Norma Legal Oficial del día 11 de diciembre del año 2004 (11/12/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

MORDAZA, sabado 11 de diciembre de 2004

NORMAS LEGALES

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zonas de MORDAZA habilitadas para el servicio de estacionamiento, las cuales son menores en zonas y en espacios a la proyectada por la Ordenanza Nº 012-2004MDSB. Que, en atencion a ello, la MORDAZA Disposicion Final y Complementaria de la Ordenanza Nº 0122004-MDSB faculta al MORDAZA a dictar a traves de Decreto de Alcaldia las disposiciones que resulten necesarias para la correcta aplicacion de la ordenanza en cuestion. Que, por tal motivo corresponde que a traves del presente Decreto de Alcaldia se cumpla con precisar el articulo 9º de la Ordenanza Nº 012-2004MDSB, recogiendo para tal efecto solo las zonas en MORDAZA aptas para el servicio que cuentan con la conformidad de la evaluacion efectuada por la DMTU. Que, en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972. SE DECRETA: Articulo Primero.- PRECISESE el articulo 9º de la Ordenanza Nº 012-2004-MDSB que establece las Zonas de Estacionamiento Vehicular habilitadas en el distrito de San MORDAZA, en los terminos siguientes: Articulo 9º.- Zonas de Estacionamiento Vehicular Establezcase como Zonas de Estacionamiento Vehicular las siguientes: Zonas de Playa: - Malecon Don MORDAZA de San MORDAZA bajadas I y II - Malecon MORDAZA Norte Baja - Bufadero - Alrededor del MORDAZA Principal TOTAL ESPACIOS Zonas en calles del distrito: (Zona Urbana): Nº Estacionamientos

Visto en Sesion Ordinaria de fecha 3 de diciembre de 2004, los Dictamenes Nº 076-2004-CAJ/MSI de la Comision de Asuntos Juridicos y Nº 002-2004-BSPS/MSI de la Comision de Bienestar, Salud y Proyeccion Social y el Informe Nº 824-2004-15-OAJ/MSI de la Oficina de Asesoria Juridica sobre la realizacion de matrimonio comunitario; y, CONSIDERANDO: Que los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y, en concordancia con el Articulo II de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que la autonomia que la Constitucion Politica del Peru y la Ley Organica de Municipalidades vigente establecen para los Gobiernos Locales, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico vigente; Que, mediante Informes Nºs. 218 y 196-2004-08.2URC/MSI, la Unidad de Registro Civil de esta Corporacion MORDAZA, propone la realizacion de un Matrimonio Civil Comunitario, con la finalidad de fortalecer la institucion del matrimonio dentro de la comunidad sanisidrina; Que, siendo una funcion basica del Estado y de los estamentos de gobierno que lo conforman, promover, proteger y formular politicas de desarrollo social, dentro de las cuales se encuentra la promocion del matrimonio como institucion natural y fundamental de la sociedad, en concordancia con el Articulo 4º de la Constitucion Politica del Estado; En uso de las facultades conferidas por el Articulo 9º y el Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, se aprobo por unanimidad y con dispensa del tramite de aprobacion el Acta la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA LA CELEBRACION DEL PRIMER MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO EN EL DISTRITO DE SAN MORDAZA - COMUNIDAD INTERNACIONAL Articulo Primero.- Autorizar la celebracion del "Primer Matrimonio Civil Comunitario" en el distrito de San MORDAZA - Comunidad Internacional, que se llevara a cabo el dia sabado 16 de MORDAZA de 2005, a horas 11:00, en las instalaciones del Estadio Municipal de San Isidro. Articulo Segundo.- Los contrayentes que se acojan a los alcances de la presente ordenanza, estaran exonerados del pago de todo MORDAZA de derechos que se encuentren relacionados a la celebracion del matrimonio. Articulo Tercero.- El costo de la publicacion del edicto matrimonial de todos los contrayentes, estara a cargo de esta Corporacion Edil. Articulo Cuarto.- Los requisitos para contraer matrimonio civil, son los senalados en el Codigo Civil. Para obtener mayor informacion al respecto, los contrayentes podran acercarse a las oficinas de la Unidad de Registro Civil para recabar los datos que estimen pertinentes. Articulo Quinto.- Encargar a la Secretaria General del Concejo, a traves de la Unidad de Registro Civil, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo Sexto.- Autorizar al senor MORDAZA para que a traves de un Decreto de Alcaldia, pueda dictar las normas reglamentarias a la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en San MORDAZA, a los nueve dias del mes de diciembre del ano dos mil cuatro. MORDAZA SALMON MORDAZA MORDAZA 22292

160 200 10 58
428 Nº Estacionamientos 52 6 12 28 65 21 184

- Frontis el Club Curayacu - MORDAZA Los Barcos, entre la plazuela y la MORDAZA MORDAZA Manco - MORDAZA MORDAZA Manco, entre las Calles Los Barcos y la Av. Mar MORDAZA - Perimetro de la Plazuela (entre la MORDAZA Barcos y la Av. Mar Pacifico) - Av. Mar MORDAZA - Av. San MORDAZA (Berma lateral) Esquina con la antigua Panamericana Sur TOTAL ESPACIOS

Articulo Segundo.- Encargar al Gerente Municipal por intermedio de las Gerencias de Administracion y Rentas y Secretaria General el cumplimiento del presente. Registrase, comuniquese y cumplase. MORDAZA L. BARTHELMESS MORDAZA MORDAZA 22302

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Autorizan celebracion de Primer Matrimonio Civil Comunitario en el distrito
ORDENANZA Nº 097-MSI EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MORDAZA

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