Norma Legal Oficial del día 10 de septiembre del año 2004 (10/09/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

MORDAZA, viernes 10 de setiembre de 2004

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

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Autorizan a empresa la ejecucion de obras de habilitacion MORDAZA de terreno ubicado en el distrito
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 1023 Ate, 5 de agosto de 2004 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; el Expediente Nº 24481-2002 y Anexo Nº 21992004 seguido por la Compania Inmobiliaria Promotora "Cordillera Blanca" S.A. - CIPCORSA, por el que solicitan el acogimiento al Silencio Administrativo Positivo de la Regularizacion de la Habilitacion MORDAZA Ejecutada para Uso Residencial de Densidad Media R-4, del terreno con un area de 4,800.00 m2, constituido por la U. C. Nº 10710, ubicado en el ex fundo MORDAZA Baja, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; el Informe Nº 23-AA/MDA-04 de la Asesoria de Alcaldia; el Informe Nº 1213-04-GAJ/MDA de la Gerencia de Asuntos Juridicos y los Informes Nºs. 572 y 660-04-SGPUC-GDU/MDA de la Subgerencia de Planificacion MORDAZA y Catastro; y, CONSIDERANDO: Que, los administrados, con fecha 17 de octubre del 2002, presentaron ante la Municipalidad Distrital de Ate, su pedido sobre acogimiento a la Regularizacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada, amparandose en lo dispuesto en la Ley Nº 26878 Ley General de Habilitaciones Urbanas; Que, mediante Anexo Nº 1529-2004 de fecha 23 de MORDAZA del 2004, la solicitante peticiona a la Municipalidad Distrital de Ate la aprobacion del presente tramite por efecto del Silencio Administrativo Positivo, senalando que ha transcurrido el plazo de Ley para el pronunciamiento respectivo por parte de la Municipalidad Distrital; Que, el articulo 4º del numeral 1, parrafo final de la Ley Nº 26878, Ley General de Habilitaciones Urbanas, senala que la Municipalidad Distrital debe pronunciarse en un plazo MORDAZA de 60 dias utiles de presentada la solicitud y que vencido dicho plazo operara el Silencio Administrativo Positivo; Que, mediante los Informes Legales Nº 23-AA/MDA-04 y Nº 1213-04-GAJ/MDA de fechas 6 de MORDAZA y 17 de MORDAZA del 2004 respectivamente, determinan que en el presente tramite ha operado el Silencio Administrativo Positivo; conforme se senala en el articulo 3º de la Ley General de Habilitaciones Urbanas, correspondiendole a esta Corporacion Municipal realizar las liquidaciones respectivas y expedir la Resolucion correspondiente; Que, en el Texto Unico Ordenado del Reglamento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas aprobada mediante Decreto Supremo Nº 011-98-MTC, en su articulo 23º; establece el procedimiento administrativo de Regularizacion de Habilitaciones Urbanas Ejecutadas, indicandose que dicho tramite es procedente siempre y cuando no tengan Resolucion de Estudios Preliminares o Proyectos Definitivos de Habilitacion MORDAZA, y ademas si el 50% del area total del terreno en cuestion se encuentre ocupada por viviendas cuyas caracteristicas cumplan con los requisitos establecidos en la R.M. Nº 179-99-MTC/15.04; por lo cual para el acogimiento del mencionado tramite no se exige la existencia de algun servicio basico de Habilitacion Urbana; Que, mediante Valorizacion Nº 013-2004-SGPUC-GDU/ MDA se efectuo la Liquidacion referente a Proyectos y Control de Obra de acuerdo con lo estipulado en el articulo II-XXI-4 del Reglamento Nacional de Construcciones, ascendente a un monto total de S/. 1,801.32 Nuevos Soles; y con el recibo con liquidacion Nº 0001152977, pagados en la tesoreria de esta Corporacion Municipal han acreditado la cancelacion de la mencionada Valorizacion; asi como tambien, han cumplido con los derechos administrativos correspondientes; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por el inciso 3.6.1. del Capitulo II del articulo 79º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, conforme a las disposiciones de la Ley General de Habilitaciones Urbanas y el Texto Unico Ordenado de su Reglamento, aprobados por Ley Nº 26878 y D.S. Nº 011-98MTC y a la Ley Nº 27444, articulo 32º, por estar sujeto a fiscalizacion posterior;

Articulo 1º.- APROBAR, por Silencio Administrativo Positivo, la Regularizacion del Proyecto de la Habilitacion MORDAZA Ejecutada conforme el Plano signado con el Nº 032-04-SGPUCGDU/MDA para Uso Residencial de Densidad Media R-4, correspondiente al terreno con un area de 4,800.00 m2, constituido por la U.C. Nº 10710, del Sector MORDAZA, ubicado en el ex fundo MORDAZA Baja, distrito de Ate, provincia y departamento de MORDAZA, y en consecuencia dejar sin efecto los actuados administrativos seguidos con posterioridad al plazo establecido para la aplicacion del Silencio Administrativo Positivo, quedando sujeto a fiscalizacion posterior. Articulo 2º.- AUTORIZAR, a la COMPANIA INMOBILIARIA PROMOTORA "CORDILLERA BLANCA" S.A. CIPCORSA, para ejecutar en el plazo de dieciocho (18) meses, contados a partir de la fecha de notificacion de la presente Resolucion, las obras de Habilitacion Urbana; teniendo en cuenta las caracteristicas y especificaciones tecnicas de las obras de acuerdo a la siguiente descripcion: DISENO: AREA BRUTA TOTAL AREA UTIL TOTAL AREA RECREACION PUBLICA AREA DE VIAS ENERGIA ELECTRICA: Electricidad.- Los interesados deberan solicitar a LUZ DEL SUR la instalacion de las redes primarias y secundarias de energia electrica publica y domiciliaria, los cuales seran ejecutados de acuerdo a los planes de expansion de dicha compania. TELEFONIA: Instalaciones Telefonicas.- Para las instalaciones telefonicas, la parte interesada debera coordinar con la Gerencia de Proyectos de Plantas Externas de dicha compania, para la instalacion de ductos, camaras y la reserva de areas para centrales. AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO: Obras Sanitarias.- Quedaran supeditadas al otorgamiento de la factibilidad correspondiente y para la ejecucion de las obras deberan aprobarse previamente los proyectos por SEDAPAL, y solicitar la autorizacion respectiva a esta Corporacion Municipal. PAVIMENTACION DE PISTAS Y VEREDAS: Luego de la aprobacion de los proyectos sanitarios, deberan solicitar a esta Entidad Edilicia el permiso correspondiente para la Ejecucion de las Obras de Pavimentacion. Articulo 3º.- AUTORIZAR, a la COMPANIA INMOBILIARIA PROMOTORA "CORDILLERA BLANCA" S.A. CIPCORSA a celebrar Contratos de Venta Garantizada con respecto a los lotes que constituyen el area de la Habilitacion, dejando a salvo el derecho de los adquirientes de exigir al Habilitador Vendedor las Garantias previstas en la Legislacion Vigente para asegurar la culminacion de las obras de Habilitacion. Articulo 4º.- AUTORIZAR, a la COMPANIA INMOBILIARIA PROMOTORA "CORDILLERA BLANCA" S.A. CIPCORSA a la construccion simultanea en los lotes cuya inscripcion individualizada se aprueba, para lo cual los interesados deberan presentar sus proyectos de edificacion para la obtencion de la respectiva licencia de construccion ante la Subgerencia de Obras Privadas de esta Corporacion Municipal. Articulo 5º.- AUTORIZAR, la inscripcion individualizada de los lotes que conforman la Habilitacion MORDAZA aprobada, en el Registro de Propiedad Inmueble de MORDAZA y la libre disponibilidad de los mismos sin requerirse la recepcion de obras de la Habilitacion. Articulo 6º.- RESERVAR, los lotes Nºs. 4 y 5 de la manzana "A" en garantia de pago en efectivo del deficit de aportes al Ministerio de Educacion y Parques Zonales respectivamente, correspondiendole a cada uno el deficit de 100.00 m2, los mismos que deberan ser cancelados MORDAZA de la Recepcion de las Obras de Habilitacion Urbana. : : : : 4,800.00 m2 2,595.57 m2 480.00 m2 1,724.43 m2

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