Norma Legal Oficial del día 27 de enero del año 2004 (27/01/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 27 de enero de 2004

DECRETO LEGISLATIVO QUE MODIFICA LA LEY DEL IMPUESTO A LA RENTA A FIN DE CONSIDERAR LA DEDUCCION SOBRE REMUNERACIONES ESTABLECIDA EN EL ARTICULO 35º DE LA LEY GENERAL DE LA PERSONA CON DISCAPACIDAD
Articulo 1º.- Inclusion del literal z) del articulo 37° del TUO del Impuesto a la Renta. Incluyase el literal z) del Articulo 37° del Texto Unico Ordenado (TUO) de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-99-EF y modificatorias, con el siguiente texto: Articulo 37º."z) Cuando se empleen personas con discapacidad, tendran derecho a una deduccion adicional sobre las remuneraciones que se paguen a estas personas en un porcentaje que sera fijado por Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, en concordancia con lo dispuesto en el articulo 35° de la Ley Nº 27050, Ley General de la Persona con Discapacidad." Articulo 2º.-Vigencia de la MORDAZA De conformidad con lo dispuesto con el articulo 74º de la Constitucion Politica del Peru la MORDAZA contenida en el articulo anterior regira a partir del 1º de enero de 2005. El beneficio se aplica respecto de las personas que a dicha fecha esten trabajando y de las que se contraten a partir de la vigencia de la norma. DISPOSICION FINAL Unica.- Texto Unico Ordenado Por Decreto Supremo, refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, en un plazo que no excedera de ciento ochenta (180) dias calendario contados a partir del dia siguiente de publicado el presente Decreto Legislativo se expedira el MORDAZA Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta. POR TANTO: Mando se publique y cumpla, dando cuenta al Congreso de la Republica. Dado en la MORDAZA de Gobierno, a los veintiseis dias del mes de enero del ano dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Economia y Finanzas 01629

ganizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, en concordancia con el numeral 51.9 del articulo 51º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros aprobado por Decreto Supremo Nº 067-2003-PCM, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual - INDECOPI es un Organismo Publico Descentralizado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, por Decreto Supremo Nº 014-2002-ITINCI se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual - INDECOPI; Que, por Decreto Supremo Nº 110-2002-PCM se aprobaron modificaciones al Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual - INDECOPI; Que, resulta necesario efectuar adicionales modificaciones al citado Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA a fin de incluir, entre otras, las modificaciones que se derivan del Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM que aprueba el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, asi como incorporar los procedimientos a que se refiere la Ley Nº 27811, Ley que establece el Regimen de Proteccion de los conocimientos colectivos de los Pueblos Indigenas vinculados a los Recursos Biologicos, y el procedimiento de reclamos e impugnaciones contra el cobro de derechos antidumping o compensatorios a que se refiere el Decreto Supremo Nº 006-2003-PCM; Que, asimismo resulta necesario adecuar los procedimientos del citado Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA a las disposiciones de la Ley Nº 27809, Ley General del Sistema Concursal, cuya aplicacion se encontraba sujeta a plazos determinados o a reglamentacion, e incluir el Servicio de Acceso a la Informacion Generada por el Sistema Concursal (E-VALUE), a traves del cual el INDECOPI proporcionara a los interesados informacion procesada bajo distintos rubros y criterios de analisis tecnico, generada en las diferentes Comisiones de Procedimientos Concursales que operan a nivel nacional; Que, conforme a lo dispuesto por el articulo 38º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, las modificaciones del Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA de las entidades de la Administracion Publica se aprueban por Decreto Supremo del Sector, y su publicacion se efectuara cuando se trate de entidades con alcance nacional; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, modificado por la Ley Nº 27779, la Ley Nº 27789, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, el Decreto Supremo Nº 043-2003PCM que aprueba el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, y el Decreto Supremo Nº 067-2003-PCM que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros; DECRETA:

PCM
Aprueban modificacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos de INDECOPI
DECRETO SUPREMO Nº 006-2004-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, conforme a la Setima Disposicion Complementaria, Transitoria y Final de la Ley Nº 27789 - Ley de Or-

Articulo 1º.- Aprobar la modificacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, conforme al texto anexo que forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintitres dias del mes de enero del ano dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros

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