Norma Legal Oficial del día 11 de agosto del año 2004 (11/08/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 90

Pag. 274276

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 11 de agosto de 2004

do que apruebe la exoneracion del MORDAZA de Seleccion al MORDAZA del articulo 19º de la Ley requiere obligatoriamente de un Informe Tecnico-Legal que justifique la adquisicion y la necesidad de la exoneracion; Que, el inciso "c" del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante D.S. Nº 012-2001PCM, establece que se encuentran exoneradas de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, las adquisiciones que se realicen en Situacion de Urgencia declarada de conformidad con la normatividad vigente en materia de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, el articulo 108º del Reglamento de la Ley Nº 26850, aprobado mediante el D.S Nº 013-2001-PCM, determina que la Situacion de Urgencia debe entenderse como un hecho de excepcion que determina una accion rapida de adquisicion o contratacion de orden temporal, sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Que, el articulo 21º del TUO de la Ley Nº 26850, establece que por Situacion de Urgencia se considera aquella en la que la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinados bienes y servicios comprometa en forma directa la prestacion de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo, facultando a la entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo necesario para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, el articulo 105º del Reglamento de la Ley Nº 26850, establece que de producirse el supuesto senalado en el articulo 19º del TUO de la Ley Nº 26850 que determina la necesidad de efectuar procesos de adjudicacion de Menor Cuantia, la entidad MORDAZA las adquisiciones o contrataciones mediante acciones inmediatas sobre la base de obtencion de una cotizacion que cumpla con los requisitos establecidos en las bases con la autorizacion expresa del titular del pleno o de la MORDAZA autoridad administrativa de la entidad segun corresponda; Que, el articulo 20º del TUO de la Ley Nº 26850 a que se refiere el articulo 19º se realiza mediante el MORDAZA de adjudicacion de Menor Cuantia, dicha exoneracion debera ser aprobado mediante el Acuerdo de Concejo Municipal en caso de los Gobiernos Locales; Que, la Ley Organica de Municipalidades articulo 34º precisa que las contrataciones y adquisiciones que realizan los Gobiernos Locales se sujetan a la ley de la materia; articulo 84º inciso 1.4 las municipalidades son competentes en ejecutar el Programa Vaso Leche y demas programas de apoyo alimentario con participacion de la poblacion; De conformidad con lo dispuesto en el inciso c) de los articulos 19º, 20º y 21º del TUO de la Ley Nº 26850, aprobado por D.S Nº 012-2001-PCM y su Reglamento aprobado por D.S Nº 013-2001-PCM, inciso 35) del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y demas normas, luego de un debate correspondiente el Concejo Municipal por mayoria; ACORDO: Articulo Primero.- DECLARAR EN SITUACION DE URGENCIA la adquisicion de insumos para el Programa Vaso de Leche de la provincia de MORDAZA por un periodo de TRES MESES, conforme lo aprobado en Sesion Extraordinaria del dia 3 de agosto de 2004, y de acuerdo al siguiente detalle:
ITEMS PRODUCTO CANTIDAD 116,468.267 34,430.400 MONTO 209,642.88 96,405.12 306,048.00

Con cargo a la fuente de financiamiento 17: Recursos Ordinarios para Gobiernos Locales Transferencias del Tesoro Publico para el Programa Vaso de Leche del Presupuesto Institucional de Apertura del 2004. Articulo Tercero.- Autorizar a la Oficina de Administracion, Unidad de Logistica, la adquisicion de los insumos mediante el MORDAZA de menor cuantia de conformidad a lo establecido por la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo Cuarto.- Disponer la publicacion del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano conforme lo dispone el inciso c) del articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, asi como la remision de MORDAZA del presente Acuerdo y de los Informes Tecnico y Legal sustentatorios, a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez (10) dias siguientes a la fecha de su aprobacion. Articulo Quinto.- Encargar a la Gerencia Municipal y Oficina de Administracion el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Acuerdo de Concejo. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA E. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 14505

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CURA MORDAZA
Declaran nulidad de adjudicacion directa selectiva convocada para la adquisicion de insumos destinados al Programa del Vaso de Leche
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 098-2004-MD.CM Cucungara, 2 de agosto del 2004 VISTOS: El Informe Nº 013-2004-MD.CM-AT del 26 de MORDAZA del 2004 y el Informe Especial Legal de fecha 30 de MORDAZA del 2004, ambos referentes a la Nulidad del MORDAZA de Seleccion Adjudicacion Directa Selectiva Nº 001-2004MD.CM; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de-Alcaldia Nº 086-2004MD.CM del 12 de junio del 2004, se designo al Comite encargado del MORDAZA de Seleccion para la Adquisicion de Insumos para el Programa del Vaso de Leche, del periodo junio a diciembre del 2004; Que, con fecha 12 de MORDAZA del 2004, el Comite MORDAZA mencionado emite el Oficio Nº 001-2004/CEA, a traves del cual remite, al Despacho de Alcaldia, las Bases Administrativas de la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 001-2004MD.CM para su Aprobacion; Asimismo, mediante Oficio Nº 003-2004/CEA-MD.CM-2004 del 14 de MORDAZA del 2004, notifica al PROMPYME la convocatoria del MORDAZA de Seleccion MORDAZA mencionado, a fin de que la mencionada Comision se encargue de difundir dicho MORDAZA entre las pequenas y microempresas; Que, mediante el Informe Nº 013-2004-MD.CM-AT, el Area de Tesoreria informa a este Despacho, que la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 001-2004-MD.CM, se viene desarrollando con un Valor Referencial ascendente a S/. 154,928.03 (Ciento cincuenta y cuatro mil novecientos veintiocho y 03/100 nuevos soles), siendo el saldo de las transferencias de la cuenta del Programa del Vaso de Leche, la suma de S/. 180,184.19 (Ciento ochenta mil ciento ochenta y cuatro y 19/100 nuevos soles), por lo que deben adoptarse las acciones del caso, con el objeto de evitar posteriores problemas con los organos de control; Que, asimismo, con el Informe Especial Legal se hace saber al Titular de la Entidad, que el presente MORDAZA de Seleccion no se ha sujetado a lo dispuesto en los articulos

Items I Leche Evaporada entera de 410 gr. (Tarros) Items II Hojuela de Quinua (Kls.)

Articulo Segundo.- Las adquisiciones de los insumos alimenticios ascienden a un monto referencial de 306,048.00 nuevos soles por la medida temporal de tres meses, adquisicion que debera efectuarse dentro de la cadena funcional programatica siguiente: 05 Asistencia y Prevision social 5.3.11.24 Alimentos de Personas

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.