Norma Legal Oficial del día 11 de diciembre del año 2004 (11/12/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, sabado 11 de diciembre de 2004

NORMAS LEGALES

Pag. 282125

gan los procedimientos necesarios para contar con la presencia de los senores: MORDAZA Martner, Director de Gestion Publica del Instituto Latinoamericano y del Caribe de Planificacion Economica y Social (ILPES) de la Republica de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, Consultor en Administracion Publica en Proyectos de Cooperacion de la Comision Europea de Bulgaria, MORDAZA MORDAZA, Consultor en Asuntos de Seguimiento y Evaluacion del Gasto Publico y MORDAZA Longo, Director del Instituto de Gestion Publica de la Escuela Superior de Administracion y Direccion de Empresas - ESADE, del Reino de Espana, MORDAZA MORDAZA, Jefa de la Division de Control de Gestion de la Direccion de Presupuestos del Ministerio de Hacienda de la Republica de MORDAZA y MORDAZA Delleville, Secretario Ejecutivo de la Asociacion Internacional de Presupuesto Publico de la Republica de Argentina; Que, siendo importante la realizacion del Primer Congreso Nacional de Presupuesto Publico y en el mismo, contar con la presencia de los senores mencionados en el considerando precedente, expertos profesionales internacionales de alto nivel, en calidad de expositores, los que desarrollaran los temas propuestos en base a las experiencias en sus respectivos paises donde se han implementado con anterioridad, procesos de reforma y modernizacion en la gestion del Estado y en especial de las administraciones publicas; es conveniente que el Ministerio de Economia y Finanzas oficialice el Primer Congreso Nacional de Presupuesto Publico, organizado por la Direccion Nacional del Presupuesto Publico; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 37º del Decreto Legislativo Nº 560 Ley del Poder Ejecutivo y el articulo 5º del Decreto Legislativo Nº 183, modificado por el articulo 3º del Decreto Legislativo Nº 325; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Oficializar el Primer Congreso Nacional de Presupuesto Publico, organizado por la Direccion Nacional del Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, que se llevara a cargo en la MORDAZA de MORDAZA, el dia 13 de diciembre de 2004, en el Auditorio del Instituto Nacional de Investigacion y Capacitacion de Telecomunicaciones - INICTEL, donde se desarrollaran temas de especial interes para los profesionales y tecnicos del MORDAZA presupuestario referidos al Servicio Civil, el Seguimiento y Evaluacion de la Calidad del Gasto Publico y la Participacion Ciudadana y el Presupuesto Participativo. Registrese, comuniquese y publiquese. PEDRO-PABLO KUCZYNSKI G. Ministro de Economia y Finanzas 22378

Autorizan a procurador iniciar acciones judiciales a presuntos responsables de la Municipalidad Provincial de Talara de la comision de delitos contra la administracion publica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 577-2004-EF/10 MORDAZA, 9 de diciembre de 2004 Visto el Oficio Nº 1185-2004-PP-EF/16 del Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economia y Finanzas; CONSIDERANDO: Que, la empresa PETROLEOS DEL PERU S.A. interpuso recurso de apelacion contra la Orden de Pago Nº 001-CF-12-97-MPT de fecha 1 de diciembre de 1997 emitida por la Municipalidad Provincial de Talara, que declaro fundada en parte la reclamacion formulada contra la Orden de Pago Nº 001-CF-96-MPT, por concepto del Impuesto Predial de los ejercicios 1992, 1993, 1994 y 1995 correspondiente al predio denominado Planta Fer-

tilizantes, siendo este recurso resuelto mediante Resolucion del Tribunal Fiscal Nº 9555-4-2001 de fecha 30 de noviembre de 2001, declarandose NULO el Oficio Nº 0021-98-CF del 19 de enero de 1998, la Resolucion de Alcaldia Nº 425-05-98-MPT, asi como todos los actos posteriores a los mismos, y declaro NULA E INSUBSISTENTE la Orden de pago Nº 001-CF-12-97-MPT ordenandose a la Municipalidad emitir MORDAZA pronunciamiento; Que, dicha empresa presento una queja contra la Municipalidad Provincial de Talara por incumplimiento de la Resolucion del Tribunal Fiscal Nº 9555-4-2001 de fecha 30 de noviembre de 2001; Que, mediante Proveidos Nºs. 01664-4-2002 y 00634-2003 de fechas 29 de noviembre de 2002 y 21 de enero de 2003 respectivamente, el Tribunal Fiscal solicito a la Administracion remita un Informe sobre los hechos que motivaron la queja, precisando de manera especial las razones por las cuales hasta la fecha no se habria dado cumplimiento a la Resolucion citada; Que, ante el incumplimiento de la Administracion, dicho Tribunal reitero lo solicitado mediante Resolucion del Tribunal Fiscal Nº 0938-4-2003 de fecha 21 de febrero de 2003; Que, mediante Resolucion del Tribunal Fiscal Nº 022104-2003 de fecha 25 de MORDAZA de 2003 se resolvio la queja interpuesta por la empresa PETROLEOS DEL PERU S.A. declarandose fundada, ordenandose a la Administracion cumplir con lo dispuesto en la Resolucion del Tribunal Fiscal Nº 9555-4-2001, debiendose emitir la resolucion correspondiente, bajo responsabilidad; Que, ante una nueva queja presentada por la misma causa, el Tribunal Fiscal a traves del Proveido Nº 612-12003 de fecha 8 de agosto de 2003, solicito a la Administracion informara el motivo por el cual hasta la fecha no habia emitido el MORDAZA pronunciamiento que debia hacerse en cumplimiento de la Resolucion del Tribunal Fiscal Nº 9555-4-2001, lo que fuera reiterado mediante Proveido Nº 999-1-2003 de fecha 28 de noviembre de 2003, otorgandose para tal efecto un plazo de veinte (20) dias habiles, sin embargo, pese al tiempo transcurrido la Administracion no cumplio con informar lo solicitado, dictandose la Resolucion del Tribunal Fiscal Nº 00711-1-2004 de fecha 10 de febrero de 2004, disponiendose que la Administracion Tributaria proceda de acuerdo a lo senalado en dicha resolucion, bajo apercibimiento de formular la denuncia penal correspondiente; Que, el articulo 156º del Codigo Tributario dispone que las resoluciones emitidas por el Tribunal Fiscal deben ser cumplidas, bajo responsabilidad, por los funcionarios de la Administracion; Que, el incumplimiento por parte de la Municipalidad Provincial de Talara a dar cumplimiento al mandato del Tribunal Fiscal, evidencia la existencia de indicios razonables de la comision de los delitos contra la Administracion Publica - Desobediencia y Resistencia a la Autoridad y Omision, Rehusamiento o Demora de Actos Funcionales, previstos y penados en los articulos 368º y 377º del Codigo Penal aprobado por Decreto Legislativo Nº 635 y normas modificatorias; Que, ademas, el Tribunal Fiscal mediante Resolucion Nº 681-3-98 de fecha 10 de agosto de 1998, que constituye jurisprudencia de observancia obligatoria, ha dispuesto que si bien carece de competencia para aplicar sanciones a los funcionarios de la Administracion Tributaria que incumplieran sus resoluciones, aquellos incurren en responsabilidad penal, la que debera hacer efectiva el Poder Judicial a traves del MORDAZA penal correspondiente, el que se inicia con la denuncia que interpone el Procurador Publico del Sector, sin perjuicio de la responsabilidad civil; Que, por lo expuesto resulta procedente autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economia y Finanzas para que, en representacion y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales pertinentes contra quienes resulten responsables de la comision de estos delitos; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru y por el Decreto Ley Nº 17537 que regula la representacion y defensa del Estado en juicio y sus normas modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Econo-

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.