Norma Legal Oficial del día 10 de septiembre del año 2004 (10/09/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 10 de setiembre de 2004

a) Vencimiento del plazo del permiso. b) Extraccion total de volumen solicitado. c) Caducidad del permiso declarada por la Subgerencia de Saneamiento Ambiental en los casos previstos en la presente Ordenanza. Ademas si se constara que el titular ocasiono danos al cauce, a la ribera o fajas marginales; asi como a las defensas riberenas, sin perjuicio de que el infractor repare los danos ocasionados e indemnice por los perjuicios causados. Articulo 9º.- De las exoneraciones.- Los Ministerios, Entidades Publicas y Gobiernos Regionales que tengan a su cargo la ejecucion de obras viales, quedan exceptuados del pago de los derechos previstos en el articulo 6º de la presente Ordenanza. Articulo 10º.- De los procedimientos del TUPA.- Agregar el numeral 8) a los procedimientos de la Subgerencia de Saneamiento Ambiental, consignados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Ate y los derechos y precios contenidos en el mismo, que forman parte integrante de la presente Ordenanza, segun Anexo 01. Articulo 11º.- De las prohibiciones.- Esta prohibido el otorgamiento de estos permisos en cauces de depositos artificiales de agua, tales como MORDAZA, reservorios, vasos de almacenamiento, entre otros. Articulo 12º.- De las sanciones.- Se configura como infraccion llevar a cabo labores de extraccion de materiales que acarrean y depositan las aguas en los alveos o cauces de los MORDAZA, sin autorizacion municipal, la misma que debera ser incluida en el Cuadro Unico de Infracciones y Sanciones Administrativas - CUIS, segun el siguiente detalle:

Subgerencia de Saneamiento Ambiental.
Sanciones en Porcentaje de la UIT Multa Sanciones % UIT 100% Internamiento del vehiculo y/o maquinaria en el Deposito Municipal.

Proteccion del Medio Ambiente Codigo Descripcion 1775 Realizar labores de extraccion de materiales que acarrean y depositan las aguas en los alveos o cauce del Rio MORDAZA sin autorizacion Municipal 1776 No cumplir con el plan de cierre presentado al momento de solicitar autorizacion municipal. No respetar el volumen (m3) de extraccion autorizado.

50%

Inhabilitacion por 6 meses. Reincidencia inhabilitacion permanente. Inhabilitacion por 6 meses. Reincidencia inhabilitacion 1 ano.

1777

30%

Articulo 13º.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Servicios Publicos Locales y demas Areas competentes. Articulo 14º.- Vigencia.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MAJINO MORDAZA

ANEXO 01 TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (T.U.P.A) Entidad: Municipalidad Distrital de Ate.
Nº DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO REQUISITOS DERECHOS CALIFICACION DEL TRAMITE Dependencia AUTOResuelve POR Auto- EVALUACION PREVIA que inicia el RIDAD Recurso TRAMITES matico Silenc.Adm. TRAMITE que de ImpugADMINISPosi- Nega- No ReAPRUEBA nacion TRATIVOS tivo tivo gulado (NOTA 1) SUBGERENCIA DE SANEAMIENTO AMBIENTAL 8 Autorizacion para extraccion de materiales que acarrean y depositan las aguas de los alveos o cauces de los MORDAZA y para el cobro 1. Folder, adjuntando la siguiente documentacion: 1.1.- MORDAZA de material y el volumen del mismo expresado en metros cubicos. 1.2.- Cauce y MORDAZA de extraccion asi como puntos de acceso y salida del cauce, todo ello expresado en base a coordenadas U.T.M. 1.3.- Planos a escala 1/5,000 en coordenadas U.T.M. de los aspectos mencionados en el inciso anterior. 1.4.- Ubicacion de las instalaciones de clasificacion y acopio si las hubiera. 1.5.- Sistema de extraccion y caracteristicas de la maquinaria a ser utilizada. 1.6.- Plazo de extraccion solicitado. 1.7.- Derecho de autorizacion. 30 dias T.D Subgerente Gerencia

(Organizados por promotores eventuales)Ley N° 27276 Los Ministerios, entidades publicas y gobiernos regionales que tengan a su cargo la ejecucion de obras viales, quedan exceptuados del pago de los derechos previstos en el inciso 9) del articulo 69° de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades. Las autorizaciones se otorgaran de acuerdo a los Planes senalados en el articulo 79° numeral 1.1 de la Ley N° 27972. La MORDAZA de extraccion se ubicara siguiendo el eje central del cauce del rio, sin comprometer las riberas ni obras hidraulicas existentes en ellas. Ley N° 28221 de fecha 11-05-2004.

0.0833% de la UIT x m3

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