Norma Legal Oficial del día 27 de enero del año 2004 (27/01/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, martes 27 de enero de 2004

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

Pag. 260591

Articulo 5º.- Sustituyase el inciso b) del articulo 84º del Reglamento, por el siguiente texto: "b) Los contribuyentes que en el ejercicio gravable anterior no hubieran tenido actividades o hubieran determinado su Impuesto de acuerdo al MORDAZA Regimen Unico Simplificado o Regimen Especial del Impuesto, efectuaran sus pagos a cuenta de acuerdo a lo previsto en el inciso b) del articulo 85º de la Ley". Articulo 6º.- Deroguense los articulos 76º y 85º del Reglamento. Articulo 7º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Unica.- En tanto se dicte la Resolucion de Superintendencia a que se refiere el articulo 124º de la Ley, en el Registro de Ventas que los sujetos del Regimen Especial del Impuesto se encuentran obligados a llevar, se deberan anotar todos los ingresos que constituyan rentas de tercera categoria. Las operaciones en moneda extranjera se contabilizaran en moneda nacional convirtiendolas al MORDAZA de cambio promedio ponderado venta publicado por la Superintendencia de Banca y Seguros vigente a la fecha de la operacion. En los dias en que no se publique el MORDAZA de cambio referido, se utilizara el ultimo publicado. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiseis dias del mes de enero del ano dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Economia y Finanzas 01634

Articulo 1º.- La primera colocacion a ser realizada en el MORDAZA de lo dispuesto en el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 015-2004-EF, sera hasta por la suma de S/ . 150 000 000,00 (Ciento Cincuenta Millones y 00/100 Nuevos Soles), la cual sera efectuada en dos subastas, la primera hasta por S/. 70 000 000,00 (Setenta Millones y 00/ 100 Nuevos Soles) y la MORDAZA hasta por S/. 80 000 000,00 (Ochenta Millones y 00/100 Nuevos Soles). En el caso que sea necesario realizar la MORDAZA vuelta a que se refiere el literal b) del numeral 3 del Reglamento de la Emision y Colocacion de Bonos Soberanos en el MORDAZA Interno, aprobado por Decreto Supremo Nº 0062004-EF, el monto autorizado en el parrafo anterior podra incrementarse en los porcentajes senalados en dicho reglamento. Articulo 2º.- Las caracteristicas adicionales de la colocacion a que se refiere el articulo precedente seran las siguientes:
Emisor Moneda Valor nominal de cada MORDAZA Mecanismo de colocacion Participantes de la subasta : : : : : La Republica del Peru Nuevos Soles S/. 1 000,00 (Mil y 00/100 Nuevos Soles) Subasta a traves del sistema DATATEC Los Creadores de MORDAZA y Aspirantes a Creadores de MORDAZA designados por Resolucion Ministerial Nº 005-2004-EF/75 Holandesa Libremente negociables Mediante anotacion en cuenta en el registro contable de CAVALI ICLV S.A. A traves de CAVALI ICLV S.A. Los pagos se realizaran segun los cronogramas que se describen en el Anexo 1 incluido en la presente Resolucion Directoral.

- Modalidad de subasta - Negociabilidad - Representacion - Pago del principal e intereses

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De los bonos a ser colocados en la primera subasta: Denominacion Codigo ISIN Nemonico Fecha de vencimiento Monto de colocacion : : : : : : : : : : : Bonos Soberanos 09JUL2008 PEP01000CO43 SB09JUL08 09 de MORDAZA de 2008 Hasta S/. 70 000 000,00 (Setenta Millones y 00/100 Nuevos Soles) 9,47% nominal anual fija S/. 47,35 Al vencimiento se cancelara el integro del capital. 28 de enero de 2004 29 de enero de 2004 Precio del MORDAZA El precio a subastar no incluira los intereses corridos generados por cada bono. El monto a pagar por el inversionista que resulte adjudicatario en la subasta, sera el precio del MORDAZA fijado en la subasta mas los intereses corridos generados por cada MORDAZA adjudicado. Los intereses devengados por los Bonos Soberanos 9.JUL.2008 en 20 dias, del periodo comprendido entre el 9 de enero de 2004 y el 29 de enero de 2004 ascienden a S/. 5,20. Actualmente estan en circulacion 261 000 unidades del MORDAZA que se reabre.

Aprueban monto y caracteristicas adicionales de la primera colocacion de Bonos Soberanos a ser realizada en el mes de enero, a traves de dos subastas
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 002-2004-EF/75.01 MORDAZA, 26 de enero de 2004

- Tasa de interes - Cupon semestral - Redencion - Fecha de subasta - Fecha de liquidacion - Variable a subastar

- Monto a pagar

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CONSIDERANDO: Que, en el MORDAZA de lo dispuesto por la Ley Nº 28130, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004, el Decreto Supremo Nº 015-2004-EF autorizo la emision de Bonos Soberanos hasta por la suma de S/. 1 950 000 000,00 (UN MIL NOVECIENTOS CINCUENTA MILLONES y 00/100 NUEVOS SOLES); Que, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 5º del Decreto Supremo Nº 015-2004-EF y en el Reglamento de Emisiones y Colocaciones de Bonos Soberanos en el MORDAZA Interno, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2004-EF, las caracteristicas adicionales de los bonos seran determinadas por la Direccion General de Credito Publico, a traves de una Resolucion Directoral; Que, es necesario aprobar el monto y las caracteristicas adicionales de la primera colocacion de Bonos Soberanos a ser realizada en el mes de enero, a traves de dos subastas; en la primera se reabrira la serie de los bonos denominados Bonos Soberanos 09JUL2008, emitidos bajo el Decreto Supremo Nº 079-2003-EF y Resolucion Directoral Nº 009-2003-EF/75.01, y en la MORDAZA se subastara la serie nueva de bonos denominados Bonos Soberanos 30ENE2014; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28130 y en el Decreto Supremo Nº 015-2004-EF;

- Intereses corridos

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- Monto en Circulacion

:

De los bonos a ser colocados en MORDAZA subasta: - Denominacion - Emision Plazo Fecha de emision Fecha de vencimiento Monto de colocacion Fecha de subasta Fecha de liquidacion Variable a subastar Precio de colocacion Pago de intereses : Bonos Soberanos 30ENE2014 : Bonos bajo el concepto de Valor Adquisitivo MORDAZA (VAC) : Diez (10) anos : 30 de enero de 2004 : 30 de enero de 2014 : Hasta S/. 80 000 000,00 (Ochenta Millones y 00/100 Nuevos Soles) : 29 de enero de 2004 : 30 de enero de 2004 : Tasa de interes nominal anual : A la par : Sera establecido por la unidad responsable tomando como referencia la metodologia descrita en el Anexo 2 de la presente Resolucion Directoral.

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