Norma Legal Oficial del día 11 de agosto del año 2004 (11/08/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 89

MORDAZA, miercoles 11 de agosto de 2004

NORMAS LEGALES

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Autorizan adquisicion de insumos para el Programa Vaso de Leche, mediante MORDAZA de menor cuantia
ACUERDO DE CONCEJO Nº 045-2004-CMPP MORDAZA, 3 de agosto de 2004 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MORDAZA VISTO: En la Sesion Extraordinaria del Concejo de fecha 3 de agosto de 2004, el Oficio Nº 010-2004-MPP/CEPVL; el Oficio Nº 080-2004-MPP/PVL; el Informe Tecnico Nº 0012004-OA/MPP emitido por la Oficina de Administracion; el Informe Legal Nº 009-2004-MPP/OAL emitido por la Oficina de Asuntos Legales, que en su conjunto constituye el Informe Tecnico Legal que dispone el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en virtud del cual se solicita la expedicion del Acuerdo de Concejo que apruebe la declaracion en Situacion de Urgencia la Adquisicion de Insumos para el Programa del Vaso de Leche; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 010-2004-MPP/CEPVL el Presidente del Comite Especial para MORDAZA de Licitacion Publica Nº 001-2004-MPP/CE para la Adquisicion de Insumos para el Programa Vaso de Leche da cuenta que dicho Comite Especial no ha podido anunciar la propuesta ganadora en el MORDAZA de seleccion - Licitacion Publica Nacional para la Adquisicion de Insumos del Programa Vaso de Leche 2004 debido a que uno de los adquirentes de las bases solicito se eleve al CONSUCODE las observaciones formuladas indicando que estas no fueron acogidas en la integracion de las bases, por lo que dicho comite acordo elevar dichas observaciones al CONSUCODE, el mismo que a la fecha no ha dado respuesta pese a que ha transcurrido el plazo establecido por ley; Que, mediante Oficio Nº 080-2004-MPP/PVL la responsable del Programa Vaso de Leche hace de conocimiento que a la fecha no se esta cumpliendo con el reparto de la racion del Vaso de Leche para los beneficiarios debido a la falta de un pronunciamiento del CONSUCODE lo que viene perjudicando a la poblacion beneficiaria que en su mayoria constituye la poblacion de extrema pobreza sobre todo la poblacion materno-infantil, grupo prioritario en la atencion de salud y alimentacion; asimismo, existe un alto porcentaje de ninos desnutridos que en su mayoria corresponde a la poblacion de extrema pobreza, que en el ano 2000 una cuarta parte de los ninos menores de cinco anos adolecieron de desnutricion cronica (ENDES 2000), estos efectos limitan el desarrollo metal de los ninos; por lo que, solicita a la autoridad que de manera urgente y a la brevedad posible el Pleno del Concejo Municipal declare en Situacion de Urgencia la adquisicion de los insumos para el Programa del Vaso de Leche y no se continue perjudicando a los beneficiarios del Programa; Que, mediante Informe Nº 0001-2004-OA/MPP, el Jefe de la Oficina de Administracion remite el Informe Tecnico por el cual da cuenta de los saldos disponibles de los desembolsos efectuados para la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche y que a efecto de no retrasar la adquisicion y ante los reclamos de las usuarias de dicho programa debe establecerse una salida legal al problema, que de seguir esta situacion la Institucion como encargada del manejo de los fondos de transferencia para atencion del programa incurriria en faltas que son sancionadas por el Organo de Control; Que, mientras se espera el pronunciamiento del CONSUCODE o lo que corresponda, debe adoptarse el Acuerdo de Concejo Municipal por el cual se declara en URGENCIA la adquisicion de insumos para el Vaso de Leche por el

periodo de tres meses, consistente en: Hojuelas de quinua 68.5% y leche evaporada de 410 gr. 31.5% por un monto referencial ascendente a la suma de S/. 306,048.00, adquisicion que debera efectuarse dentro de la cadena funcional programatica siguiente: 0.5 Asistencia y Prevision Social, 5.3.11.24 Alimentos de Personas con cargo a la Fuente de Financiamiento 17 Recursos Ordinarios para Gobiernos Locales Transferencias del Tesoro Publico para el Programa Vaso de Leche del Presupuesto Institucional de Apertura de 2004; Que, mediante Informe Legal Nº 009-2004-MPP/OAL la Oficina de Asuntos Legales previo analisis de los antecedentes concluye que resulta factible que el Organo Normativo y Fiscalizador del Gobierno Local acuerde declarar en Situacion de Urgencia la Adquisicion de Insumos del Vaso de Leche 2004 solo por el tiempo y cantidad necesaria , teniendo en cuenta el Informe Tecnico emitido por la Oficina de Administracion de la Municipalidad; Que, mediante Acta de de fecha dos de agosto del ano en curso los miembros del Comite de Administracion del Programa Vaso de Leche, al tomar conocimiento del desabastecimiento, acuerdan se adopte la decision de declarar en Situacion de Urgencia la adquisicion de insumos del Programa de Vaso de Leche para cubrir un periodo de tres meses, de acuerdo a procedimientos y normas establecidas por Ley; Que, la Gerencia Municipal mediante Informe Nº 00172004-MPP/GM de fecha 27 de MORDAZA, solicita poner a consideracion del Concejo Municipal el pedido de declarar en Situacion de Urgencia la Adquisicion de Insumos del Programa Vaso de Leche por el plazo de tres meses a efecto de no perjudicar la atencion a los beneficiarios del Programa Vaso de Leche; Que, de los citados informes, se fundamenta validamente que ante las circunstancias descritas, se suscitara un desabastecimiento inminente de los insumos o productos del Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de MORDAZA para el ano 2004, resultando necesario Declarar en Situacion de Urgencia su adquisicion, la misma que requiere ser aprobada mediante Acuerdo de Concejo segun establece el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el D.S Nº 012-2001-PCM, mientras se espera el pronunciamiento del CONSUCODE; Que, ademas la adquisicion de insumos importa una imperiosa e irremplazable necesidad para la marcha institucional dado que su aporte en el componente nutricional que se suministra a los sectores favorecidos de la provincia, es de indole indiscutiblemente esencial, por lo que para asegurar la normalidad del abastecimiento la entidad no puede menos que encuadrar dicha exigencia de prioritario orden dentro de los supuestos facticos a que se refiere las disposiciones normativas de la materia ; Que, el articulo 2º de la Ley Nº 24059 concordante con el articulo 2.2. de la Ley Nº 27470, ha previsto que las Municipalidades son responsables de la ejecucion del Programa de Vaso de Leche, teniendo responsabilidades de ejecutar la implementacion de dicho programa en sus fases de seleccion de beneficios, programacion, distribucion, supervision y evaluacion; asimismo, el numeral 4.1. de la Ley Nº 27470 establece que el programa Vaso de Leche debera cumplir con el requisito que exige un abastecimiento obligatorio los siete dias de la semana a los ninos, habiendose declarado de prioritario interes nacional la labor que realizan los Clubes de Madres, Comites de Vaso de Leche y demas organizaciones Sociales de base mediante la Ley Nº 25307 en concordancia con los articulos 2º inciso 16) y 3º de la Constitucion Politica del Peru, en lo que se refiere al Servicio de Apoyo alimentario que brindan estas organizaciones a las familias de menos recursos; Que la normatividad MORDAZA citada esta orientada a proteger a los beneficiarios del Programa Vaso de Leche en atencion a los escasos recursos economicos con los que cuenta y en aplicacion de la funcion protectora y el caracter subsidiario del Estado, creando el deber juridico de los gobiernos locales de llevar a cabo las actividades que resulten indispensables para garantizar la ejecucion efectiva del Programa Vaso de Leche y el diario abastecimiento de Alimentos a los beneficiarios empadronados dentro de su jurisdiccion; Que, el articulo 113º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, senala que el Acuer-

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