Norma Legal Oficial del día 11 de agosto del año 2004 (11/08/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

MORDAZA, miercoles 11 de agosto de 2004

NORMAS LEGALES

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De acuerdo con lo dispuesto por el Articulo 119º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas 7 , y por el Procedimiento para la Fijacion de Tarifas en MORDAZA aprobado mediante la Resolucion OSINERG Nº 0001-2003-OS/CD, el MORDAZA de regulacion tarifaria se inicio con la MORDAZA, efectuada por el COES-SINAC el 14 de enero de 2004, del "Estudio Tecnico Economico de Determinacion de Precios de Potencia y Energia en Barras para la Fijacion Tarifaria de MORDAZA de 2004". En el siguiente cuadro se resume, en terminos economicos, la propuesta tarifaria del COES-SINAC, donde el precio promedio se halla referido al nivel del usuario final residencial:
Cuadro Nº 1.1 Propuesta Inicial de Tarifas en MORDAZA (COES-SINAC)
Vigente al 14 Ene 2004 8,64 18,81 13,21 16,55 Propuesta COES-SINAC 9,98 19,76 16,10 18,83 Incremento Propuesto 15,4% 5,0% 21,9% 13,8%

Cuadro Nº 1.2 Caso 1: Propuesta Final de Tarifas en MORDAZA (COES-SINAC)
TARIFAS Precio Promedio de la Energia Precio de la Potencia Peaje por Conexion (*) Precio Promedio Total (**) Unidades ctm S/./kWh S/./kW-mes S/./kW-mes ctm S/./kWh Vigente al 31 Ene 2004 8,64 18,81 13,21 16,55 Propuesta COES-SINAC 10,09 18,58 16,29 18,70 Incremento Propuesto 16,7% -1,2% 23,3% 13,0%

(*)

Los Peajes No consideran la Resolucion numero Uno del Primer Juzgado Contencioso Administrativo Permanente (**) Se asume Factor de Carga = 56,3% y % Energia en Horas Punta = 25,1%

TARIFAS Precio Promedio de la Energia Precio de la Potencia Peaje por Conexion Precio Promedio Total (*)

Unidades ctm S/./kWh S/./kW-mes S/./kW-mes ctm S/./kWh

Cuadro Nº 1.3 Caso 2: Propuesta Final de Tarifas en MORDAZA (COES-SINAC)
TARIFAS Precio Promedio de la Energia Precio de la Potencia Peaje por Conexion (*) Precio Promedio Total (**) Unidades ctm S/./kWh S/./kW-mes S/./kW-mes ctm S/./kWh Vigente al 31 Ene 2004 8,64 18,81 13,21 16,55 Propuesta COES-SINAC 10,09 18,58 16,43 18,74 Incremento Propuesto 16,7% -1,2% 24,4% 13,2%

(*) Se asume Factor de Carga = 56,3% y % Energia en Horas Punta = 25,1%

(*)

1.2. Primera Audiencia Publica De acuerdo con lo establecido en el Procedimiento para Fijacion de Tarifas en MORDAZA, el Consejo Directivo del OSINERG convoco a una primera audiencia publica para el 23 de enero de 2004, con el objeto que el COES-SINAC exponga su propuesta de tarifas de generacion y transmision para la regulacion tarifaria del periodo MORDAZA - octubre 2004. En concordancia con lo anterior se dispuso previamente la publicacion, en la pagina WEB del OSINERG, del Estudio Tecnico-Economico presentado por el COES-SINAC con el proposito que los agentes del MORDAZA e interesados tuvieran acceso al estudio mencionado y contaran con la informacion necesaria que les permitiera expresar sus observaciones y/o comentarios relacionados con el estudio tarifario, durante la realizacion de la audiencia publica. 1.3. Observaciones a la Propuesta del COES-SINAC Con fecha 4 de febrero de 2004, el OSINERG comunico por escrito sus observaciones, debidamente fundamentadas, al Estudio Tecnico Economico presentado por el COES-SINAC. En este mismo documento se incluyeron las observaciones y/o comentarios emitidos por los interesados durante la primera audiencia publica. Inmediatamente despues de remitido el informe de observaciones al COES-SINAC, se procedio a la publicacion del mismo en la pagina WEB del OSINERG. 1.4. Absolucion de las Observaciones El 25 de febrero de 2004, el COES-SINAC remitio su respuesta a las observaciones efectuadas por el OSINERG al Estudio Tecnico-Economico propuesto y presento un informe con los resultados modificados de su estudio. En los siguientes MORDAZA se resume la propuesta del COES-SINAC despues de la absolucion de las observaciones. Los valores indicados corresponden al precio promedio referido al nivel del usuario final residencial. La diferencia entre los dos casos propuestos por el COES-SINAC, en esta oportunidad, corresponde a los montos de VNR y COyM utilizados para fijar el peaje principal de ETESELVA S.R.L.8

Los PeajesSi consideran la Resolucion numero Uno del Primer Juzgado Contencioso Administrativo Permanente (**) Se asume Factor de Carga = 56,3% y % Energia en Horas Punta = 25,1%

En el caso de las observaciones al Estudio TecnicoEconomico del COES-SINAC que no fueron absueltas a satisfaccion del OSINERG, correspondio al OSINERG, de acuerdo con el analisis que se indica mas adelante, establecer lo correspondiente dentro de los margenes que se senalan en la Ley. 1.5. Prepublicacion de Tarifas en MORDAZA El OSINERG, como resultado de los estudios efectuados para evaluar las premisas y calculos efectuados por el COES-SINAC para la fijacion de las Tarifas en MORDAZA, dispuso mediante Resolucion OSINERG Nº 048-2004/CD, la publicacion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina WEB del OSINERG del Proyecto de Resolucion que fija las Tarifas en MORDAZA y la relacion de informacion que la sustenta. Asimismo, se dispuso que el Informe OSINERG-GART/DGT Nº 028-2004, que sustento el Proyecto de Resolucion, se publicara en la pagina WEB del OSINERG.

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Articulo 119º.- MORDAZA del 15 de marzo y 15 de setiembre de cada ano, cada COES debera presentar a la Comision el estudio tecnico-economico de determinacion de precios de potencia y energia en barras, de conformidad con las disposiciones contenidas en los Articulos 47º a 50º inclusive, de la Ley, en forma detallada para explicitar y justificar, entre otros aspectos, los siguientes: a) b) c) d) e) f) g) h) i) j) k) La proyeccion de la demanda de potencia y energia del sistema electrico; El programa de obras de generacion y transmision; Los costos de combustibles, Costo de Racionamiento considerado y otros costos variables de operacion pertinentes; La Tasa de Actualizacion utilizada en los calculos; Los Costos Marginales de Corto Plazo de energia proyectados; Los Precios Basicos de la Potencia de punta y de la energia; Los factores de perdidas marginales de potencia y de energia; El Costo Total de Transmision, discriminando los costos de inversion y los de operacion y mantenimiento tanto para el Sistema Principal como para los Sistemas Secundarios de Transmision; Los valores resultantes para los Precios en Barra; La formula de reajuste propuesta; y, Calculo del Ingreso Tarifario esperado en los Sistema Principal y Secundarios de Transmision, para la fijacion del Peaje por Conexion y del Peaje Secundario.

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Se refiere a la Resolucion Numero Uno del Primer Juzgado en lo Contencioso Administrativo Permanente.

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