Norma Legal Oficial del día 25 de julio del año 2004 (25/07/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 25 de MORDAZA de 2004

5.10. Realizar acciones para el desarrollo de la ciudadania, el fortalecimiento de valores, la defensa de los derechos humanos, el fortalecimiento de la gobernabilidad democratica; y, en general respecto de aquello que contribuya a la creacion de un entorno social favorable a la formacion y desarrollo de las potencialidades de las personas, en igualdad de oportunidades. 5.11. Promover redes de cooperaciones institucionales locales, nacionales e internacionales que contribuyan al desarrollo y calidad de la educacion de los miraflorinos. Articulo 6º.- Instalacion y funcionamiento. Para la instalacion y funcionamiento del Consejo Participativo Local de Educacion se requiere de la asistencia de la mitad mas uno de sus miembros. La asistencia de los miembros a las sesiones de la Asamblea del Consejo o a los Grupos de Trabajo, no generan derechos de pago por dieta o retribucion alguna por parte de la Municipalidad. Articulo 7º.- Acuerdos. Los acuerdos se adoptan por mayoria calificada de los miembros presentes, pudiendo el Consejo dispensar del tramite de aprobacion del acta respectiva, para que pueda proceder lo pertinente a lo acordado por los miembros del Consejo. El registro de los acuerdos se hace por numeracion correlativa, independientemente del ano en que estos se producen, el Secretario Tecnico es responsable de su redaccion, comunicacion y custodia. Los acuerdos para su plena validez y vigencia son publicados en el MORDAZA Web de la Municipalidad de Miraflores, debiendo ser suscritos por el MORDAZA y el Secretario Tecnico. Articulo 8º.- Sesiones. Las sesiones del Consejo Participativo Local de Educacion son publicas y pueden ser: 1.- Ordinarias: cuatro veces al ano, una por cada trimestre, en las cuales ademas de otros puntos de agenda que MORDAZA propuestos por el MORDAZA o su representante, debera convocarse obligatoriamente para: a) Evaluar y emitir opinion respecto de la rendicion de cuentas de la gestion de la Unidad de Gestion Educativa Local, asi como tambien para concertar el Proyecto Educativo Local. b) Concertar el proyecto educativo local. c) Evaluar los indicadores de eficacia, eficiencia y calidad de la educacion en la jurisdiccion de Miraflores. d) Formular y concertar el Presupuesto Institucional de la Unidad de Gestion Educativa Local. 2.- Extraordinarias: cuando MORDAZA convocadas por el MORDAZA de Miraflores o su representante y para tratar exclusivamente los puntos de la agenda que son materia de la convocatoria. La comunicacion de la convocatoria sera cursada a los miembros del Consejo por el Secretario Tecnico, por encargo del MORDAZA o su representante, por lo menos con 2 dias habiles anteriores a la fecha de la convocatoria. La citacion debera contener el lugar, fecha y hora en la cual se producira la sesion. Las sesiones seran conducidas por el MORDAZA o su representante y para su desarrollo regiran las normas que corresponden al Concejo Municipal, conforme a su Reglamento Interno, en lo que sea pertinente. Articulo 9º.- Normas complementarias o reglamentarias. Facultar al MORDAZA de Miraflores, para que mediante Decreto de Alcaldia, dicte las normas complementarias y reglamentarias a que hubiere lugar, para la mejor organizacion y funcionamiento del Consejo Participativo Local de Educacion. POR TANTO:

MUNICIPALIDAD DE PUNTA NEGRA
Aprueban modificacion del Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas de la municipalidad
ORDENANZA Nº 008-2004/MDPN Punta Negra, 7 de MORDAZA del 2004 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE PUNTA NEGRA POR CUANTO: El Concejo Distrital de Punta Negra, en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 7 de MORDAZA del 2004; CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 243-C-DDU/MDPN/2004 emitido por la Direccion de Desarrollo MORDAZA, se indica que revisado el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas - CISA, de la Municipalidad aprobado mediante Ordenanza Nº 007-2003/MDPN del 15/Abr/03 y publicado el 7/May/03, propone incluir algunas Infracciones, dando su conformidad la Oficina de Rentas mediante Informe Nº 170-2004-OR-MDPN; Que, la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, dispone en su Art. 46º que las Ordenanzas determinan el regimen de sanciones administrativas por la infraccion de sus disposiciones estableciendo las escalas de multas en funcion de la gravedad de la falta asi como la imposicion de sanciones no pecuniarias; Que, asimismo, en el Art. 47º de la MORDAZA acotada dispone que el Concejo Municipal aprueba y modifica la escala de multas respectiva; Estando a lo dispuesto por el numeral 8. del Articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Distrital de Punta Negra, aprobo por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACION DEL CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA NEGRA Articulo Primero.- MODIFICAR el Cuadro de Infracciones y Aplicacion de Sanciones Administrativas - CISA, de la Municipalidad Distrital de Punta Negra, aprobado mediante Ordenanza Nº 007-2003/MDPN del 15/Abr/03 y publicado el 7/May/03, incluyendo las siguientes infracciones y sanciones administrativas en el Item de Obras Publicas (8000):
COD. 202 INFRACCION Por la instalacion de anclas para soporte de infraestructura de servicio de telefonia y otros similares sin la correspondiente Autorizacion Municipal, por cada uno. Por no solicitar conformidad de obra al termino de la instalacion de anclas como soporte de infraestructura del servicio de telefonia, luz y otro similar, por cada uno. Por cavado y excavado de zanja para el tendido de elementos infraestructurales (postes, tubos, etc) que realicen las empresas de telefonia, luz, cable y otro similar sin la correspondiente Autorizacion, por metro lineal. Por no solicitar conformidad de obra al termino de la instalacion de cavado y excavacion de zanja para el tendido de elementos infraestructurales (postes, tubos, etc.) que realicen las empresas de telefonia, luz, cable y otro similar, por metro lineal. SANCION % UIT 100% SOLES 3200

203

100%

3200

204

60%

1920

205

60%

1920

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