especializado, sin embargo como esta demostrado con el Certificado Medico Nº 513385, fue atendido por un Medico Internista y no con un medico Traumatologo, habiendo sido atendido en un Centro Medico Parroquial Nuestra Senora MORDAZA, ubicado en Comas, y no en un Hospital de mayor nivel de los existentes en esa MORDAZA, en su descargo no presenta placas radiograficas ni otros examenes comunes en el tratamiento del caso descrito por el docente, ademas es necesario aclarar que el docente es asegurado, en consecuencia, al sufrir un accidente y/o cualquier enfermedad lo logico es acudir a un Centro Asistencial de ESSALUD, para obtener el CITT o Canjear el Certificado Medico Particular, por lo que los cargos no han sido levantados; Que, en tal sentido, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 27º del Decreto Legislativo Nº 276 y el articulo 154º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, teniendo en consideracion la gravedad de la Falta, el Tribunal de Honor Mediante el Informe del visto, recomienda que el docente MORDAZA MORDAZA MORDAZA CHUQUIJA, sea sancionado con medida disciplinaria de SEPARACION; Que, mediante acuerdo de vistos la Comision de Gobierno en Sesion Extraordinaria ratifico la sancion impuesta por el Tribunal de Honor al docente MORDAZA MORDAZA MORDAZA CHUQUIJA; Que, en tal sentido, se concluye que el mencionado docente MORDAZA MORDAZA MORDAZA CHUQUIJA debe de ser

sancionado con la medida de SEPARACION del cuerpo docente de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA de MORDAZA de Amazonas, en atencion a los considerandos indicados en el Informe del visto, presentado por el Tribunal de Honor, de conformidad con el articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, el articulo 51º de la Ley Universitaria Nº 23733, el Reglamento del Tribunal de Honor de la Universidad; y con el visto de la Oficina de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- IMPONER la sancion disciplinaria de SEPARACION del cuerpo de docentes de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA de MORDAZA de Amazonas al docente MORDAZA MORDAZA MORDAZA CHUQUIJA, Profesor Auxiliar TC, de la Facultad de Ciencias de la Educacion de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA de MORDAZA de Amazonas, por los motivos expuestos en los considerandos de la presente resolucion. Articulo Segundo.- DISPONER, que la Oficina de Asesoria Juridica de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA de MORDAZA de Amazonas, proceda a presentar la denuncia Penal correspondiente ante la Fiscalia de Turno por la presunta falsificacion de documentos en contra de quienes resulten responsables. Articulo Tercero.- HACER CONOCER la presente Resolucion al interesado y a las dependencias respectivas de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA de MORDAZA de Amazonas. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Comision Organizadora 14556

Autorizan adquisicion de Licencias Microsoft para la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
UNIVERSIDAD NACIONAL MORDAZA MORDAZA RESOLUCION R. Nº 9352-2004-UNFV San MORDAZA, 2 de agosto de 2004 Visto, el Oficio Nº 187-2004-OPE-OCLSA-UNFV, con fecha de recepcion 7.7.2004, del Jefe de la Oficina Central de Logistica y Servicios Auxiliares mediante el cual solicita la exoneracion del MORDAZA de Licitacion Publica Nacional para la adquisicion de Licencias Microsoft (Programa de Licenciamiento Microsoft School Agreement para Universidades), mediante MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia; y, CONSIDERANDO: Que, el literal f) del Art. 19º del TUO de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM establece que estan exonerados de los Procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, las contrataciones y adquisiciones, de los bienes o servicios que no admiten sustitutos; Que, una vez aprobada la exoneracion correspondiente, la contratacion debe efectuarse a traves de un MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, la misma que requerira de un Informe Tecnico-Legal previo y sera publicado en el Diario Oficial El Peruano, conforme a lo establecido en el Art. 20º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, concordante con los articulos 14º, numeral 4), literal b), de los Arts. 105º, 113º y 116º de su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA para el Ejercicio Presupuestal 2004, aprobado con Resolucion R. Nº 7707-2004-UNFV, de fecha 30.1.2004, modificado con Resoluciones Rectorales Nºs. 8633 y 9246-2004-UNFV, del 30.4.2004 y 9.7.2004, se tiene prevista la suscripcion de

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