Norma Legal Oficial del día 10 de septiembre del año 2004 (10/09/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 10 de setiembre de 2004

el ano fiscal 2004, y en la Resolucion Directoral Nº 0472003-EF/76.01 que aprueba la Directiva Nº 001-2004EF/76.01 "Directiva para la Aprobacion, Ejecucion y Control del MORDAZA Presupuestario del Gobierno Nacional para el Ano Fiscal 2004"; Con los visados de las Gerencias de Planeamiento y de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aceptese la donacion otorgada por la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID) y autorizase un Credito Suplementario en el Presupuesto Institucional del Pliego 032 Oficina Nacional de Procesos Electorales, para el Ejercicio Presupuestario 2004, hasta por la suma de S/ . 350,000.00 (trescientos cincuenta mil con 00/100 nuevos soles), de acuerdo al siguiente detalle:
FUENTE DE FINANCIAMIENTO : Donaciones y Transferencias INGRESOS 3.0.0 3.1.0 3.1.3 3.1.3.005 TRANSFERENCIAS TRANSFERENCIAS EXTERNAS Donaciones ­ USAID TOTAL INGRESOS EGRESOS SECCION PRIMERA : PLIEGO : GOBIERNO CENTRAL OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES 001Oficina Nacional de Procesos Electorales Administracion y Planeamiento Administracion Administracion General Organizar y Ejecutar los Procesos Electorales Especializacion Tecnica para la Gestion Electoral (Nuevos Soles) 350,000.00 350,000.00 350,000.00 (Nuevos Soles)

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Jacas Chico iniciar MORDAZA de reinscripcion de nacimientos de diversos anos
RESOLUCION JEFATURAL Nº 448-2004-JEF/RENIEC MORDAZA, 23 de agosto de 2004 VISTO: El Informe Nº 891-2004-GO/SGREC/RENIEC de fecha 14 de MORDAZA del 2004 y el Informe Nº 650-2004GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 17 de junio del 2004, sobre Autorizacion de Ampliacion de MORDAZA de Reinscripcion de la Resolucion Jefatural Nº 091-2001-JEF/RENIEC, de fecha 8 de MORDAZA del 2001, respecto a la seccion de Nacimiento, de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del distrito de Jacas Chico, provincia de Yarowilca, departamento de Huanuco. CONSIDERANDO: Que, conforme a lo senalado por la Primera Disposicion Final de la Ley Nº 26497, Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, los Registros de las Oficinas de Registro de Estado Civil a que se refiere la Ley Nº 26242, deberan continuar con el MORDAZA de reinscripcion; Que, la Oficina de Registro de Estado Civil del distrito de Jacas Chico, provincia de Yarowilca, departamento de MORDAZA, se encuentra autorizada a reinscribir Matrimonios y Defunciones, mediante Resolucion Jefatural Nº 091-2001-JEF/RENIEC, de fecha 8 de MORDAZA del 2001; Que, la Oficina de Registro de Estado Civil senalada en el parrafo precedente, implemento expediente de ampliacion de autorizacion para Reinscripcion de Nacimiento, la misma que ha cumplido con los requisitos establecidos para el MORDAZA de reinscripcion solicitado, confirmandose la inexistencia de Libros de Nacimiento de los anos 1930 a 1951 y primer Libro que corresponde al ano 1960; Que, la Oficina de Registro de Estado Civil del distrito de Jacas Chico, provincia de Yarowilca, departamento de MORDAZA, ha utilizado indebidamente Libro Original de Formato Oficial del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los asientos de reinscripcion de nacimientos en las Actas Nº 61997401 y 61997402, los mismos que deberan cancelarse por Resolucion correspondiente, en aplicacion de lo senalado en el articulo 77º literal c) del Reglamento de Inscripciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM; Que, la solicitud de ampliacion de reinscripcion de la seccion de nacimiento, contenida en los informes del visto, ha sido evaluada positivamente, por lo que corresponde al Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, la aprobacion pertinente, por cuanto es el organismo constitucionalmente MORDAZA, con competencia exclusiva en materia registral; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica, y en uso de las facultades conferidas por el articulo 11º de la Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, y el articulo 11º inciso h) del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Institucion; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la solicitud de autorizacion de ampliacion de la Resolucion Jefatural Nº 091-2001-JEF/ RENIEC, de fecha 8 de MORDAZA del 2001, para la reinscripcion de Libros de Nacimiento de los anos 1930 a 1951 y primer Libro correspondiente al ano 1960, pro-

350,000.00 350,000.00 350,000.00 350,000.00

032

UNIDAD EJECUTORA : FUNCION : 03 PROGRAMA : 003 SUB-PROGRAMA : 006 ACTIVIDAD : 1 00355 COMPONENTE : 3 09070

5. GASTOS CORRIENTES 3. Bienes y Servicios TOTAL EGRESOS

Articulo Segundo.- Corresponde a la Gerencia de Planeamiento de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, solicitar a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevos Componentes, Finalidades de Meta y Unidades de Medida. Articulo Tercero.- La Gerencia de Planeamiento, instruira a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas de Modificacion Presupuestaria", que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente Resolucion. Articulo Cuarto.- Remitase MORDAZA de la presente Resolucion a la Comision de Presupuesto y Cuenta General de la Republica del Congreso de la Republica, a la Contraloria General de la Republica y a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas. Articulo Quinto.- La presente resolucion sera publicada en el Diario Oficial El Peruano, en el plazo de cinco dias habiles siguiente de aprobada, y publicada en la pagina web de la Oficina Nacional de Procesos ElectoralesONPE. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA SOLDEVILLA Jefe 16314

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