Norma Legal Oficial del día 11 de diciembre del año 2004 (11/12/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

MORDAZA, sabado 11 de diciembre de 2004 CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, en concordancia con sus normas reglamentarias aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios publicos de los Ministerios, entre otras entidades, la autorizacion de viaje se otorgara por Resolucion Ministerial del respectivo Sector, la que debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepcion de las autorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, el inciso k) del articulo 15º de la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004, dispone restringir al minimo indispensable los viajes al exterior del MORDAZA en comision de servicios, estableciendo que, para el caso del Poder Ejecutivo, estos seran aprobados por resolucion suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro del sector correspondiente, con excepcion de los sectores de Relaciones Exteriores, Comercio Exterior y Turismo, asi como de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en cuyo caso se aprobaran por resolucion del Titular del Pliego correspondiente; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Direccion General de Aeronautica Civil, a fin de cumplir con los estandares aeronauticos internacionales establecidos en el Convenio de Chicago sobre Aviacion Civil y poder mantener la calificacion de Categoria I otorgada al Peru por la Organizacion de Aviacion Civil Internacional, debe mantener un programa anual de vigilancia sobre la seguridad operacional a traves de la ejecucion de inspecciones tecnicas a los explotadores aereos en el MORDAZA, basado en las disposiciones establecidas en el citado Convenio y en los estandares de la Organizacion de Aviacion Civil Internacional; Que, la empresa MORDAZA Up S.A., con Carta GM Nº 7422004, del 1 de diciembre de 2004, en el MORDAZA de los Procedimientos Nºs. 11 y 18 de la seccion correspondiente a la Direccion General de Aeronautica Civil (Inspeccion Tecnica de Aeronaves e Inspeccion Tecnica a Talleres de Mantenimiento Aeronautico para Establecimiento o Actualizacion de Especificaciones de Operacion), establecido en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002MTC, solicita a la Direccion General de Aeronautica Civil, efectuar la inspeccion tecnica por expedicion de MORDAZA de Conformidad a la aeronave Boeing 737291A de serie 21641 y la inspeccion tecnica del Taller de Mantenimiento Aeronautico de la empresa MORDAZA Up S.A., en la MORDAZA de Barranquilla, Republica de Colombia, durante los dias 13 al 17 de diciembre de 2004; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotacion Nºs. 27411, 27412 y 27413, la solicitante ha cumplido con el pago del derecho de tramitacion correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Direccion de Tesoreria del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspeccion, estan integramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viaticos y la Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto; Que, la Direccion de Seguridad Aerea de la Direccion General de Aeronautica Civil, ha emitido las ordenes de Inspeccion Nºs. 1985-2004-MTC/12.04-SDA y 19862004-MTC/12.04-SDA designando a los Inspectores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Rivero Pun, respectivamente, para realizar la inspeccion tecnica por expedicion de MORDAZA de Conformidad a la aeronave Boeing 737-291A de serie 21641 y la inspeccion tecnica al Taller de Mantenimiento Aeronautico de la empresa MORDAZA Up S.A., en la MORDAZA de Barranquilla, Republica de Colombia, durante los dias 13 al 17 de diciembre de 2004; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje de los referidos Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que les asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamen-

to, puedan realizar las inspecciones tecnicas a que se contraen las Ordenes de Inspeccion Nºs. 1985-2004MTC/12.04-SDA y 1986-2004-MTC/12.04-SDA; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619 y Ley Nº 28128 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Rivero Pun, Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la MORDAZA de Barranquilla, Republica de Colombia, durante los dias 13 al 17 de diciembre de 2004, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, ha sido integramente cubierto por la empresa MORDAZA Up S.A. a traves de los Recibos de Acotacion Nºs. 27411, 27412 y 27413, abonados a la Direccion de Tesoreria del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viaticos y tarifa por uso de aeropuerto, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos (por dos inspectores) US$ Tarifa por Uso de Aeropuerto (por dos inspectores) US$ 2,000.00 56.48

Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Articulo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los Inspectores mencionados en el Articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, deberan presentar un informe al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 22446

Modifican formatos de Certificado de Habilitacion Vehicular y de la Tarjeta de Habilitacion Generica, aprobados por la R.D. Nº 2112-2004-MTC/15
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 6316-2004-MTC/15 MORDAZA, 2 de diciembre de 2004 CONSIDERANDO: Que, el articulo 82º del Reglamento Nacional de Administracion de Transportes aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-2004-MTC y sus modificatorias - en adelante El Reglamento -, senala que el Certificado de Habilitacion Vehicular es el documento que acredita la habilitacion de cada vehiculo para la prestacion del servicio de transporte regular de personas; Que, asimismo, El Reglamento en su articulo 93º, establece que el transportista que sea titular de una o varias concesiones interprovinciales para prestar servicio de transporte interprovincial regular de personas, podra utilizar en cualquiera de sus rutas autorizadas sus vehiculos habilitados, debiendo para tal efecto solicitar a la autoridad competente, la Tarjeta de Habilitacion Generica en la cual constara la relacion de todas sus rutas autorizadas; asimismo senala que el formato de la tarjeta de habilitacion generica sera aprobado por esta Direccion General; Que, en cumplimiento a lo dispuesto en la normatividad acotada en los considerandos precedentes, es

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