Norma Legal Oficial del día 08 de junio del año 2005 (08/06/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, miercoles 8 de junio de 2005

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

Pag. 294197

dad, cuadra 2, frente al predio Nº 209, esquina con avenida MORDAZA, cuadra 26, del distrito de Lince, provincia y departamento de MORDAZA, de acuerdo a la documentacion tecnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro:
Cod. Exp. Area de Propietario MORDAZA de servidumbre terreno 2 31169305 Subestacion de Distribucion Electrica Suelo: 9,0 m Propiedad MORDAZA Nº 35142. y aires del Estado Ubicacion: distrito de Lince, provincia (via publica) y departamento de Lima. Coordenadas UTM: Vertice Este A 278 920,9308 B 278 923,8978 C 278 923,4518 D 278 920,4858 Descripcion de la servidumbre

Articulo 1º.- IMPONER con caracter permanente a favor de la concesion definitiva de distribucion de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre de ocupacion de bienes publicos para la instalacion de la subestacion de distribucion aerea biposte para Servicio Publico de Electricidad Nº 35173, ubicada en la vereda y berma lateral de la MORDAZA Los Jazmines, cuadra 5, frente al predio Nº 555, esquina con avenida Las Begonias, cuadra 26, distrito de Lince, provincia y departamento de MORDAZA, de acuerdo a la documentacion tecnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro:
Cod. Exp. Descripcion de la servidumbre Area de Propietario MORDAZA de servidumbre terreno Suelo: 9,0 m2 y aires Propiedad MORDAZA del Estado (via publica)

Norte 662 976,108 662 976,553 662 979,520 662 979,075

31168805 Subestacion de Distribucion Electrica Nº 35173. Ubicacion: distrito de Lince, provincia y departamento de Lima. Coordenadas UTM: Vertice Este A 279 859,4008 B 279 862,3678 C 279 861,9228 D 279 858,9558

Articulo 2º.- El propietario del predio sirviente no podra construir obras de cualquier naturaleza ni realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de la servidumbre constituida. Articulo 3º.- Luz del Sur S.A.A. debera adoptar las medidas necesarias a fin que el area de servidumbre no sufra dano ni perjuicio por causa de la imposicion, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Articulo 4º.- Luz del Sur S.A.A. debera velar permanentemente para evitar que en el area afectada por la servidumbre o sobre MORDAZA se ejecute cualquier MORDAZA de construccion que restrinja su ejercicio. Articulo 5º.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. GLODOMIRO MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 10501 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 212-2005-MEM/DM MORDAZA, 31 de MORDAZA de 2005 VISTO: El Expediente Nº 31168805, organizado por Luz del Sur S.A.A., persona juridica inscrita en el Asiento D 00001 de la Partida Nº 11008689 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, sobre solicitud de imposicion de servidumbre de ocupacion de bienes publicos, para la instalacion de la subestacion de distribucion aerea biposte para Servicio Publico de Electricidad Nº 35173; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., concesionaria de distribucion de energia electrica en merito de la Resolucion Suprema Nº 107-96-EM publicada el 30 de noviembre de 1996, ha solicitado la imposicion de servidumbre de ocupacion de bienes publicos para la instalacion de la subestacion de distribucion aerea biposte para Servicio Publico de Electricidad Nº 35173, ubicada en la vereda y berma lateral de la MORDAZA Los Jazmines, cuadra 5, frente al predio Nº 555, esquina con avenida Las Begonias, cuadra 26, distrito de Lince, provincia y departamento de MORDAZA, segun las coordenadas UTM que figuran en el Expediente; Que, de acuerdo con lo establecido por el literal a) del articulo 109º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, los concesionarios estan facultados a utilizar a titulo gratuito el suelo, subsuelo y aires de caminos publicos, calles, plazas y demas bienes de propiedad del Estado o municipal, asi como para cruzar MORDAZA, puentes, vias ferreas, lineas electricas y de comunicaciones; Que, la peticion se encuentra amparada en lo dispuesto por el articulo 109º y siguientes del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 120-2005-DGE-CEL; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia;

Norte 663 117,832 663 118,278 663 121,244 663 120,799

Articulo 2º.- El propietario del predio sirviente no podra construir obras de cualquier naturaleza ni realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de la servidumbre constituida. Articulo 3º.- Luz del Sur S.A.A. debera adoptar las medidas necesarias a fin que el area de servidumbre no sufra dano ni perjuicio por causa de la imposicion, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Articulo 4º.- Luz del Sur S.A.A. debera velar permanentemente para evitar que en el area afectada por la servidumbre o sobre MORDAZA se ejecute cualquier MORDAZA de construccion que restrinja su ejercicio. Articulo 5º.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. GLODOMIRO MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 10502 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 213-2005-MEM/DM MORDAZA, 31 de MORDAZA de 2005 VISTO: El Expediente Nº 31167005, organizado por Luz del Sur S.A.A., persona juridica inscrita en el Asiento D 00001 de la Partida Nº 11008689 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, sobre solicitud de imposicion de servidumbre de ocupacion de bienes publicos, para la instalacion de la subestacion de distribucion aerea biposte para Servicio Publico de Electricidad Nº 10112; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., concesionaria de distribucion de energia electrica en merito de la Resolucion Suprema Nº 107-96-EM publicada el 30 de noviembre de 1996, ha solicitado la imposicion de servidumbre de ocupacion de bienes publicos para la instalacion de la subestacion de distribucion aerea biposte para Servicio Publico de Electricidad Nº 10112, ubicada en la berma de la MORDAZA Centauro, cuadra 1, esquina con avenida Via Lactea del distrito de MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, segun las coordenadas UTM que figuran en el Expediente; Que, de acuerdo con lo establecido por el literal a) del articulo 109º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, los concesionarios estan facultados a utilizar a titulo gratuito el suelo, subsuelo y aires de caminos publicos, calles, plazas y demas bienes de propiedad del Estado o municipal, asi como para cruzar MORDAZA, puentes, vias ferreas, lineas electricas y de comunicaciones; Que, la peticion se encuentra amparada en lo dispuesto por el articulo 109º y siguientes del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM;

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